Audiencia Nacional
La Abogacía cede a las presiones, no ve rebelión, y pide 12 años para Junqueras
La Abogacía considera que los hechos no pueden ser calificados de rebelión al no haberse producido la violencia necesaria para lograr la independencia de Cataluña
Tal y como estaba previsto, la Abogacía del Estado ha cedido a la presión del Gobierno y pide 12 años de cárcel para Oriol Junqueras; 11 años y medio para 5 exconsellers; 10 años para Carme Forcadell; y 8 años para los 'Jordis'.
La Abogacía del Estado, dependiente jerárquicamente del Ministerio de Justicia, es decir, del Gobierno, ha presentado esta mañana sus conclusiones provisionales en la causa que se sigue en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo contra los principales dirigentes del proceso independentista catalán. En su escrito, el Servicio Jurídico del Estado aprecia los delitos de sedición, malversación de caudales públicos y desobediencia grave. Las penas solicitadas para los 18 acusados oscilan entre los 12 años de prisión y la multa. Este criterio difiere radicalmente del sostenido por la Fiscalía, que es quien tiene estatutaria y constitucionalmente encargada la defensa de la legalidad. Los Servicios Jurídicos del Estado, de esta forma, vienen a refrendar la tesis que recientemente esgrimió el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, quien se pronunció públicamente en contra de que se hubiese producido un delito de rebelión con todo lo relacionado con el referéndum ilegal del 1-0.
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El documento consignado en el alto tribunal distingue entre tres tipos de procesados. En primer lugar se encuentran los antiguos miembros del Gobierno de la Generalitat, que jugaron “el papel de adoptar las decisiones ejecutivas necesarias” para realizar el referéndum ilegal del 1 de octubre. A seis de ellos -el exvicepresidente Oriol Junqueras, el exconsejero de Interior Joaquim Forn, el de Presidencia Jordi Turull, Raúl Romeva (Asuntos Exteriores), Josep Rull (Territorio) y Dolors Bassa (Trabajo)- se les acusa de sedición y malversación.
Ambos delitos se aprecian en concurso medial, es decir que, según el abogado del Estado, la presunta malversación -el desvío de fondos públicos para fines ilegales- fue el medio necesario para cometer el delito más grave, el de sedición, consistente en alzarse “pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes” o el cumplimiento de “resoluciones administrativas o judiciales”.
“Es una obviedad decir que el proceso descrito (...) es imposible que se realizara sin la realización del correspondiente gasto público. Gastos tales como los relativos a publicidad institucional, organización de la administración electoral, confección del registro de catalanes en el exterior, material electoral, pago de observadores internacionales, aplicaciones informáticas, locales para el recuento, etcétera”, relata el escrito.
Junqueras, Forn, Turull, Romeva, Rull y Bassa merecen un castigo más grave por su estatus de “autoridad”, al haber “inducido, sostenido y dirigido la sedición desde su condición de miembros del Gobierno”. Por esas dos infracciones penales, para Junqueras se solicitan 12 años de cárcel mientras que los otros cinco afrontarán una petición de 11 años y medio de reclusión. Al mismo tiempo se reclama la inhabilitación absoluta de todos ellos por tiempo equivalente al de la pena privativa de libertad.
En el caso de los otros tres antiguos miembros del Ejecutivo catalán encausados -Meritxell Borrás (Gobernación), Carles Mundó (Justicia) y Santiago Vila (Empresa)- la Abogacía del Estado aprecia los delitos de malversación y desobediencia grave por autoridad pública. El primero, por adoptar “los acuerdos para la ejecución y desarrollo del referéndum del 1 de octubre, disponiendo ilegítimamente de fondos públicos”. El segundo, por desoír sistemáticamente los acuerdos del Tribunal Constitucional. Por ambas infracciones pide para ellos siete años de prisión, 10 años de inhabilitación absoluta y un año y ocho meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público además de una multa.
Un segundo grupo de acusados estaría conformado por los líderes de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. El escrito los señala como autores de un delito de sedición que también habrían “inducido, sostenido y dirigido”, aunque sin contar con la condición de “autoridad” de los seis exmiembros del Gobierno también acusados de la misma infracción. Por esa razón, el abogado del Estado solicita para ellos una pena de menor entidad: ocho años de cárcel y otros tantos de inhabilitación absoluta.
Su papel, según el escrito, habría sido el de liderar la movilización social “como medio para la consecución de los fines relativos al incumplimiento de la legalidad y la desobediencia a las resoluciones administrativas y judiciales” que exige el delito de sedición. Gracias a su acción se produjeron “actos contra decisiones judiciales legítimas y contra la actuación de autoridades o funcionarios públicos que pretendían dar cumplimiento a esas resoluciones judiciales”.
Por último, el tercer polo de esta actuación presuntamente delictiva, estuvo formado, según el Servicio Jurídico del Estado, por los antiguos cargos del Parlamento catalán procesados. Para la expresidenta de la Cámara autonómica Carme Forcadell se solicitan 10 años de prisión y los mismos de inhabilitación absoluta como presunta autora de un delito de sedición. Forcadell, al igual que los antiguos miembros del Gobierno de la Generalitat acusados, tenía condición de “autoridad” al ejecutarse los hechos.
El exvicepresidente de la Cámara Lluís Maria Corominas y su sustituto Lluís Guinó, así como los antiguos miembros de la Mesa Anna Simó y Ramona Barrufet, se enfrentarán a peticiones de multa de 10 meses e inhabilitación para empleo o cargo público de un año y ocho meses por presunta desobediencia grave.
El mismo delito se achaca al exsecretario tercero de ese órgano, Joan Josep Nuet, y a la expresidenta del grupo de la CUP, Mireia Boya. Sin embargo, en estos dos últimos casos, las condenas reclamadas se reducen a multa de ocho meses y un año y cuatro meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Todos ellos “debían haber inadmitido a trámite y paralizado todas las propuestas contrarias al orden constitucional y, a pesar de las múltiples advertencias y requerimientos personales que les formuló el Tribunal Constitucional para que se abstuvieran de tramitar iniciativas de esa índole, votaron sistemáticamente a favor de su admisión, abriendo la posibilidad de que se incumplieran las normas constitucionales, estatutarias y legales así como las resoluciones judiciales que pretendían restaurar la legalidad”. Las iniciativas más relevantes tramitadas gracias a esos miembros de la Mesa fueron la Ley del Referéndum de Autodeterminación y la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República.
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