Memoria Histórica
Los Franco alegan la ocupación «pública y pacífica» de Meirás
Los herederos defienden ante el Tribunal Supremo que el Estado se «desentendió» del pazo
Continúa el litigio judicial por la propiedad del Pazo de Meirás, que abrió el Gobierno de Pedro Sánchez en 2019. Los herederos de Francisco Franco han presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia dictada el pasado 12 de febrero por la Audiencia Provincial de La Coruña, que confirmó la titularidad pública del inmueble, pero condenó al Estado a pagar una indemnización a la familia por los gastos contraídos desde 1975.
En el escrito, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, los nietos de Franco alegan que el fallo les reconoce la ocupación del inmueble “pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueños” y de manera “exclusiva” durante más de 30 años, desde la muerte del dictador en 1975.
De esto se sirven para justificar que el pazo es suyo por usucapión extraordinaria (una forma de adquisición por el paso del tiempo) y denuncian que el fallo que reafirma el carácter de las Torres de Meirás como bien público contraviene el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la propia jurisprudencia del Supremo.
Los Franco se basan también en que desde que murió Franco, el Estado se desvinculó de Meirás, mientras que el dictador asumió las cargas y facultades que “de ordinario se atribuyen al propietario” y que “no fueron asumidos” por la Administración. Esto “imposibilita” que se pudiese arrogar “una posesión exclusiva y excluyente”.
Insisten los descendientes de Franco a través de sus abogados en que, tras 1975, hubo una “inequívoca voluntad” por parte de la Administración de “separar” el pazo “de toda posible adscripción a lo público” y de “desentenderse” de su uso y gestión.
Los Franco ponen además el foco en que la propia Audiencia Provincial admite en su sentencia del pasado 12 de febrero una posesión de “buena fe” del inmueble, lo que le llevó a reconocerles el derecho a ser indemnizados por su conservación y mantenimiento por “más de cuatro décadas”.
Entre los siete puntos del recurso, los descendientes de Franco alegan que el fallo admite que existían “dudas o incertidumbre” sobre la posesión del pazo por parte del Estado, lo que es incompatible con una “posesión en concepto de dueño”, que requiere que sea “nítida e inequívocamente constatada”. Para apoyar este argumento, citan una sentencia del Tribunal Supremo de 2010 y otra del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 2018.
Además, los nietos del dictador aseguran que el hecho de que hubiese un guardia civil residiendo y desarrollando funciones de vigilancia hasta 1990, “en modo alguno” suponía que era “una finca pública”, sino que se encontraba allí porque Carmen Polo --fallecida en 1988-- y Carmen Franco eran “consideradas la viuda e hija del anterior jefe del Estado”.
Los herederos también hacen hincapié en que, hasta la presentación de la demanda en julio de 2019, el Estado “en ningún momento” les trasladó que no fuesen “sus legítimos propietarios”. En este sentido, consideran que la actual reivindicación “es un evento totalmente novedoso que se produce ahora por vez primera, sin que haya precedido requerimiento formal alguno” para que el bien pasase a dominio público.
Recurso del Ayuntamiento de Sada
Por otra parte, fuentes municipales de Sada (A Coruña) han confirmado a Europa Press que el Ayuntamiento presentará este lunes un recurso ante la sentencia. Su alcalde, Benito Portela, había considerado la sentencia de la Audiencia Provincial “injusta” e “incoherente” y había advertido de la posibilidad de que los Franco terminasen ganando “el partido y la liga” en el Supremo.
El Gobierno también decidió esta semana recurrir en casación ante el Tribunal Supremo la resolución judicial sobre el Pazo de Meirás.
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