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Tribunal Supremo

El ‘juez del CNI’ decide apartarse de la causa contra Puigdemont tras el escándalo de Pegasus

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Lucas se abstiene después de que el caso sobre el programa espía israelí haya destapado seguimientos al abogado del expresident de Cataluña Gonzalo Boye

IV Congreso Internacional de la Unión Iberoamericana de Universidades y Cortes Supremas “Independencia Judicial y Estado de Derecho" Alberto R. RoldánLa Razón

El ‘juez del CNI’, Pablo Lucas, se abstendrá de resolver si se anulan las causas que afectan a los euroescaños de los líderes en el procés pendientes en el Tribunal Supremo. Después de que el escándalo del espionaje con Pegasus por el Centro Nacional de Inteligencia haya desvelado que se siguió, entre otros, al abogado del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, el letrado Gonzalo Boye,el magistrado afirma que jamás recibió ninguna información sobre la estrategia de defensa de los independentistas, pero que ha decidido hacerse a un lado en esta decisión. La Sala de lo Contencioso-Administrativo lo ha aceptado tanto en el caso de Puigdemont como en los de los exconsejeros Clara Ponsatí y Toni Comín.

“Puedo decir sin quebrantar el secreto al que me obliga [la Ley] que no he recibido información alguna del Centro Nacional de Inteligencia sobre la estrategia de defensa de la que hablan los escritos de promoción del incidente de nulidad de las actuaciones”, señala el togado en un escrito remitido a la Sala el pasado 20 de junio. Boye había solicitado que se declarara nulo todo el procedimiento -en revisión están los juramentos y las actas de eurodiputados- tras la polémica de Pegasus. El tribunal que debía decidir estaba formado por el juez que firma las autorizaciones de los espías y, cabe recordar, que la exdirectora del CNI confirmó en el Congreso de los Diputados que se había seguido, al menos, a 18 líderes y personas relacionadas con el independentismo.

Lucas ha detallado que su actuación había estado siempre bajo los parámetros legales, pero para evitar cualquier resquicio de contaminación ha aceptado abstenerse. “Creo necesario señalar que para conceder las autorizaciones previstas [las que dio para espiar a determinados miembros independentistas] es necesario que el Centro Nacional de Inteligencia justifique que actuaciones precisa de personas determinadas que ponen en riesgo la independencia e integridad territorial de España, los intereses nacionales o la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones”, manifestó Lucas.

Solamente con esa justificación y el resto de condiciones previstas legalmente él da la venia para que se utilice el software israelí o cualquier técnica prevista para los espías, agrega. Expone que el CNI no puede intervenir en procesos judiciales y “de llegar a conocimiento del Centro Nacional de Inteligencia cualquier dato ajeno a los hechos por los que se concedió alguna autorización, está obligado a destruirlo inmediatamente”.

“No obstante lo dicho, creo igualmente evidente, a la vista de cuanto mantienen los escritos [...] que no debe intervenir en su resolución para preservar la apariencia de imparcialidad de la Sala. En consecuencia, solicito que se me tenga por abstenido”.

Con esto sobre la mesa, el presidente de lo Contencioso en el Supremo, César Tolosa, ha avalado esta decisión, según un escrito avanzado por The Objetive y al que ha tenido acceso LA RAZÓN. “Los jueces no solo deben satisfacer criterios objetivos de imparcialidad, sino que, además, debe de verse que son imparciales”, expone Tolosa. Dado que este caso es singular, dice, procede apartar de la deliberación sobre el incidente de nulidad al ‘juez del CNI’.