Autónomos

Soy autónomo: ¿tengo derecho a paro?

Más de tres millones de personas en nuestro país son trabajadores autónomos

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Entrada de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe), a 2 de junio de 2022, en Madrid (España). El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo se redujo en 99.512 desempleados en mayo (-3,3%), lo que situó el total de parados por debajo de los 3 millones por primera vez desde finales de 2008, cuando se inició la crisis financiera. Los contratos fijos se han cuadruplicado y suponen el 44,5% del total y es el sector servicios el que concentra la mayor parte de la reducción del desempleo. 02 JUNIO 2022;DESEMPLEO;EMPLEO;TRABAJO;INEM;OFICINA DE EMPLEO; Carlos Luján / Europa Press 02/06/2022
Entrada de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe), a 2 de junio de 2022, en Madrid (España). El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo se redujo en 99.512 desempleados en mayo (-3,3%), lo que situó el total de parados por debajo de los 3 millones por primera vez desde finales de 2008, cuando se inició la crisis financiera. Los contratos fijos se han cuadruplicado y suponen el 44,5% del total y es el sector servicios el que concentra la mayor parte de la reducción del desempleo.02 JUNIO 2022;DESEMPLEO;EMPLEO;TRABAJO;INEM;OFICINA DE EMPLEO;Carlos Luján / Europa Press02/06/2022Carlos LujánEuropa Press

Más de tres millones de personas en España son trabajadores autónomos, ya que estos realizan de manera habitual una o varias actividades económicas por cuenta propia. No obstante, en algún punto de su vida, al igual que le ocurre a cualquier trabajador asalariado, estos tienen que hacer frente al desempleo a pesar de que quieran permanecer en el mercado laboral. Pero, en estos casos, ¿los autónomos tienen derecho a cobrar el paro?

Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a una "prestación por cese de actividad" que abonarán las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. Esta prestación "forma parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social, es de carácter obligatorio y tiene por objeto dispensar a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas (...) las prestaciones y medidas establecidas en esta ley ante la situación de cese la actividad que originó el alta en el régimen especial, no obstante poder y querer ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo", tal y como establece el artículo 327 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

¿Cuántos meses de paro le corresponden a un autónomo?

La duración de la prestación dependerá del tiempo que se tenga cotizado por cese de actividad:

  • Entre 12 y 17 meses cotizados: 4 meses de prestación
  • Entre 18 y 23: 6 meses de prestación
  • Entre 24 y 29: 8 meses de prestación
  • Entre 30 y 35: 10 meses de prestación
  • Entre 36 y 42: un año de prestación
  • Entre 43 y 47: 16 meses de prestación
  • A partir de 48 meses: dos años de prestación

¿Todos los autónomos tienen derecho a paro?

Desde Legálitas explican que no todos tendrán derecho a esta prestación, sino que dependerá de la situación económica del autónomo y de si cumple con los requisitos o no. En este sentido, comparten cinco motivos por los que se puede percibir esta prestación:

  • Por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, justificando las pérdidas de más de un 10% de los ingresos obtenidos durante el año, en comparación con el ejercicio anterior (excluyendo el primer año de inicio de la actividad).
  • Por cierre por fuerza mayor, es decir, por circunstancias ajenas al autónomo sin que puedan ser previstas, como por ejemplo, la DANA.
  • Por pérdida de la licencia administrativa, siempre y cuando esto sea un requisito indispensable para ejercer la actividad económica y no sea por una infracción penal.
  • Por ser víctima de violencia de género.
  • Por divorcio o separación matrimonial, en los casos en los que exista una resolución judicial en firme y ambas partes tenían participaciones en el negocio en común.

Requisitos para que los autónomos tengan paro

Para poder cobrar el paro, será necesario que el autónomo esté dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y estar al corriente del pago de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social. Si este trabajador tiene deudas, tendrá un plazo máximo de 30 días para regularizar la situación.

Asimismo, se deberán tener cotizados doce meses –en los últimos 24 meses de actividad–; no haber alcanzado la edad de jubilación o, en caso de tenerla, no poder acceder al cobro por no tener el período mínimo exigible; y encontrarse en situación legal de cese de actividad y estar a disposición del SEPE para reincorporarse en el mercado laboral.

¿Cuánto cobra de paro un autónomo?

Si el autónomo cumple con los requisitos previamente mencionados y le concedan el paro, cobrará durante el tiempo estipulado el 70% de la base reguladora del promedio de los últimos 12 meses.

No obstante, "existen límites en los importes, tanto por límite mínimo, como por límite máximo", explican desde Legálitas. El límite mínimo variará entre el 107% y el 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples), dependiendo de si tienen hijos o no. En cambio, el límite máximo es del 175% del IPREM, aunque si se tienen hijos a cargo puede oscilar entre un 200% y un 225%.