El Salvador
Condenado a 133 años de cárcel un ex militar salvadoreño por el asesinato de Ellacuría
La Audiencia concluye que la matanza de los cinco jesuitas españoles en El Salvador en 1989 fue “urdida, planeada y acordada” por el Alto Mando de las Fuerzas Armadas al que pertenecía Montano
La Audiencia Nacional ha condenado a 133 años de cárcel al ex coronel Inocente Montano, ex viceministro de Seguridad Pública salvadoreño, como autor de cinco asesinatos terroristas, con la agravante de alevosía, por la muerte de Ignacio Ellacuría y de otros cuatro jesuitas españoles en la Universidad Centroamericana (UCA) de El Salvador el 16 de noviembre de 1989.
En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Fernando Andreu, el tribunal afirma que tiene la “convicción plena” de que existen pruebas suficientes para concluir que el asesinato de los cinco jesuitas “fue urdido, planeado, acordado y ordenado por los miembros del Alto Mando de las Fuerzas Armadas, órgano al que pertenecía y del que formaba parte, en su condición de viceministro de la Seguridad Pública, el acusado”, para quien la Fiscalía pedía una condena de 150 años de prisión. Él participó, añade la Sala, en la decisión y junto a otros cuatro miembros de dicho Alto Mando, “transmitió la orden de realizar las ejecuciones al coronel director de la Escuela Militar”.
La Sección Segunda de lo Penal del citado tribunal impone al acusado una pena de 26 años, 8 meses y un día de prisión por cada uno de los asesinatos. Y aunque los magistrados también consideran a Montano autor de la muerte del jesuita salvadoreño Joaquín López, de la cocinera de la universidad, Julia Elba Ramos, y de su hija de 15 años, Celina Mariceth Ramos, ejecutados junto con los religiosos, precisan que no puede condenarle por estos hechos al no haber sido extraditado por estos crímenes por Estados Unidos en noviembre de 2017, fecha desde la que permanecía en prisión provisional en España.
La Audiencia argumenta que los asesinatos fueron cometidos desde los propios aparatos del Estado, "lo que comúnmente viene a denominarse como “terrorismo desde el Estado”, que se fragua y desarrolla en determinados núcleos decisivos de poder, como en el presente caso, en el seno del Alto Mando de las Fuerzas Armadas salvadoreñas, al que pertenecía el acusado, y en donde se adoptó la decisión de matar a los sacerdores.
La resolución ahonda en el contexto político en el que se produjeron los asesinatos y recuerda que el padre Ellacuría, como rector de la Universidad Centroamericana, era considerado uno de los analistas políticos más importantes del país. El jesuita defendía que no era posible una victoria militar ni de las Fuerzas Armadas ni del FMLN.
Su influencia en la sociedad salvadoreña a través de sus artículos, charla, análisis y propuestas y, en definitiva, su participación en la vida pública -continúa el relato de hechos del fallo- le había creado “poderosos enemigos”. De hecho, los jesuitas habían sido “blanco” durante toda la década de amenazas de muerte, registros y atentados en la UCA, que fueron creciendo e intensidad y en número, hasta que se contabilizaron casi medio centenar en 1989.
En definitiva, el papel de la Iglesia como mediadora para tratar de acabar con la sangrienta guerra civil les granjeó la enemistad de la extrema derecha, quien temía que en la negociación se les privase de sus privilegios. En particular, Ellacuría estaba especialmente en el punto de mira por su insistencia en que se alcanzara una solución negociada al conflicto, lo que añadía cada vez más presión a las Fuerzas Armadas.
Así se fue gestando entre los miembros del Alto Mando, los cuales pertenecían casi en su totalidad a “la Tandona”, la consideración de Ellacuría como un “enemigo”, cuya labor de intermediación suponía una amenaza para su privilegiada posición, “por lo que comenzaron a plantearse la conveniencia de acabar” con su vida.
El tribunal detalla en su resolución la reunión de oficiales, entre los que se encontraba el entonces coronel Montano como viceministro de Seguridad Pública, en la que se ordenó matar al padre Ellacuría y no dejar testigos, utilizando para ello unidad del batallón Alacatl.
Después de la medianoche del 15 al 16 de noviembre, los soldados se reunieron fuera de la Escuela Militar, donde el coronel Rene Yusshy, les facilitó un fusil AK 47 de fabricación rusa que usaba habitualmente el FMLN con el fin de disparar con él y simular que habían sido los miembros del FMLN los autores de los hechos. También les ordenó que hicieran creer que se hubiera producido una confrontación militar una vez que los sacerdotes estuviesen muertos.
Los oficiales se acercaron a la residencia de los sacerdotes y cuando estos salieron alertados por el ruido les ordenaron tirarse al suelo, momento en el que el oficial que llevaba el AK 47 empezó a disparar a los tres que estaban postrados: Ellacuría, Baró y Montes. Tras ello, según el relato de la sentencia, el subsargento y un cabo empezaron a disparar y mataron a los otros tres sacerdotes.
