El patrimonio de los Borbones en las dos repúblicas
La Ley de 22 de marzo de 1932 fue crucial para el cambio de régimen patrimonial
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La fecha: 1873. Con la proclamación de la Primera República, el Patrimonio de la Corona dejó de ser Patrimonio de la Nación para convertirse en Patrimonio del Estado.
Lugar: Madrid. Durante la Segunda República, el Palacio de La Granja se destinó a residencia veraniega del presidente, y al Palacio del Pardo se le dio también uso presidencial.
La anécdota. Las Cortes republicanas habían declarado al depuesto Alfonso XIII «culpable de alta traición», condenándole a ser «degradado de todas sus dignidades».
La abdicación del rey Amadeo de Saboya, en febrero de 1873, precipitó la proclamación de la Primera República. La Constitución de ese mismo año apenas tenía ya vigencia, pues en enero de 1874 el pronunciamiento del general Pavía disolvió la Asamblea constituyente y dio paso a un nuevo Gobierno provisional presidido por el general Serrano.
Esta breve etapa, extendida hasta la restauración monárquica en la persona de Alfonso XII, tres años después, tuvo también consecuencias relevantes sobre el Patrimonio de los Borbones. La más importante de todas fue, sin duda, que el Patrimonio de la Corona dejó de ser Patrimonio de la Nación para convertirse de nuevo en Patrimonio del Estado.
Pero ahí no acabó todo: suprimidas las bailías o territorios sometidos a la jurisdicción de jueces ordinarios, el Estado se hizo cargo también de la administración de los bienes incautados por la Ley de 1869. En julio se aprobó una ley reguladora del Patrimonio del Estado que disponía la incautación de los bienes que habían pertenecido a la Corona y su administración provisional a cargo del Ministerio de Hacienda.
El Estado se hizo cargo también de la administración de los bienes incautados por la Ley de 1869
El advenimiento de la Segunda República hizo incompatible, igual que sucedió con la Primera, la existencia de un Patrimonio de la Corona con el mismo concepto del nuevo régimen de Estado. Por eso, una de las primeras medidas de los nuevos gobernantes fue la incautación de los bienes que integraban el Patrimonio de la Corona. Una comisión asumió así, al principio, las funciones que hasta ese momento tenía la Casa Real en relación con el Patrimonio de la Corona.
La Ley de 22 de marzo de 1932 resultó crucial para el cambio de régimen patrimonial, creándose el Patrimonio de la República en sustitución del Patrimonio de la Corona. Los bienes se asignaron de muy distinto modo: el Palacio de La Granja se destinó a residencia veraniega del presidente de la República y al turismo; el Palacio Real, a museos y oficinas; el Monte del Pardo, a parque, y el Palacio, al uso del presidente de la República y al turismo también.
En los jardines y otros edificios de La Granja se instalaron entonces un pensionado de pintura, una escuela de Montes, la universidad de verano y varios colegios. El pinar de Balsaín se dedicó a explotación forestal y a entidades deportivas, mientras que el Palacio de Aranjuez se destinó al turismo, a trabajos de experimentación agrícola, a estación de horticultura y hasta a escuela de jardinería. El Escorial se convirtió en otro atractivo turístico y, en su caso, el parque y la Casita del Príncipe se concibieron como lugares de recreo público.
La Ley estableció también que los Reales Patronatos dependiesen del Ministerio de la Gobernación, mientras que un Consejo autónomo ligado al Ministerio de Hacienda asumió la administración del nuevo Patrimonio de la República, cuyos ingresos y gastos se cargaron a los Presupuestos del Estado.
A los pocos días de proclamarse la República, se confiscaron los bienes particulares de Alfonso XIII y de su familia
Meses antes, las Cortes republicanas habían declarado ya al depuesto rey Alfonso XIII «culpable de alta traición», condenándole a ser «degradado de todas sus dignidades, derechos y títulos, que no podrá ostentar legalmente ni dentro ni fuera de España».
Nada, ni siquiera el impotente discurso del conde de Romanones, rodeado de diputados convertidos poco menos que en fiscales, impidió que el Congreso votase favorablemente el fallo propuesto por la Comisión de Responsabilidades, que decía, entre otras cosas, así: «Las Cortes Constituyentes declaran culpable de alta traición, como fórmula jurídica que resume todos los delitos del acta acusatoria, al que fue Rey de España, a quien, ejercitando los poderes de su magistratura contra la Constitución del Estado, ha cometido la más criminal violación del orden jurídico de su país, y en consecuencia, el Tribunal soberano de la Nación declara solemnemente fuera de la Ley a D. Alfonso de Borbón Habsburgo Lorena. Privado de la paz jurídica, cualquier ciudadano español podrá aprehender su persona si penetrase en el territorio nacional».
A los pocos días de proclamarse la República, se confiscaron los bienes particulares de Alfonso XIII y de su familia. El 25 de abril, un decreto de la Presidencia prohibió la enajenación de toda clase de bienes por parte del rey y sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad. Otro decreto del 13 de mayo incautó provisionalmente el patrimonio de la Corona, sometiéndolo a lo que en su día decidiesen las Cortes. Y por si fuera poco, este decreto instituyó también una Comisión Dictaminadora del Caudal Privado encargada de elaborar un informe minucioso sobre la situación del Patrimonio Real y la fortuna de Alfonso XIII.
LA RESTAURACIÓN
►Cánovas del Castillo, en el plano político, y el general Martínez Campos, en el militar, son los dos grandes artífices de la restauración monárquica en España que devuelve el trono a los Borbones en la persona de Alfonso XII, hijo de la derrocada Isabel II. Transcurre el año 1874 y, sólo dos después, se promulga ya una nueva Constitución. A esas alturas se ha restituido a la Casa Real la administración de los bienes relacionados en la Ley de 1865 como destinados al uso y servicio del rey, cesando así la competencia de la Dirección General del Patrimonio del Ministerio de Hacienda. La Ley de 26 de junio de 1876 consolida el nuevo régimen del Patrimonio Real, que se mantiene vigente durante más de medio siglo, hasta la proclamación de la Segunda República. El rey mantiene la propiedad de su caudal privado y todas sus operaciones quedan sujetas al derecho civil.