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La amiga de Pajín primera auxiliar que llega a directora general en Sanidad
La ministra de Sanidad, Leire Pajín, tuvo que exprimir al máximo la ley para «situar» a su compañera de andanzas políticas en la Comunidad Valenciana, Nuria Espí, al frente del Plan Nacional sobre Drogas. Antes de proceder a su nombramiento, el 5 de noviembre, la máxima responsable sanitaria del Estado se topó con tres obstáculos en su objetivo de convertir en alto cargo a una de sus amigas más fieles.
El primero es que el puesto estaba ocupado por la médico preventivista Carmen Moya, a quien había que buscar acomodo. La solución fue sencilla: Pajín la recolocó al frente de la Agencia de Calidad, lo que provocó la salida de Pablo Rivero. Las otras dos trabas eran legales y más difíciles de salvar. La Ley 6/1997 establece con carácter general que para ocupar una Dirección General hay que ser funcionario y pertenecer al Grupo A; es decir, ser también titulado superior.
Excepcionalmente, el puesto puede ser ocupado por una persona ajena a la Función Pública (con o sin titulación universitaria), pero pesa la obligatoriedad de justificar el nombramiento por la pericia del elegido para el área en cuestión. Se da la circunstancia de que Nuria Espí no es ni funcionaria ni licenciada. Es auxiliar administrativo, sindicalista y tiene experiencia política en el Ayuntamiento de Valencia y en la Portavocía de Drogas de los socialistas en el Parlamento autonómico. Con su elección, se convierte en la primera auxiliar administrativo que accede a una Dirección General en la historia del Ministerio de Sanidad.
A pesar de que algunas sentencias avalan estos nombramientos, la ministra no las tenía todas consigo. Por eso, y como informó el viernes LA RAZÓN, un día antes del desembarco de Espí en el Ministerio, el 4 de noviembre, aprovechó un real decreto sobre la estructura orgánica de los departamentos ministeriales, el 1366/2010, para intentar reforzar jurídicamente estas salvedades y no incurrir en fraude de ley. Las excepciones fijadas afectaban a Exteriores, Medio Ambiente y Sanidad.
Elevada complejidad de tareas
En el área de Consumo y de Drogas, la norma publicada en el BOE señalaba que el nombramiento de un no funcionario como director general «puede excepcionarse de la reserva funcionarial en base a la elevada especialidad y complejidad técnica de las tareas asignadas», ya que «en un entorno tan cambiante como son los ámbitos del consumo y la lucha contra el consumo de drogas es necesario reclutar personal directivo con un singular perfil formativo que garantice una visión integrada de esas complejas realidades legales, económicas y sociales».
Se trata de requisitos que no cumple la elegida ni por estudios ni por experiencia, pese a su portavocía, según reconocieron algunos altos funcionarios del Ministerio en conversaciones oficiosas, tras conocer la llegada de Espí, sorprendidos de que el interventor general del Estado no revocara el nombramiento. Fuentes oficiales de este departamento defienden en cambio la elección porque «Espí lleva 20 años trabajando en este área y su labor es muy conocida por las asociaciones del sector». Las mismas fuentes subrayaron que el nombramiento es «cien por cien legal», aunque reconocieron que no es funcionaria ni titulada universitaria. En este sentido, remarcaron que uno de los directores del plan, Gonzalo Robles, tampoco era licenciado en el momento de su elección. Robles, no obstante, dependía de Interior, no de Sanidad.
Los antecedentes jurídicos sobre este tipo de nombramientos dentro de Sanidad juegan, sin embargo, en contra de Pajín. Recientemente, el Tribunal Supremo anuló el nombramiento efectuado por Bernat Soria de Augusto Silva González como director general de Terapias Avanzadas porque, a pesar de que sí tenía titulación universitaria, no existía justificación profesional para su contratación.
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