En ese mismo momento, el sargento que se había quedado custodiando a la cocinera de la universidad y a su hija efectuó numerosos disparos mientras ambas se agarraban aterrorizadas y temiendo por su vida. Cuando el suboficial descubrió que seguían vivas en el suelo, abrazadas la una a la otra, ordenó a otro soldado que se asegurase de su muerte, lo que hizo descargando su M-16 “hasta acabar con ellas y prácticamente partirlas por la mitad”. Inmediatamente después, otro de los soldados, siguiendo instrucciones del teniente de la Escuela Militar, escribió en una pared: “EL FLMN ejecutó a los enemigos espías. Victoria o muerte, FMLN”.
La Audiencia incluye al entonces presidente de El Salvador Alfredo Cristiani en ese "grupo estable y permanente, quedesde las más altas estructuras del poder en el Salvador y compuesto por el propio presidente de la República, utilizaron la violencia y cometieron graves delitos, que causaron alarma y alteraron gravemente la paz y la convivencia ciudadana, cercenando el camino hacia el diálogo y la paz " con el fin de perpetuar sus privilegiadas posiciones".
Un ex acusado, testigo clave
En la decisión de la Sala -presidida por el magistrado José Antonio Mora- ha sido clave el testimonio del teniente Yusshy René Mendoza, que se enfrentaba a una petición de condena de cinco años de cárcel, por su supuesta participación en los asesinatos, pero que fue apartado del procedimiento al comenzar la vista oral y que declaró como testigo. Mendonza aseguró que el entonces coronel Guillermo Alfredo Benavides -quien ordenó asesinar a los jesuitas, a quienes el Ejército vinculaba con la guerrilla del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN)- le dijo “varias veces” mientras estaban en la cárcel que Montano formaba parte del grupo de militares que dio la orden.
Benavides -en prisión en El Salvador- reunió a todos los oficiales de la Escuela Militar y les trasladó -recordó el testigo- el mandato que había recibido: “Me han dado la orden de proceder a eliminar a Ellacuría”, precisando que la misma procedía del Estado Mayor, del que formaba parte Montano como viceministro de Seguridad Pública.
“Fue una operación totalmente autorizada, todo el mundo lo supo. Eso tenía que estar aprobado por el Alto Mando”, insistió Mendoza, que formó parte del operativo que se desplazó al campus de la universidad Centro Americana (UCA) donde se alojaban los sacerdotes.
Montano lo negó todo
Sin embargo, en su declaración Montano negó ante el tribunal que participara en “el lamentable incidente de la muerte de los padres” y rechazó tanto que estuviese en la reunión en la que, supuestamente, el responsable de la Escuela Militar dio la orden directa de asesinar a los jesuitas a una unidad del batallón Atlacatl, como que intentase encubrir los crímenes. “Siempre pensé que había sido el FMLN”, dijo en referencia a la guerrilla del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), enfrentada al Ejército tras más de una década de conflicto civil. Sí reconoció haber asistido a una reunión, el mismo 16 de noviembre, con el entonces presidente salvadoreno Alfredo Cristiani, pero dijo que en ella “no se ordenó matar a los jesuitas”.
“El delito lo cometieron soldados, no policías, que eran los que dependían de mi persona”, insistió Montano, que hizo hincapié en que en esas fechas la seguridad del país “estaba comprometida” por los guerrilleros del FMLN, por lo que el objetivo del Gobierno de Cristiani era “proteger al estado de la amenaza terrorista”.
Respecto a los registros (“cateos”) que se llevaron a cabo en la universidad 48 horas antes de los asesinatos -que para la Fiscalía fueron “el preludio planeado” de esos crímenes-, el ex militar afirmó que fueron ordenados por el Estado Mayor al batallón Atlacatl porque “dijeron que había armamento del FMLN en la universidad, que lo tenían como un almacén”, pese a que los soldados no encontraron armas en su interior.
Además de la Fiscalía, la Asociación Pro Derechos Humanos de España (Apdhe), la familia de uno de los jesuitas asesinados, Ignacio Martín-Baró, y la Asociación de Antiguos Alumnos del Colegio de San José de la Compañía de Jesús de Valencia han ejercido también la acusación en este procedimiento.
Los magistrados condenan además a Montano al pago de las costas del proceso, incluidas las que ha venido soportando la acusación popular ejercida por la Asociación Pro-Derechos Humanos de España y la Asociación de Antiguos Alumnos del Colegio San José de la Compañía de Jesús de Valencia. Lo hace, dicen, de forma excepcional dado el papel “determinante y decisivo” que ha tenido la acusación popular tanto en El Salvador como en España desde que, en noviembre de 2008, interpuso la querella que dio origen a la causa.
¿Por qué se juzgan en España estos asesinatos?
Por estos mismos hechos se celebró un juicio en El Salvador que el Tribunal Supremo español consideró que no revelaba indicios suficientes de que se hubiesen garantizado el castigo y persecución de sus responsables, sino más bien su sustracción a la Justicia, al tiempo que remarcó la ausencia de garantías necesarias de independencia e imparcialidad.
El tribunal defiende que los hechos son competencia de la jurisdicción española porque se trata de asesinatos terroristas cometidos contra víctimas españolas. Legalmente, constituyen ocho delitos de asesinato de carácter terrorista, pero al limitar EE UU la entrega de Montano a su posible responsabilidad en la muerte de los cinco jesuitas españoles, la Audiencia no ha podido condenar al acusado por los otros asesinatos de ciudadanos salvadoreños el día de la matanza en la UCA.
✕
Accede a tu cuenta para comentar