Empresas
Just Eat firma con los sindicatos el primer convenio que regula el trabajo de los riders, con un salario anual de 15.200 euros
El acuerdo se ha alcanzado después de año y medio de conversaciones y cuatro meses después de la entrada en vigor de la ‘Ley Rider’. El sueldo por hora es de 8,5 euros, se contempla una compensación por uso de vehículo propio, 30 días de vacaciones y seguro de accidentes
Just Eat ha cerrado con los sindicatos CC OO y UGT un convenio de empresa para regular las condiciones laborales de los riders y se convierte así en la primera gran plataforma de reparto de comida a domicilio en formalizar un acuerdo marco de relaciones laborales de este tipo, según ha informado en un comunicado. Se trata de un acuerdo “pionero”, el primero que entra en el detalle de las relaciones laborales en el entorno de las plataformas digitales, ha asegurado este viernes en rueda de prensa el director general de Just Eat España, Patrik Bergareche, tras la entrada en vigor en agosto pasado de la llamada ‘Ley Rider’ en España, que fue uno de los motivos de la salida de Deliveroo del país.
El acuerdo entrará en vigor el próximo enero y se ha alcanzado después de año y medio de conversaciones, y cuatro meses después de la entrada en vigor de la ‘Ley Rider’. El documento reconoce la laboralidad de los trabajadores, busca conseguir un “equilibrio entre la protección social y la innovación”, y está “alineado con el espíritu de la Ley Rider”, ha manifestado el director general, en un momento en el que la Comisión Europea ha propuesto que los repartidores de las plataformas tengan presunción de laboralidad.
Condiciones salariales
Sindicatos y empresa han pactado un salario anual de 15.200 euros, el equivalente a 8,5 euros por hora. Las condiciones incluyen también el cobro de las dos pagas extra, la de Navidad y la de verano, prorrateadas a lo largo de los 12 salarios del año, así como las vacaciones correspondientes. Por su parte, las horas trabajadas en días festivos se pagarán al doble de su precio habitual, es decir, a 17 euros. Además, quienes presten servicios durante el periodo comprendido entre las 22:00 y las 06:00 horas, tendrán derecho a un complemento por nocturnidad, que equivale a un incremento del 25% de precio pagado de base por hora trabajada.
El convenio también contempla compensaciones extrasalariales, para sufragar gastos ocasionados por la ejecución del trabajo, como puede ser la utilización de un vehículo propio. El documento en el que queda plasmado el acuerdo afirma que la vocación de Just Eat “es proveerse de una flota de vehículos propios”, pero en los casos en los que el trabajo se tenga que realizar con el vehículo del trabajador, se reembolsará el gasto ocasionado al personal de reparto”. En estos casos, la empresa establece una compensación por pago de combustible, mantenimiento del vehículo y seguro de 0,15 euros por kilómetro para motocicletas, de 0,10 euros por kilómetro en el caso de la bicicleta eléctrica y de 0,06 euros por kilómetro para los trabajadores que recurran bicicletas tradicionales. También se regula el reparto de las propinas recibidas a través de los servicios de la plataforma: se procesarán digitalmente y se pagarán mensualmente junto con el resto del salario, aplicando cuando corresponda las retenciones que sean precisas de conformidad con la legislación vigente en cada momento.
Vacaciones y seguro de accidentes
La jornada máxima diaria no podrá exceder de 9 horas de trabajo efectivo u 8 horas para los menores de 18 años. Además, entre el final de una jornada y el principio de la siguiente, deberán transcurrir como mínimo 12 horas. Entre sus derechos, el personal tendrá un periodo de vacaciones de 30 días naturales por año trabajado, de los cuales 15 días se disfrutarán entre junio y agosto.
Just Eat también ha suscrito un seguro colectivo de accidentes a favor de los trabajadores que cubrirá las siguientes contingencias: fallecimiento derivado de accidente laboral; incapacidad permanente total para el puesto de trabajo derivada de accidente laboral; incapacidad permanente absoluta para todo trabajo derivada de accidente laboral. En esos casos, el importe a cobrar del seguro colectivo será de 40.000 euros para los dos primeros supuestos y de 60.000 euros para el tercero.
