"Procés"

El TC estudiará la negativa del Supremo a aplicar la amnistía a Junqueras

El Pleno admite a trámite los recursos de amparo del líder de ERC y de los exconsellers Romeva y Bassa y abre una pieza separada para decidir sobre una posible suspensión cautelar de su innhabilitación

Oriol Junqueras y Raul Romeva/ (Archivo)
Oriol Junqueras y Raul Romeva han recurrido en amparo la decisión del Supremo de no aplicarles la amnistíalarazon

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite los recursos de amparo de Oriol Junqueras y de los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa contra la negativa del Tribunal Supremo (TS) a aplicarles la Ley de Amnistía al apreciar "una especial trascendencia constitucional" en el objeto de los mismos porque trascienden del caso concreto y pueden tener "unas consecuencias políticas generales". Además, ha abierto una pieza separada para decidir sobre su petición de suspensión cautelar de las penas de inhabilitación que les impiden ser candidatos y que no quedaron extinguidas con los indultos. La corte de garantías emplaza ahora a los recurrentes y a la Fiscalía a presentar alegaciones al respecto.

Se trata de los primeros recursos que el Pleno acuerda tramitar de condenados por el "procés" en relación con la polémica norma. Los tres fueron indultados parcialmente por el Gobierno de Pedro Sánchez, lo que les permitió salir de prisión en junio de 2021, pero siguen inhabilitados (Junqueras hasta 2031), lo que les impide presentarse a unas elecciones como candidatos, por lo que los dos primeros solicitan a la corte de garantías que deje en suspenso su inhabilitación hasta que se pronuncie sobre la supuesta vulneración de derechos fundamentales para no causarles un perjuicio irreparable en caso de que, finalmente, el TC les dé la razón.

A la espera de posibles recusaciones -el también exconseller Jordi Turull, cuyo recurso de amparo está aún pendiente de admisión, recusó al magistrado José María Macías por haberse mostrado en contra de la amnistía como vocal del CGPJ y por haber firmado un informe crítico con la ley-, el Pleno que debatirá estos amparos (y los que están por llegar, como el de Carles Puigdemont y el resto de fugados) estará integrado por doce magistrados, dado que ni su presidente, Cándido Conde-Pumpido (que en 2021 se abstuvo de todos los recursos del "procés" por haberse pronunciado en una conferencia sobre el desafío soberanista) ni el exministro Juan Carlos Campo (tampoco lo ha hecho Macías), que se mostró contrario a la amnistía al tramitar los indultos a los líderes independentistas, se han abstenido.

Junqueras cree que el Supremo se "rebela" contra la aplicación de la ley

En sus recursos, Junqueras, Romeva y Bassa achacan al Supremo un supuesto interés en silenciarles políticamente negándose a aplicar la Ley de Amnistía. En sus respectivas demandas de amparo (que los dos primeros presentan de forma conjunta), sus defensas esgrimen una y otra vez el voto discrepante de la magistrada Ana Ferrer, que discrepó de la decisión de la Sala argumentando que es la malversación cometida en el "procés" la que "precisamente la ley quiere amnistiar".

Según expone el letrado Andreu Van den Eynde la decisión del alto tribunal (que sostiene que la malversación no es amnistiable porque los condenados obtuvieron un beneficio personal al financiar el referéndum ilegal con fondos públicos, y no con los suyos propios, y que su actuación comprometió los intereses financieros de la Unión Europea por la amenaza de separación de Cataluña del resto de España) está "ayuna de cualquier criterio de interpretación jurídica válido". El abogado de Junqueras y Romeva cree que de esta forma el Tribunal Supremo "se rebela" contra "la aplicación de la ley vigente, desafiando al poder legislativo y al sistema de separación de poderes", lesionando los derechos fundamentales de los dos políticos independentistas.

Los recurrentes consideran que no aplicarles la amnistía vulnera los principios de legalidad penal y sus derechos de defensa, a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías y, también, el derecho de representación política por mantener "indebidamente" las penas de inhabilitación que les impiden ser candidatos y, también, se quejan, ejercer la docencia universitaria. De ahí que soliciten al TC que suspenda cautelarmente esa inhabilitación que les impide presentarse a las elecciones hasta 2031 a Junqueras y Bassa y hasta 2030 a Romeva.

Para el líder de ERC con su negativa el Supremo pretende "sustituir al legislador para impedir la aplicación de una amnistía" cuyos efectos -recalca- "se muestran evidentes". Y para rebatir que, como mantiene el TS, obtuvieran un beneficio personal al pagar con los fondos de la Generalitat, se escuda en el voto particular de la magistrada Ana Ferrer, que formó parte del tribunal que le condenó -recuerda- pero que en esta ocasión se desmarcó de sus compañeros señalando que "en ningún caso" en la sentencia del "procés" apreciaron "un ánimo de enriquecimiento personal" en los condenados. Para el abogado de Junqueras, se trata de una "incongruencia insalvable" porque los hechos probados del fallo "no describen en modo alguno ese beneficio personal ni una actuación orientada a obtenerlo".

Una "política ficción"

Del mismo modo, los recurrentes califican de "política ficción" defender que su comportamiento puso en riesgo los intereses financieros de la UE (uno de los supuestos que quedan fuera del objeto de la Ley de Amnistía). "Parece complejo argumentar cómo habrían sufrido las arcas de la Unión Europea", sostienen, "a consecuencia de unas actuaciones que en la sentencia de condena se calificaron de inviables a nivel tanto jurídico como fáctico".

Para la defensa de Junqueras y Romeva, mantener las penas de inhabilitación (que siguen en vigor pese a que fuesen indultados por el Gobierno de Pedro Sánchez, medida que solo afectó a las penas de prisión), supone que se les "impida hacer de políticos y se les impide trabajar en su carrera profesional habitual". El objetivo del Supremo, se queja, es precisamente "evitar la participación en política" de ambos "a toda costa" recurriendo a una "interpretación irrazonable de la ley e inasumible desde el respeto al principio de separación de poderes".

El letrado apela a la "inmensa relevancia política" de Junqueras y alerta del "impacto personal" que mantener las penas de inhabilitación supondría para el líder de ERC, "con el impacto que ello tiene para el debate político libre". Según expone, esa inhabilitación "limita la influencia internacional" de Cataluña y promueve "un mensaje negativo" fuera de nuestras fronteras "sobre la protección de la diversidad de opinión política y el ejercicio de los derechos y libertades públicas".

Por su parte, la defensa de Dolors Bassa sostiene que la interpretación de la Ley de Amnistía que hace el Supremo supone desoír el mandato legislativo y socavar los límites de la potestad jurisdiccional. "No corresponde a los jueces dar el sentido a la norma", defiende en su recurso de amparo.

Al igual que sus compañeros, Bassa defiende que su propósito era "financiar el proceso independentista y no enriquecerse", por lo que su abogado, Mariano Bergés, insiste en que "no se vio beneficiada personalmente, ni sus decisión buscaron un beneficio personal, sino cumplir una promesa electoral". De ahí que sostenga que el TS "atenta de manera frontal contra el espíritu y la finalidad de la ley", lo que es contrario al principio de legalidad.

La exconsellera se refiera a que la propia sentencia señala que la independencia de Cataluña fue una mera "ensoñación" para recordar que la declaración de independencia "se dejó inmediatamente sin efecto", por lo que si hubo un potencial riesgo para los intereses financieros de la UE fue "de escasos segundos" por lo que "no hubo una afectación real". Además, recalca, "no ha podido defenderse de dicha acusación" al no haberse formulado acusación "por ese hecho, ni tampoco haberse debatido sobre el origen del dinero dispuesto".