Tribunales

Absuelven a un padre de abusos a su hija por basarse la acusación en suposiciones

La Audiencia de Sevilla enmarca la acusación en un conflicto entre los padres por la guarda y custodia

Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Sevilla. JUNTA DE ANDALUCÍA
Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Sevilla. JUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍA

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un onubense de abusar sexualmente de su hija menor de edad al entender que la acusación estaba fundamentada en un relato de los hechos que la víctima había reconstruido de manera subjetiva y que entrañaba una mera suposición.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal entiende que no ha quedado acreditado que el acusado, para el que la Fiscalía solicitaba una pena de más de cinco años de cárcel, sea autor del delito continuado de abuso sexual.

La hija sostenía que su padre en 2013, cuando ella tenía siete años, en horas de noche o madrugada de tres días distintos, aprovechó que ella estaba acostada para bajarle el pantalón del pijama y la ropa interior y masturbarse junto a ella o ponerle sus genitales en contacto con su cuerpo.

La Audiencia entiende que la afirmación de que su padre se masturbó en su presencia se sostiene “sobre una mera deducción” alcanzada al recordar sonidos supuestamente emitidos por su padre, al rememorar que una vez sintió " como un líquido en sus partes” y al acordarse de que su padre le bajó la ropa de cintura para abajo en tres ocasiones estando ella en la cama, de tal forma que el paso del tiempo le habría llevado al convencimiento de que solo una masturbación de su padre en su presencia podría dar sentido a esas vivencias evocadas.

En suma, añade, “nos encontramos ante una reconstrucción subjetiva que entraña una mera suposición”.

Asimismo, hace referencia a un informe emitido a petición del Juzgado por una psicóloga del Programa de Evaluación, Diagnóstico y Tratamiento a Menores Víctimas de Violencia Sexual, que concluye que el testimonio de la adolescente debe catalogarse como “indeterminado” y que se objetivan factores que restan validez a su testimonio, como es el conflicto existente entre los progenitores relacionado con la guarda y custodia de ella.

En relación con esto último, entiende la Audiencia que también es incontrovertido, a través de las declaraciones de las partes, que la menor, al tiempo de la denuncia, estaba al tanto del conflicto que existía entre sus progenitores sobre su custodia y que ella quería irse a vivir con su madre; deseo que se vio satisfecho pues tras interponer la denuncia origen de este proceso fue vivir con ella.