"Procés"

El TC aparta a Macías y amplía la mayoría progresista del Pleno que decidirá sobre la amnistía

Avala la recusación planteada por el fiscal general al considerar que al posicionarse en contra de la ley como vocal del CGPJ "formó criterio en detrimento de la debida imparcialidad"

El magistrado conservador José María Macías se quedará al margen del debate sobre la Ley de Amnistía. Así lo ha decidido el Pleno de la institución -en el que se ha impuesto el criterio de la mayoría progresista- al acoger los argumentos del fiscal general para apartar al exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de ese debate. Los cuatro jueces de la minoría -Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa- han votado en contra.

El auto concluye que resulta "inevitable" calificar su participación en la elaboración y aprobación del informe del CGPJ sobre la norma del pasado 21 de marzo como una "participación directa o indirecta en el asunto objeto del pleito", por lo que la mayoría defiende que como vocal del Consejo pudo "tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad".

La decisión supone un respiro para el presidente de la corte de garantías, pues con diez magistrados (el exministro Juan Carlos Campo ya se abstuvo por haberse mostrado contrario a la medida de gracia cuando se tramitaron los indultos a los condenados por el "procés") el voto de Cándido Conde-Pumpido ya no será decisivo para decantar la balanza en favor de la constitucionalidad de la norma, pues serán seis magistrados progresistas y solo cuatro conservadores los que estudiarán la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo (TS) -a la que seguirá la resolución de los recursos presentados por las autonomías gobernadas por el PP y por Castilla-La Mancha) y los amparos solicitados por los posible beneficiados por la medida-. Y es que con Macías en el Pleno, el margen entre ambas sensibilidades se estrechaba al máximo (6-5), lo que convertía en determinante el posicionamiento de Conde-Pumpido.

En sustento de esa decisión, el Pleno considera que al haberse mostrado en contra de la Ley de Amnistía en el informe redactado por el CGPJ en marzo del pasado año, Macías ya ha formado un criterio sobre la norma, por lo que su apariencia de imparcialidad queda en entredicho.

Macías ve una "manipulación ideológica" en la composición del Pleno

En sus alegaciones rechazando su recusación, Macías muestra su extrañeza por el hecho de que el fiscal general del Estado haya pedido apartarle del debate sobre la Ley de Amnistía y aludía a que la institución "sigue mostrando reminiscencias de una vinculación con el Gobierno", esgrimiendo el último informe de la Comisión Europea sobre la situación del Estado de derecho en nuestro país y las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) sobre la necesidad de desvincular su mandado del mandato del Gobierno.

El magistrado se quejaba de que un órgano de relevancia constitucional "deslegitime a los órganos constitucionales del Estado" (en referencia al TC) "poniendo en cuestión la imparcialidad de sus miembros por razón de opiniones jurídicas expresadas en el pasado", lo que calificaba de "inconcebible e insólito". Y es que para el exvocal del CGPJ el fundamento real de la recusación "no radica en haber expresado una opinión, sino precisamente en haberla tenido y en presumir que esa opinión se pueda mantener".

Macías alertaba de que apartarle de la decisión del TC sobre la amnistía como reclama la Fiscalía supone "demoler el principio de pluralismo político que explica y justifica la composición y forma de selección de los miembros de este tribunal" y, al mismo tiempo, "dar carta de naturaleza a un acto de manipulación ideológica de su composición para el conocimiento de un caso concreto".

Tras más de 30 años de ejercicio profesional, argumentaba, no ha llegado al TC "con la mente vacía" (en referencia a la doctrina del tribunal para evitar recusaciones por opiniones expresadas en el pasado), "pero tampoco con la mente cerrada". Solo después de la deliberación de cada asunto, dejaba claro, "fijaré mi posición sobre el objeto del procedimiento". "Mis opiniones anteriores -subrayó- no prejuzgarán mis posiciones jurisdiccionales futuras".

El magistrado conservador defendía que "una mente llena de criterios jurídicos es, por definición, una mente intrínsecamente abierta al debate jurídico y, por lo tanto, no condicionada apriorísticamente, sino dispuesta a adoptar aquellas decisiones que, motivadamente, resulten mejor fundadas en derecho". Y se quejaba de que si se le apartaba del debate por haberse posicionado contra la polémica ley como vocal del CGPJ "esa sospecha de eventual cerrazón intelectual" se podía suponer también de "todos y cada uno de los componentes" de cualquier tribunal, "que igualmente pueden tener ideas previas sobre cualquier materia que se somete a su consideración, pero son capaces de ponerlas al servicio de una deliberación" siempre basada "en criterios jurídicos".

Según Macías, su recusación es una "mera penalización por tener un criterio jurídico propio", en su caso explicitado "en el cumplimiento de mis obligaciones del anterior cargo". Si como vocal del CGPJ no pudiera ejercer de forma colegiada "sus funciones constitucionales con libertad e independencia" -subraya- la propia independencia judicial "se vería atenazada y la separación de poderes, cuestionada". De ahí que advirtiese que de asumir los argumentos del fiscal general se provocaría "un indudable efecto disuasorio en el ejercicio de las funciones de vocal del CGPJ".