Tribunales
Dos acusaciones cuestionan la actuación de la Fiscalía en la causa contra García Ortiz: "Hay parcialidad"
La APIF asegura que es la primera vez que el Ministerio Fiscal recurre un registro ordenado por un juez y Manos Limpias le advierte de que no está cumpliendo con sus funciones y está actuando como parte
Dos acusaciones populares de la causa en la que el Tribunal Supremo investiga al fiscal general del Estado por un delito de revelación de secretos en el caso del novio de Ayuso, han presentado sendos escritos en los que cuestionan la actuación de la Fiscalía en este caso y señalan como prueba de ello el recurso de apelación que interpuso contra el registro practicado por la Unidad Central Operativa (UCO) en los despachos de García Ortiz y la otra imputada, la fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid, María Pilar Rodríguez Fernández.
Por un lado, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) consideran "equivocados todos los argumentos" planteados en el recurso en cuestión por la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde, "número dos" de García Ortiz.
El letrado de la asociación, Juan Antonio Frago, primero, expone que no es correcto -como alegó el Ministerio Fiscal- que "en ninguno de los autos se contiene un relato de los hechos que se consideran delictivos" ya que en ellos se explicita que "se está investigando la presunta comisión de un delito de revelación de secretos" y en el documento se resumen como antecedente los hechos en los que se indaga si se produjo este ilícito por parte de García Ortiz y Rodríguez Fernández.
En segundo lugar, la APIF deshecha la tesis planteada en el recurso de que "el tipo básico" del delito de revelación de secretos no autoriza para que se ordene una entrada y registro. Señala esta acusación que la ley sí que habilita al instructor para ordenar esta medida por estarse investigando la comisión "de un delito doloso castigado con una pena mínima de tres años".
En el escrito se afirma que solo podría serle aplicado el tipo "agravado" de este delito de revelación de secretos (no el básico) ya que el "grave daño" que debe llevar aparejado lo encuentra esta acusación en que el fiscal general y la máxima responsable de la Provincial de Madrid "filtraron ilegalmente información de un tercero llegando a difundirse a escala nacional".
Este tercero, recuerda APIF, es Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, que es un "particular" y, por tanto, solo podría encuadrarse el tipo penal en el agravado, que "alcanza los tres años" de pena y, por tanto, el registro estaría avalado a nivel legal.
Asimismo, esta acusación personada en la causa especial que instruye la Sala de lo Penal sostiene que -como afirmó la Fiscalía en su recurso-, aunque esta diligencia para la incautación de los correos electrónicos de García Ortiz y Rodríguez Fernández pudiera exceder "las (medidas) solicitadas por el querellante, González Amador", esta circunstancia "no las invalida". En este sentido, la APIF recuerda que la legislación "no apuntala que necesariamente deban ser solicitadas (las diligencias) a instancia de parte, sino que consagra la facultad del instructor para decretarlas si lo considera oportuno".
En el escrito de esta parte se señala que no existe falta de motivación en los autos que autorizaron los registros en los despachos de los dos investigados, como también como aludía el Ministerio Público en su recurso y esta asociación judicial considera una "falacia". Apoya su oposición a este argumento en que esta decisión del magistrado juez Ángel Luis Hurtado "se basan en que los querellados (Ortiz y Rodríguez) tuvieron la posibilidad de acceder a los correos (intercambiados entre la defensa del novio de Ayuso y la Fiscalía madrileña" y, a la vez, en que "es más probable que intercambiaran mensajes de interés a través de medios electrónicos, con lo que se erigió imprescindible esta entrada y registros en los despachos". De ello se extrae "con nitidez" para la APIF los indicios criminales.
Al mismo tiempo, alude en el escrito a que "los correos (de la negociación del acuerdo de conformidad) fueron solicitados expresamente" por el fiscal general y la jefa provincial de Madrid, sin descartar -apunta esta acusación- a que "en la medida que disponían de los correos, pudieron haberlos filtrados a los medios de comunicación".
Para terminar esta asociación de jueces critica la "parcialidad" con la que considera que está actuando el Ministerio Público en el procedimiento contra su máximo responsable, algo que califican de "previsible". Advierte en el escrito presentado ante el Supremo como prueba de ello que "es la primera vez" que tiene constancia "de un caso en que el Ministerio Fiscal solicita la nulidad de una orden entrada y registro" acordada por un juez.
Las dudas de la actuación del Ministerio Fiscal que plantea la APIF llega al punto de que pide que el magistrado instructor de la causa "cite como testigo" al fiscal del Tribunal Supremo Salvador Viada como la persona que fue testigo de que el día del registro de la UCO en la sede de Fiscalía General, situada en la madrileña calle de Fortuny, "García Ortiz y la fiscal designada (para esta causa) fueron vistos revisando un móvil aparentemente perteneciente" al fiscal general.
Manos Limpias apunta a que está intentando "salvaguardar sus intereses"
Manos Limpias, otra acusación popular en la causa del alto tribunal por la presunta revelación de datos privados y reservados del empresario González Amador, se ha opuesto a la estimación del recurso de apelación que presentó la teniente fiscal contra el registro de la UCO para hacerse también con los dispositivos electrónicos de García Ortiz y Rodríguez Fernández.
El sindicato de funcionarios, para empezar, aduce que existe una "falta de legitimación" del Ministerio Público porque el contenido del recurso contra esta actuación judicial ordenada por el instructor evidencia que responde a "la salvaguarda de los intereses" de esta institución y, por tanto, no ejercita este sus funciones (velar por el ejercicio eficaz y legal de la función jurisdiccional) y ejercitar a acción penal), sino como si estuviera personado en la causa como parte.
"¿A qué finalidad responde el recurso interpuesto) Claramente, no al ejercicio de las funciones que el Ministerio Fiscal tiene legalmente encomendadas, sino exclusivamente a la defensa de los intereses procesales de la corporación pública en relación con sus propias dependencias, bienes e información", insiste Manos Limpias en su escrito presentado a última hora de este lunes.
Es por ello que esta acusación alega la existencia de una falta de legitimación ad procesum como razón que directamente impediría la admisión del recurso.
De igual forma, el letrado Víctor Soriano, que ejerce su representación legal, afirma que la Fiscalía ha interpuesto un recurso de apelación contra autos que acordaron diligencias "ya practicadas en el momento presente", con lo que "carece de objeto".
Como último punto contra las alegaciones de la "número dos" de García Ortiz en Fiscalía General, Manos Limpias, observan una falta de motivación "cuáles serían las causas que supondrían un vicio de legalidad que condujese" a estimar su acción, "sin que la mera discrepancia pueda sustentarla".
No entiende este sindicato, como muestra en el escrito al magistrado Hurtado, que la Fiscalía manifieste una y otra vez en su recurso "su disconformidad con la existencia de indicios de criminalidad" que sustentaron la apertura del caso, cuando -apunta esta acusación- "no consta que haya recurrido" el auto que incoó la causa contra el fiscal general y la provincial de Madrid.
"Es evidente que esta parte discrepa de los razonamientos al fondo de la causa que nos ocupa", admite esta acusación, pero le avisa de que "no es este el trámite procesal para ese debate" y para ello "debió recurrir la incoación de la causa especial".
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