Videos

Urdangarín tendrá que ingresar en prisión a la espera del TC

Hoy estaba citado para recoger el mandamiento para comenzar a cumplir la condena, que recurrirá

El ex duque de Palma Iñaki Urdangarin / Reuters
El ex duque de Palma Iñaki Urdangarin / Reuterslarazon

Hoy está citado para recoger el mandamiento para comenzar a cumplir la condena, que recurrirá.

Iñaki Urdangarín puede estar disfrutando de sus últimos días de libertad. La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca le ha citado hoy, junto a su socio en el Instituto Nóos, Diego Torres, y el ex presidente de Baleares Jaume Matas, para notificarle su ingreso en prisión, después de que el Tribunal Supremo le condenara ayer a 5 años y 10 meses de prisión, cinco meses menos que la sentencia inicial. Diego Torres deberá cumplir 5 años y 8 meses de cárcel –tres años y medio menos que la condena que le impuso la Audiencia de Palma–, mientras que Jaume Matas volverá nuevamente a prisión, esta vez para cumplir 3 años y 8 meses.

Lo habitual en estos casos es que los magistrados otorguen un plazo a los condenados para que ingresen en prisión.

De forma paralela, las defensas de forma inmediata interpondrán los correspondientes recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, donde solicitarán que, como medida cautelar, se suspenda la ejecución de la sentencia del Supremo hasta que el Alto Tribunal se pronuncie sobre esa cuestión si los admite a trámite. Sin embargo, esta opción parece poco factible, máxime después de que el TC haya fijado esa posibilidad en las condenas que no superen los cinco años de prisión. Ello lo reflejó en el auto donde suspendió que ingresaran en la cárcel los condenados por el ataque a diputados catalanes en la librería Blanquerna de Madrid: «Este tribunal ha optado como una directriz general que la pena se sitúe por encima o por debajo de la frontera de los cinco años de prisión, por ser el límite que ha establecido el propio legislador penal para diferenciar entre las penas graves y las más graves».

Por tanto, habrá que esperar la interpretación que se pueda hacer de «la frontera» de los cinco años, aunque las fuentes jurídicas coincidieron en que es el máxmo para suspender la ejecución de la sentencia.

La admisión a trámite, en su caso, no será algo inmediato. Una vez que se interponga el recurso los magistrados deberán decidir si en el mismo concurre algún aspecto de «especial trascendencia constitucional», lo que suele demorarse al menos un mes. Durante este tiempo, todos los condenados estarán en prisión, hasta que, de admitirse, el TC opte por suspender la ejecución hasta el fallo final, lo que, en principio, no es previsible.

Tal como recoge la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, se trata de un requisito que no cabe confundir con el de la propia fundamentación de la lesión constitucional denunciada, «de modo que la carga de justificar la especial trascendencia constitucional del recurso es algo distinto a razonar sobre la existencia de la vulneración de un derecho fundamental por el acto o la decisión impugnado».

Con carácter general, la interposición del recurso de amparo no suspende los efectos del acto o decisión impugnado, aunque el Tribunal, de oficio o a instancia de parte, «puede disponer su suspensión total o parcial cuando la ejecución del acto o decisión recurrido pudiera producir al demandante un perjuicio que pudiera hacer perder al amparo su finalidad y si la suspensión no ocasiona perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido ni a los derechos fundamentales o libertades de otra persona». Asimismo, quien deba resolverlo puede adoptar «cualesquiera medidas cautelares y resoluciones provisionales previstas en el ordenamiento que por su naturaleza puedan aplicarse en el proceso de amparo y tiendan a evitar que el recurso pierda su finalidad».

De esta forma, la Ley que regula el funcionamiento del Alto Tribunal no fija el límite de cuándo debe suspenderse la ejecución de una sentencia, por lo que, en el fondo, sus magistrados tienen un cierto margen de libertad bastante amplio, tanto para decidir en un sentido como en otro, así como en adoptar, si deciden retrasar la ejecución, las medidas cautelares que consideren oportunas; aunque también es cierto que en, lo que afecta a sentencias que implican el ingreso en prisión de los condenados, ha establecido una norma general de situar en cinco años el máximo de pena para evitar que siga en prisión hasta que se pronuncie sobre la admisión o no del recurso, pero sin que la Ley fije como tal ese límite.

Absuelto de falsedad

Por otro lado, la sentencia absuelve a Iñaki Urdangarín del delito de falsedad por el que fue condenado en primera instancia. En este sentido, el Supremo concluye que no puede darse como probada una intervención ni del ex duque de Palma ni de Diego Torres en la documentación falsaria elaborada por los funcionarios para plasmar y justificar las resoluciones arbitrarias analizadas. Así, la Sala entiende que no se les atribuye un conocimiento ni participación en «maniobras falsarias llevadas a cabo exclusivamente por quienes a efectos penales tienen la consideración de funcionarios o autoridad».

En cambio, el Tribunal no tiene dudas de que gozó de una «situación de privilegio» que le permitió suscribir los convenios con el Gobierno balear que entonces presidía Jaume Matas, aunque , añade la resolución, fue más allá de esos meros acuerdos: «El logro del influjo ejercido desde el trampolín de su privilegiada posición no se limita a la contratación, sino también y particularmente a la exclusión de toda concurrencia posible obviando las condiciones, presupuestos y proyectos que otras empresas podían ofrecer mejorando las fijadas casi unilateralmente por el recurrente y su socio». Así, Jaume Matas mantuvo una actitud de «acatamiento a todas las propuestas» del Instituto Nóos, «aceptando precios, imponiendo decisiones y sin reparar en obstáculos burocráticos o rémoras de reglas administrativas», lo que evidencia, afirma el Supremo, un «sutil pero patente y efectivo sometimiento» ante las propuestas de Nóos.