Elecciones europeas
Así fue la condena por los ERE a Magdalena Álvarez, a la que Pedro Sánchez puso de ejemplo
"Aquí tenemos a Magdalena, que ha sufrido el vil ataque de la derecha y la ultraderecha durante muchos años", dijo el presidente del Gobierno en Málaga
"No somos ingenuos ni soy yo el primer presidente que ha sufrido. Aquí tenemos a Magdalena, que ha sufrido el vil ataque de la derecha y la ultraderecha durante muchos años", dijo ayer Pedro Sánchez en su mitin de Benalmádena (Málaga), ante la presencia, entre otros, de Begoña Gómez.
La ex ministra se levantó y fue aplaudida por un público entregado a la causa, quizá ajeno a que Álvarez está condenada por el caso de los ERE y que, muy posiblemente, su marcha al Gobierno de España y su sustitución en el cargo de consejera por José Antonio Griñán, le pudo evitar una sentencia más dura. De hecho, tanto Griñán como la consejera de Hacienda que lo sustituyó, Carmen Martínez Aguayo, fueron condenados a penas de prisión. Álvarez fue Consejera de Economía y Hacienda entre el 2 de agosto de 1994 y el 7 de febrero de 2004.
En concreto, la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Álvarez a la pena de 9 años de inhabilitación especial para todo cargo público de carácter electivo, o de designación, en cualquier Administración Pública por el delito de prevaricación continuada.
La sentencia detalla que "era la Consejera de Hacienda cuando se produjo el cambio mediante la modificación presupuestaria de 18 de abril de 2000, participando también en su aprobación por el Consejo de Gobierno, al igual que con las restantes que durante el ejercicio de su cargo fueron aprobadas por el Consejo de Gobierno"
Dice también que "aprobó la modificación presupuestaria de 5 de diciembre de 2001" e "intervino en la elaboración de los presupuestos de los años 2002, 2003 y 2004, participando en las sesiones del Consejo de Gobierno, aprobando los proyectos de presupuestos. Y por primera vez, en los presupuestos del 2002, se incluyó en el anteproyecto de presupuesto el uso de la transferencia de financiación al IFA dentro del programa 31L. Tuvo conocimiento de los PAIF de IFA, y dio su aprobación a que figuraran como ingresos, las cantidades recibidas vía transferencia de financiación, del programa 31L, y que se incluyeran dentro del apartado “otros gastos de explotación”, para equilibrar las cuentas".
La sentencia señala que la ex consejera y ex ministra "tiene formación en la materia de la que era responsable, pues es doctora en ciencias económicas, e inspectora de finanzas del Estado, por lo que se daba perfecta cuenta de la trascendencia de los cambios que antes hemos señalado -en referencia a las transferencias de financiación como fórmula para pagar los ERE y evitar la fiscalización de la Intervención-".
Igualmente, en otro momento, apunta que "en sus declaraciones, la acusada, Magdalena Álvarez, que también era parlamentaria autonómica, negó conocer el contenido y finalidad del programa 31L, negó conocer la existencia del convenio marco, negó conocer incluso que el dinero de las ayudas sociolaborales estuviera destinado al pago del importe de primas de las pólizas de renta colectiva. En suma, negó tener conocimiento alguno de cómo se articulaba la decisión política de concesión de ayudas, en esos momentos, ya citados, de fuerte crisis empresaria"
Sin embargo, apunta el juez de la Audiencia Provincial de Sevilla que "ello no es creíble, a la vista de las evidencias documentales ya reseñadas, y de las responsabilidades que emanaban del ejercicio de su cargo. Negó conocer, igualmente, que el IFA únicamente se dedicara a pagar por orden de la Dirección General de Trabajo, las ayudas que ésta daba. En cuanto a este conocimiento, destacar que dentro la documentación anexa a las leyes de presupuestos de cada año, junto a la memoria de programas, se encuentra el Informe Económico Financiero, que es responsabilidad de su Consejería. Dentro de los elaborados durante su mandato como Consejera, la memoria económica del presupuesto de 2003, hace referencia expresa a la existencia de un convenio marco de julio del 2001, firmado entre la Dirección General de Trabajo y el IFA, todo ello dentro del programa 31L".
Posteriormente, el Tribunal Supremo ratificó la condena porque "se dispuso de los fondos sin control alguno y al margen de cualquier criterio reglado".