Tribunales
Condenado por no dar de alta a sus 13 empleados del catering de la caseta de Feria de Lipasam
El inculpado, que ha reconocido los hechos, resulta condenado a tres meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores
La Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón por un delito contra los derechos de los trabajadores, tras reconocer el mismo que para el catering de la caseta de Feria de 2015 correspondiente a la sociedad Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam), perteneciente al Ayuntamiento hispalense; tenía a un total de 13 trabajadores sin que ninguno de ellos estuviese en ese momento dado de alta en la Seguridad Social.
En una sentencia emitida el pasado 18 de diciembre de 2023, mismo día del juicio, la Sección Tercera de la Audiencia declara probado, de conformidad entre la Fiscalía y el acusado, que el mismo, con antecedentes penales no computables, "se encargaba en la feria de abril del año 2015 del catering de la caseta de Lipasam".
En ese marco, según el relato de hechos probados, "el día 20 de abril de 2015 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizó una visita a la citada caseta, encontrando que el acusado había contratado un total de 13 trabajadores que en ese momento estaban ocupados y ninguno de ellos había sido dado de alta en la Seguridad Social".
"Tras la visita de los inspectores y como consecuencia de ello, se dieron de alta a los 13 trabajadores" en la Seguridad Social, concluye el relato de hechos probados.
Dado el caso, el inculpado, que ha reconocido los hechos, resulta condenado a tres meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas; así como a una multa de 360 euros, toda vez que su condena a prisión ha quedado suspendida siempre que no vuelva a delinquir en un periodo de dos años.
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