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El tribunal admite los informes presentados por Horrach y la Infanta
El informe avala el hecho de que «no se puede trasladar al ámbito penal lo que no supone una infracción administrativa»
El tribunal encargado de juzgar a la Infanta y a los otros 17 acusados del caso Nóos ha admitido como prueba en la vista oral el informe entregado por el fiscal. El juicio se retomará el 9 de febrero con la declaración de los testigos, pero antes el tribunal resolverá si se mantiene la acusación contra la infanta Cristina o queda exonerada del banquillo.
El fiscal Pedro Horrach no sólo aprovechó ayer el trámite de cuestiones previas del «caso Nóos» para pedir al tribunal que impida a Manos Limpias, por falta de legitimidad, mantener como acusada a la Infanta Cristina. Por si acaso el tribunal no acepta sus argumentos, el representante de Anticorrupción aportó por sorpresa a la sala un último informe de la Agencia Tributaria que certifica, adelantó, que la hermana del Rey no cometió, con los criterios tributarios al uso, ninguna infracción tributaria, lo que impediría en cualquier caso, recalcó, que pueda acusársela de delito fiscal.
Fue el propio Horrach quien –pese a los cinco informes elaborados por Hacienda entre mayo y diciembre de 2013 en los que concluye que Doña Cristina no cometió delito fiscal– encargó a la Agencia Tributaria un último dictamen, en este caso elaborado por la Unidad Central de Coordinación en materia de Delitos contra Hacienda, que el pasado 26 de diciembre envió al fiscal de Anticorrupción su conclusión, a saber, que la hermana del Rey ni siquiera cometió una infracción administrativa.
Con el informe en la mano –que ya está a disposición de las partes y del tribunal y que ha quedado incorporado al proceso como prueba pericial– Horrach insistió en la imposibilidad de acusar a la Infanta, como hace Manos Limpias, de ser cooperadora de los delitos tributarios que se imputan a su marido en los IRPF de 2007 y 2008. «No es posible trasladar al proceso penal lo que no está previsto como infracción administrativa en las leyes tributarias», subrayó el representante de Anticorrupción.
El postrero golpe de efecto de Horrach ratifica la tesis, defendida por la Fiscalía durante la investigación del «caso Nóos», de que si Hacienda no ha abierto ningún expediente administrativo para sancionar a Doña Cristina (y Ana María Tejeiro, esposa de Diego Torres, que se encuentra en idéntica situación respecto a la imputación por delito fiscal), es imposible sostener una acusación por ese motivo.
El fiscal solicitó igualmente al tribunal la declaración de la inspectora autora del citado informe durante la vista oral, a lo que la Sala accedió, por lo que las magistradas escucharán de primera mano las explicaciones técnicas de la funcionaria que redactó el dictamen.
No obstante, el «plan B» de Horrach para convencer al tribunal de la ausencia de delito «sería innecesario» si –como se encargó de recordar el propio fiscal de Anticorrupción– la Sala atiende finalmente sus argumentos y rechaza la legitimidad de Manos Limpias de mantener en solitario la acusación contra la Infanta. Después de que la Audiencia Provincial de Palma negase cualquier responsabilidad penal de Doña Cristina en relación al Instituto Nóos e instase al juez José Castro a investigarla por delito fiscal y, en su caso, blanqueo, la Agencia Tributaria remitió al instructor hasta cinco informes en los que negaba la existencia de delito fiscal. Los autores de esos informes comparecieron incluso ante Castro para exponerle sus conclusiones, pero el magistrado decidió pese a todo, el 22 de diciembre de 2014, abrir juicio oral contra ella como cooperadora necesaria de los delitos fiscales imputados a su esposo.
Castro no dejó pasar la oportunidad de saldar cuentas con Hacienda y le reprochó, en primer lugar, que “se atribuya la cualidad de perjudicada” eligiendo “penalmente y a su capricho” a los supuestos responsables del delito (Iñaki Urdangarín y Diego Torres) “excluyendo inexplicablemente a otras” (en referencia a la entonces duquesa de Palma y a la esposa de Torres).
Tras fijarle Castro una fianza de casi 2,7 millones de euros para hacer frente a posibles multas derivadas de una hipotética condena, la Audiencia de Palma rebajó sustancialmente esa cantidad y la dejó en 587.413 euros argumentando que, aunque fuese condenada como cooperadora de esos dos delitos fiscales, la cuantía acordada por el instructor no era proporcional a la participación que Manos Limpias atribuye a Doña Cristina en esos presuntos delitos, ya que esos 2.697.150 era “la máxima pena de multa posible legalmente”.
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