Mercado inmobiliario

El Gobierno crea el sistema de avales y garantías para el alquiler y recupera la suspensión de los desahucios a hogares vulnerables

El seguro de impagos se ceñirá a los alquileres que no superen las rentas fijadas en el índice estatal

Viviendas de alquiler social en Calafell (Tarragona). REMITIDA / HANDOUT por ICF Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma 28/01/2025
Viviendas de alquiler social en Calafell (Tarragona)ICFEuropa Press

El nuevo decreto ómnibus pactado por el Gobierno y Junts recoge dos medidas de calado para el sector de la vivienda, un sistema de garantías para el alquiler y el blindaje contra desahucios de los hogares vulnerables.

El sistema público de avales y garantías para propietarios y también para inquilinos de alquiler fue anunciado días atrás por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que lo vinculó al alquiler asequible. De hecho, como adelantó el jefe del Ejecutivo, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha especificado hoy miércoles que estará limitado a propietarios con vivienda cuyo precio no supere el índice estatal del alquiler.

Otro de los requisitos para la obtención del aval es que el inquilino deberá o ser menor de treinta y cinco años o tratarse de una persona vulnerables de acuerdo con los criterios establecidos reglamentariamente. El inquilino deberá cumplir uno de estos dos requisitos tanto en el momento de suscripción del contrato de arrendamiento como del documento de compromiso del aval.

De igual manera, para poder optar al aval se tendrá que depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones, así como suscribir por arrendador y arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, según el modelo que la Administración ponga a disposición de la ciudadanía.

Esta línea de avales garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan.

La solicitud para el cobro de las cantidades debidas y avaladas se podrá realizar en el plazo de 6 meses desde que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, ya sea, mediante resolución judicial de lanzamiento, ya sea mediante acuerdo judicial o extrajudicial que acredite dicha recuperación de la posesión.

La línea estará gestionada por las comunidades y ciudades autónomas con financiación finalista por parte del Estado.

Por otro lado, tal y como se recoge en el BOE, se deja la puerta abierta a que se incorporen otros colectivos como beneficiarios potenciales de esta línea de avales una vez se desarrolle el reglamento que regule la medida. Dicho reglamento será aprobado en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de esta norma y será de aplicación respecto a los contratos vigentes a la entrada en vigor de este real decreto-ley.

Desahucios

Junto a esta nueva medida, el Gobierno ha anunciado la prórroga de la paralización de los desahucios hasta el 31 de diciembre de 2025 por impago de alquiler para hogares vulnerables sin alternativa habitacional sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994 y para quienes habiten sin título una vivienda que sean víctimas de violencia de género, dependientes o con dependientes o menores a su cargo, y se encuentren en situación de vulnerabilidad, siempre que la vivienda pertenezca a personas físicas o jurídicas titulares de más de diez viviendas. También recogía la posibilidad de solicitar compensación por parte del propietario hasta el 31 de enero de 2026 si la Administración y los servicios públicos no encontraban una alternativa habitacional en un plazo de tres meses.

Esta medida decayó el jueves de la pasada semana después de que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicase la derogación del decreto ómnibus en el que venía recogida y cuya convalidación había sido rechazada un día antes por el Congreso después de su aprobación por el Consejo de Ministros el pasado mes de diciembre.

El nuevo decreto ómnibus también contempla la prohibición de interrumpir los suministros básicos de agua, luz y gas para consumidores vulnerables, cuya vigencia se ha extendido durante todo este año.

Igualmente, recoge los nuevos descuentos en el bono social de electricidad. Desde el pasado 1 de enero, se ha establecido un descuento del 50% para los consumidores vulnerables, aunque con una reducción progresiva. A partir del 1 de julio, la rebaja mermaba hasta el 42,5% y el 1 de enero de 2026, hasta el 35%.