Tribunales

La defensa de Pedro Antonio Sánchez pide su absolución del caso ‘Auditorio’, que tacha de “asunto administrativo”

Considera que “no se puede llegar a la conclusión, con criterios de certeza, de que hubo un contrato” para la ejecución del auditorio

El expresidente de la Comunidad de Murcia Pedro Antonio Sánchez, el arquitecto Martín Lejárraga (d) y la la secretaria del ayuntamiento de Puerto Lumbreras Caridad Gacía (2d), este martes al inicio de la primera sesión del juicio del caso ?Auditorio?, por los delitos de prevaricación y fraude de subvenciones al adjudicar a dedo la construcción de un auditorio municipal en 2005. EFE/Marcial Guillén
El expresidente de la Comunidad de Murcia Pedro Antonio Sánchez, el arquitecto Martín Lejárraga (d) y la la secretaria del ayuntamiento de Puerto Lumbreras Caridad Gacía (2d), este martes al inicio de la primera sesión del juicio del caso ?Auditorio?, por los delitos de prevaricación y fraude de subvenciones al adjudicar a dedo la construcción de un auditorio municipal en 2005. EFE/Marcial GuillénMarcial GuillénAgencia EFE

El abogado José Antonio Choclán Montalvo, que ejerce la defensa del ex alcalde de Puerto Lumbreras y ex presidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, en el denominado caso ‘Auditorio’, ha pedido la libre absolución de su cliente al considerar que no ha quedado acreditado ninguno de los tipos penales por los que se le acusa.

Así lo ha hecho saber Choclán en la última sesión de este juicio, que investiga presuntas irregularidades en la construcción del auditorio de Puerto Lumbreras cuando Sánchez era alcalde del municipio.

“Hemos podido ver las tesis de las acusaciones, sin referencia ninguna a los tipos penales por los que se interesa”, según el abogado, quien ha reprochado que “fue un puro relato histórico”.

“Si uno atiende a la jurisprudencia”, la problemática que aquí subyace “es bastante habitual”, según el abogado, quien cree que este asunto “nunca debió salir del ámbito administrativo”. “Sin duda alguna, el auditorio hoy estaría terminado porque el único motivo por el que no ha finalizado ha sido su judicialización”. Así, cree que el Ayuntamiento habría salido “beneficiado” de seguir la vía administrativa.

Ha lamentado que el proceso penal se usa “con frecuencia” para “satisfacer anhelos políticos”. “No podemos eludir las exigencias típicas del delito penal de prevaricación”, que “es mucho más que alguna irregularidad administrativa”, ha zanjado.

Para existir delito de prevaricación, según Choclán, “la irregularidad no solo debe ser clamorosa, sino que tienen que ser resoluciones que provoquen un resultado material injusto que afecte a la esfera de los derechos de los ciudadanos”.

“Y no hemos oído para nada de las acusaciones cómo se verifican estos supuestos”, ha reprochado. Además, el abogado ha defendido que el juicio es una acción “absolutamente tardía, fuera de plazo de prescripción”.

“Contrato imposible”

En otro orden de cosas, ha considerado que “no se ha probado que existiera un contrato de adjudicación por parte del Ayuntamiento” al arquitecto de la obra, a pesar de que ha admitido que el Consistorio “usó políticamente” el anteproyecto de ese estudio de arquitectura.

Al hilo, ha considerado que “se trata de un contrato con un objeto imposible porque se está hablando de la construcción de un auditorio en un terreno que nunca fue del Ayuntamiento; y no se ha fijado la contraprestación económica”. “Podemos hacer todo el encaje de bolillos que queramos, pero estamos en un proceso penal que requiere una prueba plena de cada acusación”, ha explicado.

Ha destacado que “el único acto” que se puede identificar “es la aprobación por parte de la Junta de Gobierno local de 26 de diciembre de 2006 en la que se acuerda aprobar el anteproyecto del arquitecto”. El abogado cree que ha quedado probado que “la única finalidad” de esa decisión es “aceptar la subvención e iniciar su trámite” pero “no contiene ninguna resolución de carácter decisorio” ni “contiene beneficio para un tercero”.

A este respecto, ha insistido en que “no se puede llegar a la conclusión, con criterios de certeza, de que hubo un contrato”. “Y, según la tesis de la acusación, ese contrato solo existe de forma verbal”, pero el letrado de Pedro Antonio Sánchez cree que “hay que acreditarlo”.

Ha defendido que “hubo absoluta transparencia” en el proceso y se tramitó en los órganos colegiados correspondientes, en los que “no hubo ni solo informe técnico de nadie que ponga un reparo a la actuación administrativa”. Por si fuera poco, ha añadido que “la cuestión perjudicial que tiene que resolver el tribunal penal ya ha sido resuelta por la vía contencioso-administrativa”, que es la “genuinamente competente”.

Igualmente, Choclán ha defendido que se respetó el anonimato en el concurso para adjudicar el proyecto. “Han desfilado todos los miembros del jurado y todos han dicho que no se vulneraron las pruebas del anonimato”, ha aseverado el letrado, para señalar que “todos nos han dicho el sentido de su voto y que ganó el mejor proyecto”. Sobre el cálculo de los honorarios, ha indicado que “es un elemento más que no se puede demostrar clamorosamente vulnerado”.

En definitiva, ha aseverado que “ninguna de las objeciones a la legalidad del concurso que propone el Fiscal tiene n entidad para considerar que la adjudicación era contraria a derecho, inválida y prevaricadora”.

Ha admitido que se aprobó un proyecto modificado. A este respecto, cree que ha quedado acreditado que “todo el dinero estaba en la obra siguiendo precios de mercado”, lo que “puede deberse a que el dinero fuera escaso de entrada” o que surgieron incidencias que incrementaron el coste. “Estaríamos en un ilícito penal si se hubiera desviado el dinero, pero todo el montante se destinó a la obra”, ha ratificado.

“Se ha hecho lo que debía hacerse, que es aprobar formalmente una situación material de ejecución de una obra y recepcionar la obra que se ha ejecutado conforme al proyecto modificado”, ha aseverado. Y si falta obra, cree que “habrá que licitarla de nuevo o convocar un nuevo concurso”. Pero ha asegurado que “no se puede ver un delito de prevaricación” por el hecho de que “no haya llegado el dinero y no se haya podido terminar la obra” porque es un tema “usual”.

“Desde el punto de vista objetivo, los actos son conformes a derecho”, según Choclán, quien ha reconocido que en este procedimiento “puede haber alguna irregularidad” pero “las resoluciones importantes son conformes a derecho”.