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Tribunal Supremo

Ceuta y la Abogacía del Estado defienden la expulsión de menores de 2021: fue una “invasión”

La Fiscalía acusa que no se cumplieron las garantías legales y recuerda que "las circunstancias excepcionales” están supeditadas a la ley

La Abogacía y Ceuta justifican la devolución a Marruecos de menores no acompañados en 2021: Era "una auténtica invasión" EUROPAPRESS

La Abogacía del Estado y el Gobierno de Ceuta han defendido ante el Tribunal Supremo (TS) la devolución de menores no acompañados desde esa ciudad autónoma Marruecos, un episodio que ocurrió en agosto de 2021 y que generó una fuerte polémica. En las imágenes emitidas por distintas cadenas se veía cómo se expulsaba a los menores por una vaya sin mayor control. El letrado del Ejecutivo Ceutí alegó que se trató de “una auténtica invasión”, citando el escrito de la Abogacía.

El alto tribunal estudia los dos recursos de casación presentados por ambas partes, que en la vista solicitaron al TS que anule la resolución de un juzgado ceutí, avalada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en la que se condenaba a la Delegación de Gobierno a adoptar las medias para conseguir el retorno de los menores de edad no acompañados que fueron repatriados.

La defensa del Gobierno de Ceuta ha puesto el acento en el contexto delos hechos. "Desde 2009 hasta 2024 no se ha logrado concluir ni un solo procedimiento desde Ceuta a Marruecos porque Marruecos no ha atendido ninguna petición de servicios sociales, porque no reconoce a Ceuta como España", ha recalcado. Aunque la ciudad autónoma ya contaba con un número significativo de menores no acompañados en su territorio, en mayo de 2021 se sumaron 1.300 más y descartó que esto fuera “un problemilla de orden público”, informa Ep.

La aplicación entonces del acuerdo de 2007 por Marruecosfue “un hito”, en palabras del letrado y defendió que los menores se trasladaron de un Estado a otro, en lo que calificó como un “retorno asistido” que veló por sus derechos. "La finalidad es que los menores retornen al seno de sus familias o institución de su país de origen. Es un retorno asistido no una declaración unilateral de repatriación".

"No solo hemos acreditado que no hubo riesgo alguno, sino que no se materializó en ningún momento", ha sostenido.

Por su parte, la Abogacía del Estado se ha amparado en dos sentencias que sientan jurisprudencia sobre la ampliación de dicho acuerdo y han insistido en que "los menores fueron acogidos, se les dio una asistencia y se encuentran reincorporados". Y también recordó que otros ya son mayores de edad.

Otro de los argumentos que ha esgrimido para defender las actuaciones fue que "ninguno de los menores ni sus padres ni Marruecos ha manifestado ninguna queja sobre la salvaguarda de los derechos fundamentales de los menores" en los tribunales. Y recalcó que las devoluciones de los menores fueron procedimientos “voluntarios” y “selectivos”.

Recordó también que los hechos ocurrieron en el marcode una crisis diplomática con Marruecos que imposibilitó la aplicación del artículo 191, que regula la repatriación.

La Fiscalía dice que no hubo garantías

Una visión diametralmente opuesta a la manifestada por el fiscal Antonio Narváez que, junto con reconocer que se trató de un evento fuera de lo común, ha subrayado que "las circunstancias excepcionales están supeditadas el cumplimiento de la ley" y que no se cumplieron ni las garantías administrativas nijudiciales en el retorno de los menores.

"Lo que caracteriza a un Estado de Derecho es la garantía de los derechos fundamentales y aquí no se ha dado ninguna garantía ni se ha hecho ningún procedimiento ni se ha identificado a las personas", ha dicho, a la vez que expresaba su rechazo a los recursos de casación que estudia el Supremo.

El Ministerio Público recordó que el acuerdo de 2007, al que apelan el Gobierno de Ceuta y la Abogacía en sus escritos “no es un tratado, es un acuerdo internacional administrativo que contempla el cumplimiento estricto de la legalidad de ambos Estados y el concepto del interés superior del menor".

Sobre este último extremo ha explicado que dicho interés superior era individualizar los casos de los menores, algo que "no se hizo". A su juicio, la devolución de los menores a Marruecos no cumplía con ninguna garantía. Por ello, ha zanjado que "lo que procede es que se dicte una sentencia desestimatoria de los recursos de casación".

Por último, la letrada Patricia Fernández Vicens, en representación de la acusación popular ejercida por la Coordinadora de Barrios, ha pedido al Supremo que desestime los recursos porque la clave es que se vulneraron los derechos de los menores por vía de hecho, sostuvo. Acusó que en este caso no hubo un estudio caso por caso ni se dictó una resolución para su devolución y que se debió aplicar la ley interna que defiende el interés de los menores.

"Lo que no podemos admitir de ninguna manera es que el interés superior del menor que estaba bajo la jurisdicción de Ceuta lo dicte Marruecos. Es una cesión de jurisdicción intolerable", señaló.