IRPF

Esta es la forma correcta de hacer la declaración de la Renta por primera vez

El próximo 6 de abril se abrirá el plazo para que miles de contribuyentes presenten las declaraciones del IRPF y Patrimonio

Imagen de recurso de una mujer usando un ordenador portátil
Imagen de recurso de una mujer usando un ordenador portátilServicio Ilustrado (Automático)UGR

La cuenta atrás para que dé comienzo la Campaña de la Renta ya se ha activado. El pistoletazo de salida se dará el próximo 6 de abril, abriéndose el plazo para que miles de contribuyentes presenten las declaraciones del IRPF y Patrimonio.

Esta cita anual con la Agencia Tributaria puede ser recurrente para algunas de estas personas, no obstante, para otras puede ser la primera vez que rindan cuentas a Hacienda, lo que genera bastantes dudas e incluso puede dar lugar a equivocaciones.

Por tanto, lo primero que debe tener en cuenta el contribuyente es que la declaración de la Renta puede realizarse mediante internet a través del servicio de Renta WEB desde el 6 de abril; mediante la atención telefónica de los empleados de la Agencia Tributaria, la cuál dará comienzo el 5 de mayo; o de manera presencial en las oficinas con la atención de los técnicos de la AEAT dede el 1 de junio, hasta que finalice el mes.

El método online es el más utilizado en los últimos años, ya que no solo es el más temprano, sino también el más cómodo y rápido al poder hacer la declaración desde casa sin necesidad de tener que contar con ningún agente externo. Este proceso puede resultar sencillo siempre y cuando se cuenten con todos los datos requeridos y se tenga conocimiento de los conceptos que aparecen en esta documentación.

Pasos a seguir para hacer la declaración online

Como ya hemos mencionado previamente, el plazo para presentar la declaración de la Renta por internet es el primero que se abrirá, ya que tendrá lugar desde el próximo 6 de abril y finaliza el 30 de junio de 2022. Los contribuyentes que quieran optar por esta vía, deberán acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y para ello tendrán que contar con certificado digital o Cl@ve PIN, DNI electrónico o número de referencia.

En el caso de que sea la primera vez que se realiza la declaración, este número de referencia no estará disponible para estos contribuyentes, por tanto, solo quedaría realizarla haciendo uso del certificado digital o DNI electrónico.

  • Acceso e identificación: Tras acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, el contribuyente deberá ir al apartado “Modelo 100. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual” y pulsar “Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)” registrándose con DNI electrónico o certificado.
  • Seleccionar el servicio: Después de identificarse, al contribuyente se la abrirá la plataforma de Servicios Renta 2021 cuando esté operativo. En este apartado, la persona deberá confirmar el domicilio e indicar la titularidad de la vivienda, y si estos son correctos, deberá pulsar en “Ratificar”; mientras que si hay algún error, estos tendrán que ser arreglados, pinchando en “Modificar”. Tras pasar esta primer pantalla, en la siguiente se debe incluir la referencia catastral y la dirección del nuevo domicilio, después pinchar de nuevo en “Ratificar” y en “Continuar”, lo que abrirá otra pantalla con los servicios disponibles. En este sentido, como se quiere presentar la declaración de la Renta, se deberá pinchar en “Borrador/ Declaración (Renta WEB)”.
  • Completar el borrador: Este sería el primer paso en el que se comienza a confeccionar la renta. Es muy importante que se revisen todos los datos personales, ya que aunque este documento lo proporcione Hacienda, puede contener información desactualizada o errónea; por lo que será labor del contribuyente modificarla en caso de que sea necesario. En el caso de que la persona que vaya a realizar la tributación esté casada, puede comparar si le es más rentable hacer la declaración individual pinchando en “Tributación individual”, localizada sobre los datos de estado civil; o conjunta. Tras la comprobación de todos los datos, el contribuyente tendrá que pulsar en “Aceptar”.
  • Aportar información adicional: Tras el paso previo, puede aparecer una ventana solicitando información adicional, en la que el contribuyente podrá incluir algunos datos fiscales que pueden dar lugar a posibles deducciones, y finalmente pinchar de nuevo en “Aceptar”.
  • Resumen de la declaración: Si el contribuyente está casado, el sistema le informará de manera automática de si le es más rentable y favorable presentar la declaración conjunta o individual. Si tras comprobar la información, este es correcta, se deberá pulsar en “Presentar declaración”, mientras que si hay algún error, habrá que pinchar en “Continuar con la declaración” que aparece sobre el resumen, volviendo de nuevo a la primera pantalla, pudiendo navegar por todas las pantallas para corregir aquello que sea necesario.
  • Validar la declaración: Tras completarla, habrá que pulsar en “Validar”, apareciendo los avisos o errores en amarillo. En este caso se deberán comprobar de nuevo los datos, sobre todo aquellos que hacen referencia a la cuenta en la que se va a solicitar la devolución o el pago. Finalmente, al estar todo correcto, el contribuyente podrá ver el resumen de la declaración pulsando en “Resumen de declaraciones” o iniciar la presentación pinchando en “Presentar declaración”.
  • Presentar la declaración: Finalmente, el último paso, es que tras pinchar en “Presentar declaración” al contribuyente se le abrirá una nueva pantalla con el importe de devolución o pago que se tiene que realizar en la cuenta bancaria indicada. Asimismo, se deberá indicar si la declaración será individual o conjunta; y como se quiere efectuar la devolución o pago (domiciliado, fraccionado…). Por tanto, habrá que pulsar en “Aceptar” si todo está correcto, firmar y enviar la declaración pinchando, otra vez, en “Continuar”.