![Imagen del logo del sorteo Euromillones](https://fotografias.larazon.es/clipping/cmsimages01/2023/07/14/31AF2B0F-DC31-4965-A34F-57CBAE942C8A/imagen-logo-sorteo-euromillones_66.jpg?crop=1069,1069,x432,y0&width=150&height=150&optimize=low&format=webply)
Voto particular
Tres jueces del TC cuestionan el silencio sobre la admisión de un amparo con el voto de Conde-Pumpido antes de abstenerse
Arnaldo, Espejel y Macías consideran que se "debe dar respuesta" a la petición del fiscal De la Rosa de que el Pleno vuelva a pronunciarse, ya sin su presidente, sobre la tramitación del recurso del fiscal Eduardo Esteban
Tres magistrados del Tribunal Constitucional (TC) cuestionan que la corte de garantías haya pasado por alto, tras admitir la abstención de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, la petición de nulidad de la admisión a trámite del recurso de amparo del fiscal Eduardo Esteban -contra la decisión del Tribunal Supremo de anular su nombramiento como fiscal de Sala de Menores-. Esa petición la efectuó el fiscal José Miguel de la Rosa en la recusación de Conde-Pumpido, que decidió apartarse una vez ya había participado en la decisión de tramitar el amparo. Los magistrados Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías alertan de que "se debe dar respuesta" a De la Rosa para no causarle indefensión, puesto que este solicitó que el Pleno volviera a pronunciarse sobre ese recurso de amparo ya sin Conde-Pumpido en el Pleno.
Para los tres magistrados, la abstención del presidente del TC "no ha sido espontánea, sino que vino motivada por la previa recusación" planteada por el fiscal José Miguel de la Rosa, que también aspiraba al puesto de fiscal de Menores, para el que por dos veces la entonces fiscal general del Estado, Dolores Delgado, propuso a Eduardo Esteban, siendo anuladas esas designaciones por el Tribunal Supremo (TS).
En su voto particular concurrente, recuerdan que De la Rosa no solo recusó a Conde-Pumpido, sino que "de manera acumulada solicitó también la nulidad" de la admisión a trámite, el pasado 14 de enero, del recurso de amparo presentado por Eduardo Esteban, decisión en la que sí que participó el presidente del TC, por lo que solicitó que el Pleno de la corte de garantías se pronunciase de nuevo sobre "la admisión o la inadmisión del amparo".
Este último extremo, sin embargo, se ha pasado por alto por el Pleno, y ahí radica la discrepancia de estos tres magistrados con sus compañeros. "En la medida en que, como se ha indicado, la abstención no ha sido espontánea, sino que se ha producido como reacción a la solicitud de recusación de un interesado, y en la medida en que la pretensión de este fue plural porque incluía también una solicitud de nulidad y retroacción de actuaciones, es claro que esta segunda solicitud está pendiente de resolución y que en absoluto ha perdido su objeto", argumentan.
Para Macías, Espejel y Arnaldo, resulta "evidente" que "se debe dar respuesta" a esa petición de De la Rosa, pues de otra manera se le produciría indefensión, dado que "la incongruencia por omisión o ex silentio determina que la resolución afectada por este vicio ocasiona al justiciable una verdadera denegación técnica de justicia". Es decir, que dar la callada por respuesta podría tener consecuencias jurídicas que podría acarrear incluso la nulidad de la admisión a trámite del amparo.
"El auto deja en el aire esta cuestión", apuntan, "a pesar de que, en el contexto en el que se dicta" la abstención y sus efectos "no pueden considerarse compartimentos estancos".
Es esa "resistencia a incluir en el auto que acepta la abstención" de Conde-Pumpido "cualquier alusión a esta circunstancia" que "deja sin resolver una pretensión deducida por el recusante" lo que -subrayan- les "obliga" a emitir el voto particular, puesto que señalan que "hubiera bastado una sucinta o lacónica referencia" en esa resolución a que "la solicitud de nulidad del auto de admisión del recurso de amparo va ser tramitada y resuelta como corresponda".
De la Rosa recusó a Conde-Pumpido porque entre 2004 y 2011, como fiscal general del Estado con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, fue tanto su superior jerárquico como el de Eduardo Esteban. A resultas de esa recusación, el presidente decidió apartarse -abstención que avaló el Pleno del TC- del recurso de amparo interpuestos por Eduardo Esteban y, también, del planteado por Dolores Delgado contra la decisión del Supremo de anular "por desviación de poder" su propuesta de nombramiento por parte de Álvaro García Ortiz como fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo (lo que supuso su ascenso a la máxima categoría de la carrera).
Conde-Pumpido optó por abstenerse -una vez había participado ya en la admisión a trámite del amparo que reclama Esteban- para así "garantizar el derecho a un proceso con todas las garantías de quien es parte o se ve afectado por el contenido de la resolución cuestionada en el proceso de amparo" y "con el propósito de reforzar la apariencia de imparcialidad del Tribunal Constitucional en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas en defensa de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos".
El Pleno aceptó la abstención al considerar que incurría en la causa prevista en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que obliga a apartarse en el caso de ser o haber sido "una de las partes subordinado del juez que deba resolver la contienda litigiosa". Así las cosas, el TC declaró "la pérdida de objeto" de la recusación, sin pronunciarse sobre la nulidad de la admisión a trámite del amparo, en la que participó Conde-Pumpido.
Eduardo Esteban fue propuesto como fiscal de Menores con el criterio contrario del Consejo Fiscal en marzo de 2021, pues la mayoría de sus miembros se decantaron por De la Rosa, que optó por recurrir el nombramiento al Tribunal Supremo, que por dos veces le dio la razón.
✕
Accede a tu cuenta para comentar