Congreso
Alberto Rodríguez recurre la condena que le dejó sin escaño en plena crisis por la reforma laboral
Al no haberle sustituido Podemos, sin el error del PP, la votación de este jueves en el Congreso habría decaído
Alberto Rodríguez formalizó en el Tribunal Constitucional (TC) su recurso de amparo contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó a 45 días de prisión (sustituidos por el pago de una multa), y a una pena de inhabilitación, que acarreó la retirada de su escaño en el Congreso, por dar una patada a un agente en una protesta en Tenerife contra la política educativa del PP en el año 2014.
La defensa del ex diputado de Unidas Podemos sostiene en su recurso que el alto tribunal vulneró supuestamente derechos fundamentales de Rodríguez. Entre ellos el derecho a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva, el principio de legalidad, y los derechos de reunión y manifestación y de representación política así como el principio de proporcionalidad.
Su abogado, Gonzalo Boye, mantiene en el escrito que el ex secretario de Organización de Podemos fue condenado “sin prueba mínima ni suficiente” y con “un testimonio único de cargo”, el del policía que le identificó como el manifestante que le propinó una patada, un relato que en su opinión “no describe suficientemente los hechos”, adolece de una “ostensible falta de corroboración objetiva” y “no tiene aptitud, por sí sola, para desvirtuar la presunción de inocencia”. Y es que se queja de que al juicio no acudió “ningún otro agente, distinto del testigo, que hubiera reconocido” a Rodríguez “como el autor de la agresión”.
La defensa del ex parlamentario morado denuncia de nuevo en su recurso que el objetivo de la actuación policial en la protesta contra el entonces ministro de Educación, José Ignacio Wert, era “perseguir a un activista muy significado en su localidad, de forma irracional” y “con claro irrespeto al legítimo ejercicio del derecho de reunión y manifestación” para, subraya, “criminalizar la protesta”.
El letrado se queja de que la pena de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo (a ser candidato) ha acarreado, de hecho, “una consecuencia extrapenal” al haber sido privado de su escaño, lo que supone también, añade, “una privación de un derecho político que afecta a más de 64.000 electores de su circunscripción”.
La argumentación jurídica incide en que una vez sustituida la pena de prisión por el pago de la multa, la pena de inhabilitación aparejada (que finalmente llevó a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, a retirarle el escaño, no debería haberse impuesto: “No hay norma alguna que indique que la pena accesoria debía cumplirse, a pesar de que la pena de prisión ya haya sido sustituida”. El Supremo defendió que la pena de prisión no desaparecía por el hecho de abonar la multa sustitutoria, pero para el abogado de Rodríguez ésa es una interpretación “contra reo”.
“Por hechos sucedidos hace casi ocho años y en virtud del único testimonio de un agente policial”, concluye su defensa, el ex parlamentario“ ha visto afectado doblemente su derecho fundamental a la representación política”, con la privación de su cargo “como efecto secundario a una pena de prisión sustituida, ya ejecutada” y con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, que se cumplió durante el tiempo de duración de la pena de prisión impuesta.
l recurso interpuesto por el ex diputado llega en medio de la crisis desatada a causa de la votación de la reforma laboral de este jueves en el Congreso de los Diputados. Y es que, su escaño lleva tres meses vacío después de que la presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, acatara la el fallo del Tribunal Supremo. Hasta ahora el grupo parlamentario de Unidas Podemos todavía no ha subsanado este vacío en la bancada morada, a pesar de que fuentes cercanas al partido explican que éste sería su deseo.
El escaño vacío y la reforma laboral
Y es que precisamente el escaño vacío de Rodríguez podría haber sido el detonante que hubiese lastrado la votación de la reforma laboral. De no ser por el “error informático” que produjo que un diputado del PP acabara votando “sí” a la reforma laboral, la normativa habría decaído puesto que el Ejecutivo solo contaba con los números exactos para convalidar la norma, después de la “traición” de los dos diputados de UPN. PSOE, UP, Cs, Más País, Compromís, PDecat, Teruel Existe, Nueva Canaria y Coalición Canaria. Solo 173 escaños, que deberían ser 174 si el escaño del ex canario hubiese sido sustituido.
La decisión final de UPN de no acatar la disciplina de la dirección nacional navarra suponía de facto la derogación de la nueva reforma laboral. Entonces, el Gobierno tendría que haber vuelto a negociar una nueva reforma laboral desde el principio, con su consecuente negociación parlamentaria y presentación en el Pleno para su posterior aprobación. Si bien, el error del diputado del PP acabó siendo, sin quererlo el motivo por el cuál el Gobierno logró su objetivo, lo cierto es que la imagen clara que podría haber dejado la votación es que Podemos podía haber sido el culpable de que la reforma laboral negociada por su vicepresidenta no hubiese salido ante la rebelión de los diputados de UPN. Desde el partido morado apuntan al error de confiar en la geometría variable con la que se recabó el apoyo final para la votación.
En cuanto al hecho de la situación de interinidad que se vive en el grupo parlamentario morado por no cubrir el escaño de Alberto Rodríguez, desde el partido son conscientes de esta limitación que influye directamente –como se ha visto- en las votaciones y les gustaría contar con su “diputado 35″, sin embargo, explican fuentes cercanas, la dirección del grupo parlamentario no puede hacer mucho al respecto. Es el partido canario el responsable de esta anomalía y quien debe pronunciarse y proponer otro nuevo diputado, después de que los dos primeros nombres de la lista canaria renunciaran a ocupar el puesto de Alberto Rodríguez.
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