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Política

José Antonio Griñán

¿Por qué no se suspende el juicio del "procés"en campaña electoral?

El tribunal descarta aplazar las sesiones y evitará dilaciones indebidas que retrasen el final.

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El tribunal descarta aplazar las sesiones y evitará dilaciones indebidas que retrasen el final.

El adelanto electoral no acarreará la suspensión del juicio del «procés». Pese a que el comienzo de la campaña electoral del 28-A el próximo 12 de abril coincidirá, previsiblemente, con el desarrollo de la vista oral, el tribunal que enjuicia a los doce líderes independentistas no tiene intención de aplazar las sesiones para evitar posibles interferencias políticas, según confirmaron fuentes del Supremo.

El principal argumento para no interrumpir el juicio es, según esas mismas fuentes, preservar los derechos de los nueve acusados en prisión: el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los ex consellers Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull y Dolores Bassa, la que fuera presidenta del Parlament Carme Forcadell y los líderes soberanistas Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Y es que de aplazar el desarrollo de las sesiones durante la campaña electoral se estarían mermando su derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. Además, añaden, la proximidad de las generales con los comicios municipales, autonómicos y europeos del 26-M obligaría, en ese caso, a una nueva suspensión que ahondaría en esas dilaciones que el tribunal quiere evitar a toda costa.

Como recordó en su día el presidente de Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, en un encuentro con periodistas, la normativa procesal nada prevé al respecto. La Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) no incluye en su artículo 746, donde se enumeran las causas de suspensión del juicio oral, la coincidencia de la vista con un proceso electoral. Sí incluye como causa de suspensión, por ejemplo, la incomparecencia de testigos cuyo testimonio el tribunal considere necesario o la enfermedad de algún integrante de la Sala, de las defensas o del Ministerio Fiscal.

Por este último supuesto, sin ir más lejos, se interrumpió el pasado día 9 de enero el juicio por la salida a bolsa de Bankia por la baja médica de la fiscal del caso, Carmen Launa. La vista oral se reanudó el 4 de febrero y fue el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, el que tuvo que concluir el interrogatorio al principal acusado, el ex vicepresidente del Gobierno y ex presidente de la entidad Rodrigo Rato. Ese mismo día, la presidenta del tribunal volvió a aplazar el juicio, a la vista de que la fiscal continuaban de baja, hasta el próximo lunes, cuando previsiblemente se reanudarán las sesiones. Pero este supuesto no es equiparable al del juicio del «procés», porque, por un lado, se trata de una causa expresamente recogida por ley como causa de suspensión y, por otro lado, Rato no se encuentra en prisión provisional por esta causa, sino por haber sido condenado en el juicio de las «tarjetas black» de la entidad.

El precedente más cercano es el del juicio de los ERE –que sentó en el banquillo, entre otros, a los ex presidentes socialistas de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán–, cuyas sesiones no se aplazaron pese a coincidir con la campaña de las elecciones andaluzas del pasado 2 de diciembre. Finalmente, el visto para sentencia se escuchó en la sala de vistas de la Audiencia de Sevilla quince días después de los comicios autonómicos.