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Andalucía

Piden la suspensión de pagos de Aifos DHO Dico y Obrum

La Razón La Razón

Distintos proveedores han solicitado concurso necesario de acreedores para la inmobiliaria Aifos y las constructoras Dico Obras
y Construcciones, DHO Infraestructuras y Obrum, tras acumular varios meses de impagos por parte de estas firmas, informaron hoy a Europa Press en fuentes de Iure Abogados, despacho que representa a los demandantes.
En el caso de Aifos, el concurso se ha instado ante el Juzgado de lo Mercantil de Málaga y se solicita semanas después de que el juez no admitiera a trámite otra demanda de insolvencia anterior, también interpuesta por un proveedor.
Si el juzgado admitiera esta segunda demanda (presentada por un acreedor al que la inmobiliaria adeuda unos 500.000 euros), la eventual suspensión de pagos de Aifos sería así una de las mayores del sector en España, junto a las declaradas en Martinsa Fadesa, Habitat y Tremón.
Se da la circunstancia de que Aifos es a su vez acreedor de Tremón. Esta última inmobiliaria en concurso compró hace unos años a Aifos unos suelos en la Costa de Sol. La operación se pagó una parte en efectivo, otra con subrogación hipotecaria y una tercera mediante la entrega de pagarés.
Aifos, una de las primeras promotoras de Andalucía, es propiedad de Jesús Ruiz Casado, uno de los imputados por la 'Operación Malaya' que investiga una trama de corrupción en el Ayuntamiento de Marbella.

CONSTRUCTORAS
En cuanto a las constructoras, la solicitud de concurso necesario se ha presentado en los Juzgados de lo Mercantil de Madrid, según las mismas fuentes.
En el caso de Dico Obras y Construcciones, la solicitud de concurso ha sido presentada por varios proveedores a los que la firma adeuda, en algunos casos, hasta más de 400.000 euros, lo mismo que DHO, donde hay acreedores con facturas sin pagar por más de 100.000 euros.
Respecto a Obrum, la solicitud proviene de dos proveedores impagados, a unos de los cuales adeuda unos 40.000 euros.
El concurso necesario de acreedores (aquel que solicita un acreedor impagado) presenta, según la ley, mayores garantías para los acreedores y más dificultades para la sociedad concursada. Una de las diferencias con el concurso voluntario es que los acreedores instantes del procedimiento (quienes lo solicitan al juez) tienen un privilegio de cobro del 25% de su crédito.