Tribunales

Cuatro años de prisión por abusar de la hija menor de su pareja en Vigo

El tribunal considera probado que el hombre accedió a la habitación de la pequeña y le realizó tocamientos

Plaza Miguel Ángel Blanco; acceso a la Ciudad de la Justicia de Vigo.
Plaza Miguel Ángel Blanco; acceso a la Ciudad de la Justicia de Vigo. Concello de Vigo

La Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a cuatro años y un día de prisión a un hombre por agredir sexualmente a la hija menor de edad de su pareja en diciembre de 2022.

La víctima, que en ese momento tenía 14 años, se encontraba durmiendo en su habitación cuando el acusado se acostó detrás de ella, levantó su pijama e introdujo la mano bajo el sujetador para tocarle el pecho.

Según los hechos probados en la sentencia, la menor intentó dar señales de que estaba despierta para que el agresor cesara su conducta, pero este insistió y repitió los tocamientos segundos después. Ante esta situación, la víctima decidió ponerse boca abajo, lo que llevó al acusado a abandonar la habitación.

El tribunal considera al procesado culpable de un delito de agresión sexual a una menor de 16 años con prevalimiento por convivencia. Además de la pena de prisión, se le ha impuesto la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante cinco años, la inhabilitación para la patria potestad o cualquier forma de tutela por cuatro años y la inhabilitación para cualquier profesión que implique contacto con menores durante seis años. También deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros por los daños morales sufridos.

La Sala ha fundamentado la condena en la credibilidad del testimonio de la menor, que fue evaluado conforme a los criterios de coherencia, persistencia y ausencia de motivaciones espurias. La víctima relató los hechos a una orientadora escolar meses después del abuso, mostrando un alto nivel de afectación emocional.

Sentencia recurrible

El acusado negó los hechos durante el juicio y su defensa solicitó la absolución, argumentando que la denuncia pudo deberse a conflictos familiares. Sin embargo, la Audiencia ha descartado esta posibilidad, considerando que la declaración de la víctima está respaldada por elementos objetivos, como su cambio de habitación tras los hechos y el deterioro en su rendimiento académico.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).