Vehículos

¿Puedo dejar estacionado mi vehículo en mi propio vado?

Los vados a parte de verlos por todos lados, generan muchas dudas cuando los encontramos. Esto es todo lo que debes saber

Señal de vado permanente
Señal de vado permanentePixabay

Cuando tienes un vehículo, a la hora de estacionarlo debes atender a distintos factores tanto de la vía como de tu propio vehículo. Existen ciertas zonas delimitadas que dependiendo de la señalización existente (tanto vertical como en las marcas viales del suelo) pueden limitarte el estacionamiento o regularlo en función de algunos factores como el día del mes, el tiempo o el lugar.

El vado o vado de aparcamiento es un permiso municipal que se concede en espacios públicos para el acceso a garajes, viviendas y locales. Estos están regulados por el Reglamento General de Circulación, pese a estar concedidos por el ayuntamiento. En dicho reglamento vienen las limitaciones para estos espacios reservados de la vía pública.

¿Puedo aparcar mi coche en mi propio vado?

Es muy habitual encontrarse con vados permanentes por todos lados, tanto en las grandes como en las pequeñas ciudades. Según la página especializada RACE: " un vado permanente (Señal R-308) es una autorización que realiza el ayuntamiento correspondiente para reservar una espacio de la vía pública con el objetivo de permitir la entrada y salida de vehículos desde un inmueble edificado o sin edificar".

Ahora bien, la duda surge cuando es el propio dueño el que quiere aparcar en el espacio correspondiente al vado. La respuesta a esta duda es que no, el dueño no puede aparcar en este espacio porque está destinado a la salida y entrada de vehículos las 24 horas del día (todos los días del año). Aunque seas el titular del vado, estacionar tu vehículo en la zona reservada sigue estando prohibido. El vado no garantiza derechos de aparcamiento, sino solo la garantía de acceso libre. Un vado es un paso de vehículos, no una zona de estacionamiento.

En específico, el artículo 91 del Reglamento General de Circulación nos dice que la parada y estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de usuarios de la vía.

Multa por aparcar en un vado permanente

Las multas por aparcar en un vado o en un contravado pueden ir desde los 90 hasta los 200 euros, si haces el pago antes de que transcurran los primeros 15 días se puede reducir a la mitad esta cuantía. Aunque de esta forma no puedes recurrir a la sanción. Además, en algunos casos, las autoridades pueden ordenar la retirada del vehículo por la grúa, lo que supone un coste adicional.

Cómo conseguir un vado permanente

El vado permanente es otorgado por el ayuntamiento de tu localidad, por tanto, para solicitarlo habrá que atender a la normativa municipal. En principio, es probable que debas llevar tu Documento Nacional de Identificación (DNI), copia del título de la propiedad del inmueble, justificación del vado, plano de la situación del inmueble y el emplazamiento del vado.

Por otro lado, además tendrás que pagar una tasa que varía en función del municipio y de la zona en que se encuentre el vado solicitado. Se pueden llegar a encontrar vados que van desde los 50 hasta los 2.500 euros al año en el caso de garajes para varias plazas.

Si el vado es autorizado, se instalaría una señalización conocida como R-308, que tiene un coste de 12 euros y que consiste en una chapa de acero de 25 mm de circunferencia y 2 mm de grosor. Este tipo de señalizaciones debe contar con el escudo del ayuntamiento del municipio en el que se encuentre. Además, debe incluir el número de licencia, el título de vado e indicar si es permanente o si se limita a alguna franja horaria concreta.

Por último hay que recordar que los vados caducan, por lo que si no se renuevan y se pagan cada año este quedará anulado. Ahora bien, si pasa el plazo y sigues manteniendo la placa de vado, podrán generarse sanciones y lógicamente, cualquier vehículo podrá parar y estacionar sin riesgo de multa, pero esto es muy complicado saberlo.