Terrorismo
El juez confirma el procesamiento de "Anboto", "Iñaki de Rentería" y "Mikel Antza" por el asesinato de Miguel Ángel Blanco
García Castellón ratifica la medida en contra de la Fiscalía, que apoyó los recursos de los exjefes de ETA al considerar que los hechos han prescrito
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha confirmado, en contra del criterio de la Fiscalía- el procesamiento de los exdirigentes de ETA María Soledad Iparraguirre, "Anboto"; Ignacio Gracia Arregui, "Iñaki de Rentería"; y Mikel Albisu, "Mikel Antza", por el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco en 1997.
Las defensas de los tres exjefes de ETA -procesados en esta causa tras una denuncia de Dignidad y Justicia (DyJ) junto al también antiguo responsable de ETA José Javier Arizcuren Ruiz, "Kantauri"- reclamaron al instructor, con el apoyo de la Fiscalía, el archivo del procedimiento al considerar que los hechos están prescritos pues entienden que cuando el procedimiento se dirigió contra ellos ya habían pasado más de veinte años desde el asesinato del concejal del PP en Ermua.
Pero el juez rechaza las argumentaciones del Ministerio Público y de los procesados y recuerda que la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal ya descartó en febrero del pasado año la pretensión de la defensa de "Iñaki de Rentería" de que se diese carpetazo a la causa por prescripción.
En consecuencia, García Castellón acuerda -en dos resoluciones a las que ha tenido acceso LA RAZÓN- que "no procede por ello declarar la prescripción de la causa" para los tres recurrentes, en la medida en que entiende que "en todo caso, se trata de una cuestión que puede reproducirse en el momento del juicio oral" en el trámite de cuestiones previas. El magistrado de la Audiencia Nacional defiende que las alegaciones de los exjefes de ETA, expuestas en sus recursos de reforma, "en absoluto desvirtúan los razonamientos de la resolución recurrida, la cual, procede mantenerse en su totalidad", por lo que desestima esos recursos.
Tanto el PP como Dignidad y Justicia, la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), la hermana del edil asesinato, Marimar Blanco (que ejerce la acusación particular) como la Fundación Villacisneros se opusieron a la petición de los exdirigentes etarras, que sí respaldó la Fiscalía de la Audiencia Nacional al entender que su posible responsabilidad penal ya ha prescrito.
Dado que las defensas de los procesados interpusieron de forma subsidiaria recurso de apelación será ahora la Sala de lo Penal la que tenga la última palabra al respecto.
Anboto ve "injusta y arbitraria" la decisión de procesarla
El abogado de "Anboto" aseguró en su recurso que cuando el procedimiento se dirigió contra ella -en marzo de 2022, cuando el juez reabrió la causa tras admitir la querella de DyJ- ya habían pasado más de 24 años desde el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco, por lo que los hechos estaban prescritos. Se quejaba, además, de que se le ha procesado de forma "injusta y arbitraria" porque, pese a que "no puede ser declarada culpable", la amenaza de una "virtual condena" le está generando "graves perjuicios y cargas de toda naturaleza".
El abogado de la exdirigente de ETA, Aiert Larrarte (que también defiende a "Iñaki de Rentería"), aludía incluso a una sentencia del Tribunal Supremo para defender que "el derecho a la verdad" y a "conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal", haciendo hincapié en que "difícilmente se puede llegar a una declaración de verdad judicial sin imputados".
En sus alegaciones, Dignidad y Justicia, el PP y Marimar Blanco argumentaron que el recurso de "Anboto" se presentó fuera de plazo, pues este comenzó a contar desde la notificación del auto de procesamiento del pasado 25 de abril, y no desde que se le comunicó personalmente a Iparraguirre en la declaración indagatoria del 20 de mayo, por lo que debe ser desestimado. Pero el juez discrepa de esa conclusión y precisa que, aunque este hecho puede acarrear la nulidad del recurso, "se trata de un presupuesto subsanable", lo que sucedió en este caso "con la admisión del recurso".
García Castellón ha expuesto en sus resoluciones que la "fuerte jerarquía reinante en ETA, en la que imperaba la disciplina y la organización" hacía que las órdenes siguiesen dentro de la organización criminal "una cadena de mando" vertical y "militar" que iba desde el comité ejecutivo a los miembros de los "comandos" para ser cumplidas. Según el magistrado, esa posición dominante implicaba que estaba en manos de la cúpula etarra haber evitado el asesinato del concejal del PP por su "suficiente capacidad de mando y de decisión sobre la actividad terrorista de la organización".
Según García Castellón, "Anboto" fue la principal responsable de los "comandos legales" y dirigió el "aparato militar" entre principios de 1993 y finales de 1998, cuando empezó a desarrollar otras funciones directivas relacionadas con la gestión de las finanzas de ETA y el control de los "zulos". El juez le atribuye una "participación en la dirección de las acciones terroristas y fijaba los objetivos potenciales de las mismas".
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