Decisión clave

García Ortiz da argumentos al Tribunal Supremo para avalar el registro de su despacho

La Sala de Apelaciones resuelve hoy los recursos de Fiscalía y Abogacía del Estado contra la decisión del juez Hurtado de mandar a la UCO para incautarse de sus móviles

Álvaro García Ortiz afronta hoy otra cita crucial en la investigación por revelación de secretos por la filtración de datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador. El Tribunal Supremo (TS) tiene previsto resolver los recursos planteados por la Abogacía del Estado (que ejerce la defensa del fiscal general del Estado) y de la Fiscalía contra la decisión del magistrado Ángel Hurtado –instructor de la causa penal contra García Ortiz– de mandar a agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) a registrar el despacho del máximo representante de la Fiscalía el pasado 30 de octubre.

Los tres magistrados de la Sala de Apelaciones –el ex fiscal general del Estado Julián Sánchez Melgar, Andrés Palomo y Eduardo de Porres– tienen así en sus manos validar o no la diligencia clave de la instrucción, en la medida en que anular esa medida supondría también dejar sin efecto el registro en el despacho de la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también imputada. Y es que el instructor sustenta los indicios contra el fiscal general, precisamente, en los mensajes intervenidos a Rodríguez (dado que la UCO constató que García Ortiz había borrado los suyos, según él en aplicación de un protocolo interno de seguridad). Tras analizarlos, la UCO situó el origen de la filtración en la Fiscalía General del Estado y atribuyó a su máximo representante una participación «preeminente» en la filtración (apuntó incluso que la denuncia por supuesto fraude tributario se filtró antes de que el abogado de González Amador la recibiese). Un guante que recogió el propio juez Hurtado en la resolución en la que le citó a declarar como investigado, cuando señaló su «papel de relevancia» en la difusión de esos datos reservados del empresario Alberto González Amador, haciendo hincapié en que el cruce de mensajes con sus subordinados para recabar esos correos se llevó a cabo «bajo su batuta» y prevaliéndose de su superioridad jerárquica.

Al igual que sucedió en el caso de Begoña Gómez cuando vio cómo la Audiencia Provincial de Madrid se negó a archivar la causa y cosechó el rechazo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a su querella por prevaricación contra el juez Peinado (que investiga a la mujer de Pedro Sánchez por tráfico de influencias, entre otros delitos), para García Ortiz el aval a esos registros supondría todo un jarro de agua fría y, en su caso, apuntan fuentes jurídicas, «abriría de par en par las puertas al juicio».

Esas mismas fuentes dan por hecho que el Supremo respaldará la oportunidad de la diligencia acordada por Hurtado, que se plasmó en la imagen inédita de la Guardia Civil registrando durante diez horas el despacho del fiscal general, durante las cuales los agentes copiaron el contenido de sus dos móviles (el personal y el corporativo), un ordenador, un portátil y varias unidades de USB.

Y ponen de relieve que los acontecimientos posteriores al polémico registro han cargado de razones al juez instructor, que consideró que la única medida para acceder a la información de los móviles de los dos investigados era mandar a la UCO a registrar sus despachos. En este sentido, apuntan que el borrado de sus mensajes esgrimiendo un protocolo de seguridad que negó la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, y el hecho de que –según acaba de constatar la Guardia Civil en el último informe remitido a Hurtado– eliminase hasta en dos ocasiones los mensajes de su móvil el mismo día, 16 de octubre del pasado año, en que el Supremo decidió abrir una causa penal contra él, refuerza los argumentos del instructor para enviar a la UCO a la sede de la Fiscalía General del Estado.

En esa misma línea, defienden que esa labor de «ocultación» (García Ortiz también eliminó las copias de seguridad y su cuenta de correo) respalda que la diligencia ordenada por el magistrado del Tribunal Supremo fue idónea, necesaria y proporcional. Como también, añaden esas mismas fuentes, el hecho de que en su comparecencia como investigado se negara a contestar tanto al juez como a las acusaciones populares.

Tal y como puso de relieve la teniente fiscal del Tribunal Supremo en esa comparecencia –en la que se negó a hacer preguntas a García Ortiz precisamente porque la decisión del Supremo sobre el registro de su despacho estaba pendiente de resolverse– , el Ministerio Público entiende que esa diligencia debe de ser anulada porque además de ser desproporcionada, la medida –que tacha de «desmesurada»– no se motivó suficientemente dada su trascendencia, por lo que se vulneraron derechos fundamentales del fiscal general.