Tribunal Constitucional
El TC admite a trámite recurso del PP contra el voto delegado de Puigdemont y Comín
El Pleno no adoptará medias “cautelarísimas” al no apreciar “urgencia excepcional”
El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido, por unanimidad, admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el PP de Cataluña contra los acuerdos adoptados por la Mesa del Parlamento catalán de los días 3 y 24 de abril, en los que se admiten la delegación de voto de los diputados Carles Puigdemont y Antoni Comín, respectivamente, huidos ambos de España y que ahora se encuentran, el primero en Alemania y el segundo en Bélgica.
El Tribunal ha acordado “dirigir comunicación al Parlamento de Cataluña para que en un plazo que no exceda de diez días remita certificación de los acuerdos requeridos de la Mesa”. También “se emplaza a quienes sean parte en el procedimiento, excepto a la parte recurrente en amparo, para que en un plazo de diez días puedan comparecer”.
La providencia argumenta que “el recurso plantea un problema que afecta a una faceta de un derecho fundamental susceptible de amparo sobre el que no hay doctrina de este Tribunal”. Además, “el asunto suscitado trasciende del caso concreto al plantear una cuestión jurídica relevante que tiene, además, unas consecuencias políticas generales”.
Por otro lado, el Pleno “no aprecia la urgencia excepcional a la que se refiere el artículo 56.6 de la LOTC de adoptar medidas cautelarísimas”. En cambio, se ordena “la apertura de pieza separada de suspensión, por lo que se concede un plazo de tres días al Ministerio Fiscal y al recurrente para que efectúen alegaciones”.
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