País Vasco
La Fiscalía no recurrirá la sentencia de Faisán porque asume su tesis
La Fiscalía de la Audiencia Nacional no recurrirá la sentencia que condena al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector jefe José María Ballesteros a un año y medio de prisión por un delito de revelación de secretos por el caso Faisán, ya que asume sus tesis acusatorias.
Fuentes fiscales han informado a Efe que la sentencia de la sección tercera de la Audiencia no se recurrirá al Tribunal Supremo porque condena a los policías por uno de los delitos que pedía el fiscal Carlos Bautista, quien reclamaba una condena de hasta dos años de cárcel por revelación de secretos o, alternativamente, cinco años por colaboración con ETA.
De hecho, el fallo de la sección compuesta por Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Antonio Díaz Delgado indica expresamente que las costas las tendrán que asumir las acusaciones populares puesto que, según reconoce, "ha existido una acusación pública (ministerio fiscal) cuya tesis acusatoria principal es la que se ha acogido".
Por el delito de revelación de secretos, la sala también les impone cuatro años de inhabilitación y considera así probado que alertaron el 6 de mayo de 2006 al dueño del bar Faisán de Irún, Joseba Elosua, de una operación que se iba a desarrollar ese mismo día contra la red de extorsión de ETA.
Si bien el fiscal de la Audiencia Nacional acusó a los dos policías de los dos delitos de forma alternativa (es decir, la sala debía elegir si condenarlos por uno o por el otro), el fiscal Bautista detalló en el escrito de acusación que su petición de cárcel por el de colaboración con banda terrorista la hacía por orden expresa del fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce.
En el juicio, celebrado el pasado mes, mantuvo su petición por los dos delitos, aunque dejó claro que el procesamiento por colaborar con organización terrorista le fue impuesto porque los acusados no pretendían con el soplo ayudar a la banda, sino "a un objetivo que era legítimo: acabar con ETA mediante un proceso (de paz)".
La sentencia notificada hoy ha seguido esta misma línea al considerar que Pamies y Ballesteros no querían "favorecer la actividad de la organización", sino no obstaculizar el diálogo de paz entre el Gobierno y ETA aprobado por el Congreso en 2005.
Torres-Dulce ha rechazado hoy valorar esta sentencia hasta que haya podido examinar el contenido del texto legal y consultarlo con la Fiscalía de la Audiencia Nacional, aunque ha defendido la necesidad de "acatar, pero de verdad y respetuosamente, las decisiones de los tribunales".
✕
Accede a tu cuenta para comentar