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El breve diálogo entre Sánchez y el juez en Moncloa: "¿No desea prestar declaración? Señoría, me acojo a la dispensa del artículo 416"

El presidente del Gobierno dijo no tener relación alguna ni con el empresario Juan Carlos Barrabés ni con el rector de la Universidad Complutente, Joaquín Goyache, también investigados

Pedro Sánchez despachó en apenas dos minutos la comparecencia ante el juez Juan Carlos Peinado el pasado 30 de julio en Moncloa. Los que tardó el magistrado en preguntarle si tenía alguna relación con alguno de los tres investigados y contestar el presidente del Gobierno que su esposa es Begoña Gómez, investigada por posible tráfico de influencias y corrupción en los negocios por el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. "¿No desea prestar declaración?", terminó preguntándole Peinado. "Señoría, me acojo a la dispensa del artículo 416", contestó Sánchez dejando claro que se acogía a su derecho a no declarar. Ese mismo día, el jefe del Ejecutivo se querellaba por prevaricación contra el magistrado.

"¿Nos puede decir cuál es su nombre y apellidos por favor?", comenzó Peinado su intento de interrogatorio. "Pedro Sánchez Pérez Castejón", respondió el presidente del Gobierno. "Se trata de practicar una diligencia consistente en la toma de declaración si usted desea declarar, por lo que le informaré a continuación", le explicó el magistrado, "en un procedimiento que se sigue en el juzgado número 41 de Madrid".

En ese procedimiento, le detalló el instructor, "existen en este momento tres personas que tienen la condición de investigadas y le voy a preguntar si con alguna de ellas tiene algún tipo de relación". "La primera de ellas se llama doña Begoña Gómez Fernández". "¿Con esta persona tiene usted algún tipo de relación de parentesco, amistad o enemistad?". "Es mi esposa", contesta entonces el presidente del Gobierno. "Muchas gracias", dice entonces el juez, que le pregunta entonces por su tiene alguna relación con el empresario Juan Carlos Barrabés, a quien Begoña Gómez avaló por escrito en sendas adjudicaciones públicas. "No", contesta Sánchez. "¿Y respecto de Joaquín Goyache Goñi?", le inquiere el juez en relación al rector de la Universidad Complutense que fue citado en Moncloa por Begoña Gómez para proponerle la creación del Máster de Transformación Social Competitiva que la mujer de Sánchez terminaría codirigiendo tres meses después. "Tampoco".

"Como consecuencia de que usted ha manifestado que una de las investigadas es su esposa", le aclaró Peinado, "está usted dispensado de declarar en todo aquello que pudiera perjudicarle". No obstante, añadió, "hay otras dos personas con las que ha manifestado que no tiene relación". "El mismo artículo que le dispensa de declarar respecto de su esposa prevé la posibilidad de que tampoco declare en todo aquello que quepa la posibilidad de perjudicar o comprometer a su esposa", la explicó.

"Una vez que creo que está usted suficientemente informado, lo primero que tengo que preguntarle es si usted va a acogerse a la dispensa de declarar o por el contrario quiere prestar declaración".

Sánchez interviene entonces: "Señoría, me acojo a la dispensa del artículo 416". "¿No desea prestar declaración respecto ninguna de las preguntas que se le pudieran haber formulado?", insiste Peinado. "Deseo acogerme al derecho que viene reconocido en la ley", reitera el presidente del Gobierno. "Pues muchísimas gracias. Se da por concluida la diligencia", zanja el instructor, que poco después se enteraría de la querella presentada por Sánchez contra él por prevaricación a través de la Abogacía del Estado.

En la comparecencia estuvieron presentes, además del juez Peinado, el fiscal del caso, José Manuel San Baldomero; el abogado de Begoña Gómez, Antonio Camacho; los abogados de los otros dos investigados, el empresario Juan Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache; y, en representación de todas las acusaciones populares -Vox, Manos Limpias, Iustitia Europa, Hazte Oír y Movimiento de Regeneración Política de España-, la abogada de la formación de Santiago Abascal, Marta Castro.

En su comparecencia ante el juez Peinado, que investiga a Begoña Gómez por posible trafico de influencias y corrupción en los negocios, el presidente del Gobierno se acogió a la dispensa legal del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que exime de "concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar", entre otras autoridades, al presidente del Gobierno, a quien permite declarar por escrito sobre hechos de los que haya tenido conocimiento "por razón de su cargo". En caso contrario, señala que la declaración se llevará a cabo "en su domicilio o despacho oficial". Y ese fue, precisamente, el principal punto de discrepancia, pues Peinado insistió en que el jefe del Ejecutivo no iba a ser interrogado por hechos que hubiese conocido en el ejercicio de su cargo.

La citación de Sánchez vino precedida de un tenso tira y afloja con el magistrado, después de que Sánchez le solicitase por carta que su declaración se llevase a cabo por escrito, garantizándole su voluntad de "colaborar con la Administración de Justicia".

El instructor pretendía que diera su versión sobre las reuniones que mantuvo Begoña Gómez en el Palacio de La Moncloa con el empresario Juan Carlos Barrabés, a una de las cuales asistió brevemente, y su encuentro con el empresario en la residencia presidencial en el marco de una reunión empresarial sobre innovación.

Peinado acordó interrogar como testigo al presidente del Gobierno al considerar "útil y pertinente" la comparecencia del "esposo de la investigada" para intentar arrojar luz a un posible "tráfico de influencias en cadena", una mención que la Fiscalía le reprochó al apoyar la admisión de la querella por prevaricación de Pedro Sánchez contra el magistrado, que anunció poco después de que el instructor abandonase el Palacio de la Moncloa.

Tanto la Fiscalía como la defensa de Begoña Gómez recurrieron la citación de Sánchez, que tildaron de innecesaria, y reclamaron sin éxito que, en caso de insistir con la testifical, le permitiese declarar por escrito.