Política

El abogado de Alcón pide el sobreseimiento y dice que la causa prosigue por intereses políticos-mediáticos

Alega que se ha violentado la presunción de inocencia

La fallecida Maria José Alcón, junto a su abogado Pablo Delgado, salen del Tribunal Superior de justicia valenciano (EFE)
La fallecida Maria José Alcón, junto a su abogado Pablo Delgado, salen del Tribunal Superior de justicia valenciano (EFE)larazon

Alega que se ha violentado la presunción de inocencia

El abogado de la fallecida María José Alcón, imputada en el caso Imelsa, pidió ayer «el sobreseimiento de la causa respecto de los investigados, y conforme se pidió extinta la responsabilidad de la que fuera mi patrocinada», además de oponerse a la nueva petición de prórroga de la instrucción solicitada por el Ministerio Fiscal.

El abogado Pablo Delgado es especialmente contundente en su escrito, quizá porque la responsabilidad penal de su cliente esté ya extinta, y reclama «la aplicación urgente de medidas de salvaguarda que permitan la aplicación del principio de presunción de inocencia que debe ponderarse como derecho fundamental susceptible de protección por encima de la inconsecuente persecución que supone seguir con una causa sin que existan ni se esperen indicios de incriminación por la mera necesidad de acallar conciencias populistas o satisfacer intereses político-mediáticos, y seguir hasta la muerte».

Afirma que durante los tres años que dura la instrucción de la causa, se ha violentado la presunción de inocencia de los casi cincuenta imputados en la pieza del blanqueo de capitales.

«Nuestra Constitución protege la presunción de inocencia, y entrega la misma a jueces y fiscales para que la administren, con celo y respeto, con objetividad, sometidos al cumplimiento de leyes y Estatutos» afirma y alega que «la presunción de inocencia es ese derecho que solo a sus ciudadanos quitan las más terribles dictaduras».

Además, dice que «mientras el sistema mira hacia otro lado, el acoso de los medios sigue».

El letrado recoge diversa jurisprudencia reciente de distintas salas de la Audiencia de Valencia «que han recaído en procesos donde se instruía, con gran trascendencia mediática, casos de tipos análogos e idénticos a los aquí vistos, y promocionados por la Fiscalía Anticorrupción».

La invocación a estas resoluciones de la Audiencia hace pensar que éste será el siguiente paso que den las defensas de los imputados, y que pasarán por elevar sus recursos a la Audiencia Provincial.

Delgado cita en diversas ocasiones autos del magistrado José Manuel Ortega en los que, por ejemplo, destaca que «resulta inútil -desde el punto de vista de los fines del proceso penal y de los derechos en juego- la prosecución del proceso si no existen razones sólidas que lo justifiquen». Y aquellas en las que recuerda que «el juez de Instrucción tiene facultades sobreseyentes. Igualmente, si la instrucción no permite determinar un pronóstico razonable de participación subjetiva en el hecho justiciable, podrá acordar el sobreseimiento previsto en el artículo 641 de la ley de Enjuiciamiento Criminal».

En el mismo sentido que se ha manifestado el letrado de María José Alcón, se están manifestando las defensas de los imputados en la causa que están oponiéndose al establecimiento de una nueva prórroga tras tres años de interminable instrucción.