Testamento

Esto es lo que te pasará si recibes una herencia y no pagas los impuestos correspondientes

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se debe liquidar en un plazo de seis meses desde el fallecimiento de familiar prorrogables a un año

¿En qué consiste la cláusula de la herencia? La única forma de que la persona viuda pueda disfrutar de todos los bienes del fallecido
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Recibir una herencia también conlleva gastos, principalmente de impuestos. Además, hay unos plazos que hay que cumplir sí o sí para que la cantidad heredada no se vea aún más mermada. En concreto, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se debe liquidar en un plazo de seis meses desde el fallecimiento de familiar, prorrogables a otros seis meses. Pero, ¿qué ocurre si un heredero no paga los impuestos al heredar? El despacho de abogados Heredia especializado en derecho de sucesiones aclara esta cuestión.

El impago conlleva sanciones de entre el 50% y el 150% de la cuota impagada. Además, es posible que se apliquen unos recargos de entre el 5% y el 20%. Hay otro factor a tener en cuenta. "Los impuestos asociados a la herencia se pagan mediante autoliquidación, es decir, el heredero es el encargado de reconocer la deuda ante la Hacienda Pública y realiza el cálculo de la cantidad debida", explica el despacho de abogados Heredia. En los casos en que se ha presentado la autoliquidación pero el heredero ha decidido no realizar el pago del impuesto, este no se enfrentará a ninguna sanción económica, pero tendrá que pagar los intereses de demora y un recargo de entre el 5% y el 20%, en función del tiempo de impago. Además, en el que caso de que sean varios herederos y solo uno no pague, el resto no tendrán que hacer frente ni a sanción, ni a intereses de demora ni a recargos. "Únicamente el heredero que no paga los impuestos se enfrentará a dichas sanciones", añade el despacho.

¿Qué impuestos hay que pagar?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones grava la ganancia patrimonial obtenida por lo adjudicado en herencia y se debe liquidar en un plazo de seis meses desde el momento del fallecimiento del causante si los herederos quieren beneficiarse de la mayor parte de las bonificaciones fijadas por cada comunidad autónoma, y de un año si lo prefieren, para no estar sometidos a algunas de las limitaciones que implican esas bonificaciones. Para disponer de un año de plazo hay que solicitar una prórroga de otros seis meses, pero hay que pedirla en los cinco primeros meses. Siempre hay que liquidar este impuesto, a excepción de que se renuncie totalmente a la herencia.

La tasa general del Impuesto de Sucesiones varía entre el 7,65% y el 34%. Sin embargo, además de estas variaciones, cada comunidad autónoma aplica diferentes bonificaciones que pueden reducir el importe a pagar, dependiendo de factores como el grado de parentesco o la edad del heredero. Además, en la cuantía final a pagar influirán otros factores como el valor de la herencia, el grado de parentesco, la edad de los herederos y la situación patrimonial de quien hereda.

Además, si se hereda una casa hay que pagar también el impuesto de plusvalía municipal, que tiene un plazo de seis meses cuando se produce por mortis causa. En cambio, si la plusvalía se paga por donación o venta el plazo es de 30 días. Estos impuestos se deben liquidar en la comunidad autónoma de residencia de la persona fallecida y el proceso se realiza mediante formato de autoliquidación.