Independentismo

La Audiencia Nacional rechaza que el juicio a Trapero se celebre en Barcelona

La Sección Primera ratifica su competencia para juzgar al mayor de los Mossos y empieza a citar a los testigos

Josep Lluís Trapero se sentará en el banquillo de la Audiencia Nacional a partir del próximo 20 de enero. La Sección Primera de la Sala de lo Penal de este tribunal, que preside la magistrada Concepción Espejel, ha rechazado los argumentos de la defensa del mayor de los Mossos d´Esquadra -para quien la Fiscalía pide una condena de once años de prisión por rebelión- para que el juicio se celebre en Barcelona y ha ratificado la competencia de la Audiencia Nacional para juzgarle.

Según confirmaron fuentes jurídicas, la Sala esgrime en una resolución del pasado jueves tanto su decisión previa de oponerse a la declinatoria de jurisdicción en favor de la Audiencia de Barcelona -que fue ratificada el pasado julio por la Sala de Apelación- como la posición de la Fiscalía, que se niega a rebajar por ahora su acusación contra Trapero, como solicitaba la defensa del mando de la Policía autonómica. De hecho, según confirmaron esas mismas fuentes, la Sección Primera ha comenzado ya a citar a los primeros testigos que declararán en la vista oral para cuadrar cuanto antes el calendario del juicio, que se espera que concluya el próximo 19 de marzo después de 24 sesiones. Y es que con las Navidades a la vuelta de la esquina, reconocen, el tiempo apremia.

La abogada de Trapero -acusado de rebelión por su papel como responsable policial de los Mossos en la jornada del referéndum ilegal del 1-O y durante el asedio a la Consejería de Economía el 28 de septiembre de 2017- instó a la Fiscalía a rebajar a sedición su acusación ateniéndose a la sentencia del juicio a los líderes del “procés”, en la que el Tribunal Supremo rechazó condenar por rebelión. Para la letrada Olga Tubau un juicio por sedición no podría celebrarse en la Audiencia Nacional porque en su día este tribunal justificó su competencia en que los hechos investigados pretendían atentar contra la forma de Gobierno y alterar el orden constitucional. Y recordaba que el Supremo concluyó que el “procés” no supuso un peligro real de secesión ni de ruptura del orden constitucional, sino un artificio para forzar al Gobierno a negociar. Algo que, en su opinión, avalaba la pérdida de competencia en beneficio de la Audiencia de Barcelona.

Sin embargo, en un escrito remitido a la Sala el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, rechazó alterar su acusación, dejando no obstante la puerta abierta a hacerlo en el trámite de conclusiones definitivas, a la conclusión del juicio, e incluso al comienzo de la vista oral. En todo caso, que se decantara por esta segunda opción tampoco acarrearía que el proceso se trasladase a Cataluña. Como se encargan de recalcar fuentes del tribunal, “una vez acordada la apertura de juicio oral la competencia fijada no puede alterarse porque rige el principio de perpetuatio iurisdictionis”. Y en este caso, subrayan, no solo se ha abierto juicio oral sino que “ya se ha dado un paso más señalándose el comienzo de la vista” para el próximo 20 de enero.

“Pieza clave” en el “procés”

En una resolución de la que fue ponente el magistrado Ramón Sáez, la Sección Primera -encargada de juzgar a Trapero, al ex director de los Mossos Pere Soler, al ex número dos de la Consejería catalana de Interior César Puig y a la intendente Teresa Laplana, esta última sí acusada de sedición- avaló la competencia de la Audiencia Nacional porque en los delitos de rebelión “no está limitada constitucionalmente a los cometidos por bandas armadas o terroristas”. En ese caso, fueron las defensas de Puig y Soler las que recurrieron, sin que la de Trapero secundara esa iniciativa.

Posteriormente, la Sala de Apelación ratificó esa decisión y dejó claro también que “las sediciones que persiguen fines rebeldes son igualmente competencia de esta Audiencia Nacional”, por lo que la resolución de la Sala era “plenamente acertada”.

En su escrito de conclusiones provisionales, los fiscales Miguel Ángel Carballo y Pedro Rubira señalan que Trapero fue “pieza clave” en el proceso soberanista por dar “cobertura efectiva” a los líderes independentistas para “imponer por la fuerza de las masas” la secesión de Cataluña.

“Desde su cargo y responsabilidad -resaltaban- tanto Trapero como Puig y Soler “se sumaron al plan secesionista” poniendo a los Mossos “al servicio” de sus intereses.

Durante la vista celebrada el pasado febrero para abordar esta cuestión, el fiscal Rubira defendió la competencia de la Audiencia y llegó a cuestionar la imparcialidad de los jueces catalanes al preguntarse en voz alta: “¿Puede haber imparcialidad y serenidad si se manda la rebelión y la sedición a Cataluña?, en alusión a la presión al poder judicial por parte del independentismo más vehemente.