Alicante
El exalcalde de Torrevieja ingresa en la prisión de Campos del Río
El exalcalde de Torrevieja (Alicante) y exdiputado autonómico Pedro Hernández Mateo ingresó anoche en la prisión de Campos del Río (Murcia) para cumplir una pena de tres años de reclusión por prevaricación y falsedad en documento oficial.
El exalcalde de Torrevieja (Alicante) y exdiputado autonómico Pedro Hernández Mateo ingresó anoche en la prisión de Campos del Río (Murcia) para cumplir una pena de tres años de reclusión por prevaricación y falsedad en documento oficial.
Un día antes de que expirara el plazo dado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), Hernández Mateo ingresó anoche en la prisión murciana, según fuentes sindicales.
Hernández Mateo alcanzó la alcaldía de Torrevieja en mayo de 1988 al prosperar una moción de censura contra el PSPV-PSOE, y desde entonces gobernó durante cinco mandatos con mayoría absoluta hasta que, en 2011, dejó de ser cartel electoral para dedicarse al escaño como diputado en Les Corts Valencianes, al que renunció en noviembre de 2012 tras conocer la condena.
En esa fecha, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana le condenó a tres años de prisión y siete de inhabilitación por prevaricación y falsedad documental en la adjudicación del servicio municipal de recogida de basuras en 2004.
La causa se inició en enero 2007 a raíz de la denuncia presentada por Los Verdes de Torrevieja ante las presuntas ilegalidades en la adjudicación de la citada contrata, cuyo importe ascendía a 97,8 millones de euros.
Según la sentencia, el entonces alcalde manipuló el proceso de adjudicación mediante un complejo sistema para conseguir un solo objetivo: adjudicar el contrato, valorado en 97,8 millones de euros, a la UTE "Necso Entrecanales-Grupo Generala de Servicios".
El "plan preconcebido"del entonces alcalde de Torrevieja comenzó a ejecutarse en la mesa de contratación municipal celebrada el 24 de marzo de 2004, en la que expusieron los informes técnicos sobre las empresas candidatas a la adjudicación y en la que él se postuló a favor de la oferta de Necso.
Ante las opiniones discrepantes de los técnicos municipales, Hernández Mateo anunció que iba a recurrir al asesoramiento externo mediante la petición de informes a tres despachos de abogados -mínimo exigido por la ley de contratación pública-.
Sin embargo, sólo consultó realmente con un despacho, "Ariño y Asociados", que además tenía una relación laboral con la empresa que consiguió la adjudicación.
El objetivo de esta consulta externa, con la que "faltó a la verdad", era "dotar el proceso de una extrema seguridad, profesionalidad y objetividad"para eludir los informes internos contrarios.
El alcalde ordenó escribir y firmó dos resoluciones municipales explicando que se había consultado a los tres despachos, y ahí es donde radica el delito de falsedad documental, porque, tal y como ha quedado probado, uno de esos despachos ni siquiera existía.
Según entendió la Sala de lo Civil y lo Penal, Hernández Mateo alteró la composición de la Mesa donde se estudiaba el asunto al incrementar en dos el número de vocales para asegurarse así el voto favorable a su propuesta.
Aunque el exalcalde presentó un recurso de casación contra el fallo del TSJCV, fue desestimado por el Tribunal Supremo en octubre de 2013.
La segunda iniciativa para evitar la prisión fue una petición de indulto impulsada y firmada por cerca de 2.500 personas, algunas de ellas políticos populares que dieron su rúbrica a nivel personal y con el argumento de que hay motivos de salud.
Aunque el TSJV acordó suspender la pena de cárcel hasta que el Gobierno resolviera la petición de indulto, este mismo tribunal informó desfavorablemente por entender que no se daba ninguna circunstancia para concederlo.
En su reunión del 11 de julio, el Consejo de Ministros denegó la petición y el TSJCV fijó el ingreso en prisión de Hernández Mateo antes del 31 de julio.
Según Los Verdes, el exalcalde tiene todavía dos causas judiciales abiertas, una por supuesto tráfico de influencias en una operación de compraventa de fincas y un delito contra las garantías individuales por no haber convocado nueve plenos ordinarios entre 2003 y 2006.
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