Procesado

El exabogado de “Sito Miñanco” niega a la juez que blanqueara dinero para el narcotraficante

Boye asegura que cuenta con “pruebas irrefutables” para demostrar su inocencia y anuncia acciones legales ante un posible “abuso de autoridad o negligencia”

El abogado Gonzalo Boye, en la Audiencia Nacional el pasado octubre
El abogado Gonzalo Boye, en la Audiencia Nacional el pasado octubrelarazon

El exabogado de José Ramón Prado Bugallo “Sito Miñanco” ha negado que participara en 2017 en el supuesto blanqueo de dinero del narcotraficante. En su declaración ante la juez de la Audiencia Nacional María Tardón, que le ha comunicado su procesamiento por un delito de blanqueo de capitales en el seno de una organización criminal, procedente del narcotráfico, en concurso con un delito continuado de falsificación en documento oficial, el letrado Gonzalo Boye ha rechazado su participación en los hechos que se le imputan.

En un comunicado, el abogado (defensor, entre otros, de los ex presidentes de la Generalitat Carles Puigdemont y Quim Torra) sostiene que “se ha mentido mucho para tratar de incriminarlo y reitera que “jamás” cometió delito alguno. Se limitó, sostiene, a ejercer su profesión. “Tengo pruebas irrefutables que despejarán toda duda de mi total inocencia”.

Asimismo, advierte de que cuando concluya la instrucción y “se haya despejado toda duda” sobre su supuesta participación en el blanqueo que se le imputa tomará “las medidas legales oportunas para averiguar si se ha cometido algún abuso de autoridad o negligencia en este procedimiento”.

El letrado precisa que su labor como defensor de “Sito Miñanco” se ciñó a lo que establece el Estatuto General de la Abogacía Española y la propia Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención de Blanqueo de Capitales, cuyo artículo 2.1 ñ) -subraya- excluye a los letrados de ser sujetos obligados en materia de prevención del blanqueo de capitales respecto a “la información que reciban de uno de sus clientes, incluido el asesoramiento y la defensa sobre la incoación o la forma de evitar un proceso, independientemente de si han recibido u obtenido dicha información durante, antes o después del proceso”. La normativa, añade, obliga a los abogados a guardar al respecto “el deber de secreto profesional por la defensa de la propia esencia del derecho y conforme a la legislación vigente”.

En su auto de procesamiento -que incluye al histórico narcotraficante gallego y a otras 45 personas por su presunta participación en dos operaciones con las que pretendían introducir en España casi cuatro toneladas de cocaína y por la creación de un entramado criminal para blanquear el dinero obtenido con la droga-, la magistrada de la Audiencia Nacional atribuye a Boye y otros dos letrados al presunto intento de blanquear por medio de contratos de compraventa de letras de cambio determinados ingresos de la red delictiva.

Venta de letras de cambio

En su resolución, la juez Tardón recordaba que el 6 de febrero de 2017 varios investigados fueron detenidos en el aeropuerto de Barajas cuando transportaban ocultos en el fondo de su equipaje 889.620 euros. Con anterioridad, dos de los procesados, intentaron recuperar ese dinero, para lo que ellos y Prado Bugallo se reunieron con Boye (en esas fechas abogado del narcotraficante) y otro letrado, quienes “les informaron que elaborarían unos documentos y presentarían unos contratos de compraventa de letras de cambio de acuerdo con los cuales, otro de los procesados, González Rubio, las habría vendido a terceros unos días antes de la aprehensión del dinero en Barajas”.

Se trataba de un propósito, según Tardón, que “no presentaba lógica comercial alguna, por cuanto en algunos casos, las letras de cambio ya estaban vencidas cuando supuestamente González Rubio las vendió, y en otros la letra era de fecha anterior al préstamo hipotecario en virtud del cual se emitía”.

La juez concluye que ambos abogados y el también letrado Guerra Medina “conociendo la existencia de dichas letras cambiarias y el carácter ficticio de la operación comercial, diseñaron y confeccionaron los documentos con el objeto de simular que González Rubio había vendido dichas letras de cambio días antes de la aprehensión y las presentaron en el expediente sancionador a sabiendas de su falsedad y de que la operaciones de compraventa eran ficticias, con el objeto de recuperar el dinero intervenido y ocultar que el mismo procedía del narcotráfico en última instancia”.