Derecho a desconexión digital y a conocer el algoritmo
Entre los aspectos acordados se incluyen el derecho a la desconexión digital, a la información, a la seguridad y a la protección sociales, al tiempo que se definen las diferentes categorías profesionales, mecanismos de ascenso y mayor responsabilidad en la empresa, y elementos de temporalidad y complementos.
Respecto a la información sobre los algoritmos que emplea la plataforma, Bergareche ha detallado que la representación legal de los trabajadores tendrá derecho a conocer sus entresijos en lo que se refiere al desempeño de la actividad laboral, “sin entrar en conflicto con el derecho de confidencialidad de la empresa”, lo que supone -por ejemplo- conocer los mecanismos de contratación y de asignación de pedidos.
Aunque no ha precisado a cuántas personas se aplica el acuerdo, el directivo de Just Eat España ha puntualizado que solo abarca a los trabajadores empleados por Just Eat y no a los de otras empresas de logística a las que contratan el servicio y que pueden tener otros convenios de aplicación. Uniendo esos dos modelos, Bergareche ha explicado que son miles los trabajadores que reparten comida a través de Just Eat en España y ha mostrado su esperanza en que su número crezca conforme aumente el volumen de trabajo.
Sindicatos “satisfechos”
Las partes negociadoras han expresado su intención de que este acuerdo marque un precedente para la negociación de un convenio más amplio en ese tipo de entornos digitales y dinámicos, facilitando la adaptación a los picos de demanda del servicio. El secretario general de Acción Sindical y Comunicación de FeSMC-UGT, Álvaro Vicioso, se ha mostrado “satisfecho” con el acuerdo tras la serie de procesos judiciales en los que los sindicatos se han declarado en contra de la consideración de los repartidores como “autónomos”. A su juicio, el pacto demuestra que “se pueden conciliar los intereses de la empresa, los usuarios y los trabajadores”, con el objetivo de “extirpar la precariedad que existía en el sector del reparto de comida a domicilio”.
El secretario general de CCOO Servicios, Chema Martínez, ha destacado que se han pactado condiciones por encima del salario mínimo profesional en lo que supone un “ejemplo de cómo hay que hacer las cosas”, apostando por la estabilidad en el empleo. Ha mencionado otros puntos acordados como el de dotar de teléfono móvil a los trabajadores, fijar complementos salariales y periodos de vacaciones, garantizar una carga de trabajo mínima, permitir que si el empleo parcial se consolida en el tiempo se pueda ampliar la jornada y regular la prevención de riesgos laborales. Martínez ha confirmado que están manteniendo conversaciones con otras empresas del sector, pero todavía encuentran “mucha resistencia” a regular el trabajo de los repartidores.
Críticas de los riders pro-autónomos
Gustavo Gaviria, portavoz de Repartidores Unidos, asociación defensora del modelo autónomo, ha considerado que este “es un acuerdo que crea un peligroso precedente en nuestro sector por cuanto conlleva bajadas salariales frente lo que la propia UGT nos aseguraba que ya nos toca por convenio (1.550 euros mensuales más vehículo de empresa), que normaliza no proporcionar el vehículo, el cual el rider debe poner y mantener de su propio bolsillo, que contempla los temidos contratos de 12 horas semanales que tanto denunciamos en nuestras manifestaciones, que abre las puertas a las ‘horas complementarias’ con las que no puedes hacer planes para la próxima semana porque cinco días antes te pueden llamar a trabajar, que confunde ‘calendario de trabajo variable’ y turnos partidos con flexibilidad (eres tú el que se adapta al trabajo, no el trabajo a ti), que abre la puerta a la temporalidad y que, a grandes rasgos, vemos como un gesto de intentar colgarse medallas vendiendo un como hito algo que ni siquiera es un convenio firmado con los riders de la empresa, sino que es un acuerdo con CC OO y UGT, ya que Just Eat no tiene comité de empresa”.
“¿Para esto es que CC OO y UGT no apoyaron a la mayoría de los riders en ser autónomos con derechos reforzados? Al garantizarnos bajadas salariales frente a lo que ellos mismos nos prometían y no proporcionar de forma obligatoria el vehículo de empresa, entendemos que estos sindicatos nunca acordaron la ‘Ley Rider’ con datos y realidad, sino con ideologías”, apostilla.
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