Audiencia Nacional
“Caso Falciani”: Anticorrupción pide el archivo de la investigación por blanqueo a Santander y BSCH
La Fiscalía constata la falta de prueba “directa, inequívoca y sin fisuras” de que las entidades sabían que la operativa tuviese como objetivo ocultar fondos de procedencia ilícita
La Fiscalía Anticorrupción ha pedido a la Audiencia Nacional el archivo de la investigación a directivos y ex directivos del Banco Santander y el BNP Paribas por supuestas actividades de blanqueo entre 2005 y 2008, para clientes señalados en la lista Falciani, a través de la entidad suiza HSBC. El Ministerio Público considera que no hay indicios suficientes para seguir adelante con la investigación penal por las “dificultades técnicas” para acreditar los delitos imputados.
No obstante, en su escrito remitido al titular del Juzgado de Instrucción número 5 del citado tribunal, la Fiscalía resalta que los informes periciales han puesto de relieve “la existencia de numerosos elementos que deberían haber alertado del importante riesgo asumido por los responsables de las entidades investigadas en la operativa llevada a cabo que facilitó la ocultación y el aprovechamiento del producto de los delitos”.
Ese riesgo, argumenta, “se deducía del país ordenante de la operativa (Suiza); de la entidad cliente (HSBC Private Bank Suisse) con un importante historial de colaboración en la ocultación de fondos de contribuyentes europeos y españoles, público y notorio; y de la concreta operativa analizada, que favorecía la ocultación del titular real de los fondos”.
De ahí que constate un “muy notoria e irregular ausencia de valoración del riesgo” por parte de los investigados. Todo ese comportamiento pudo suponer la comisión de un delito de blanqueo, pero matiza que “las numerosas evidencias afloradas podrían resultar insuficientes para alcanzar la convicción del reproche penal”, a la vista de “la ausencia de una prueba directa, inequívoca y sin fisuras que acredite el conocimiento cabal de que a través de los instrumentos puestos a disposición por ambas entidades, Banco Santander y BNP Paribas, a otra entidad de alto riesgo, HSBC Private Bank Suisse, se canalizasen fondos procedentes de actividades delictivas”.
Para Anticorrupción “resulta difícil de justificar la ausencia absoluta de comunicaciones al Sepblac” cuando se hicieron públicas las identidades de los defraudadores tributarios tras la publicación de la lista Falciani a finales de 2009.
“Movimientos de fondos ocultos”
En relación a las actuaciones investigadas en el marco del Banco Santander, la Fiscalía pone de manifiesto que existen “movimientos de fondos ocultos vinculados al menos a seis condenados por delitos contra la Hacienda Pública”, mientras otro de los clientes investigados está actualmente pendiente de juicio oral por delitos tributarios, cohecho y malversación.
Respecto a los clientes investigados, el escrito del Ministerio Público subraya que “ocultaban sus patrimonios en la entidad bancaria suiza durante largos periodos, acumulándose las cuotas defraudadas año tras año a través de sus cuentas” incurriendo por tanto en sucesivos delitos fiscales.
No obstante, la Fiscalía apunta que “una parte importante de los movimientos que se imputan corresponde a contribuyentes españoles que regularizaron su situación tributaria” en 2010 y 2012. En esta última ocasión, acogiéndose al decreto 12/2012 que aprobaba medidas de amnistía fiscal para los que regularizaran su situación con la Agencia Tributaria.
Esa normativa, recuerda Anticorrupción, señala en su exposición de motivos que “se considera que la regularización de la situación tributaria hace desaparecer” la posible comisión de un delito fiscal. Y la propia normativa fiscal, añade, “ha mantenido expresamente la exclusión de responsabilidad por las falsedades documentales vinculadas a los fraudes fiscales regularizados”.
Por tanto, pese a las evidencias detalladas, la Fiscalía invoca también para justificar su petición de sobreseimiento “la ausencia en el momento actual de jurisprudencia del Tribunal Supremo o Constitucional sobre la cuestión, unido a las evidentes dificultades técnicas que la resolución del problema plantea”, que según su criterio “no otorgan certeza sobre el resultado de la pretensión penal que pudiera plantearse” si se celebrase un juicio por estos hechos.
Estafa piramidal y narcotráfico
Seis de los clientes investigados han sido condenados por delito fiscal “por fondos ocultos en las entidades bancarias analizadas” y otros trece regularizaron su situación tributaria en los ejercicios referidos. Asimismo, 34 fueron denunciados en una primera fase por diferentes delitos contra la Hacienda Pública y 19 más en una segunda fase. Todas esas denuncias fueron remitidas por la Fiscalía Anticorrupción directamente a los juzgados territoriales competentes. Otra de las clientes bajo sospecha -llama la atención la Fiscalía- es la esposa de una persona a la que “se relaciona con sociedades vinculadas a una estafa piramidal por 200 millones de dólares denunciada por la SEC” y otro está “vinculado con el narcotráfico”.
Los fiscales Anticorrupción ponen en valor una y otra vez los informes periciales incorporados a la investigación, que junto a la abundante documentación manejada, subrayan, “han puesto de manifiesto graves irregularidades llevadas a cabo por parte de las dos entidades españolas objeto de investigación”, sobre todo respecto a la “valoración del alto riesgo conjunto que representaba la entidad HSBC Private Bank Suisse, la concreta operativa desarrollada, y el país donde desarrollaba sus actividades, Suiza”. Agravada aún más, continúa, por la “notoria publicidad alcanzada en los medios de comunicación de la implicación en la ocultación del fraude fiscal masivo llevado a cabo por la entidad helvética”. Así, concluye, la Fiscalía da por acreditada “la absoluta falta de valoración del riesgo que representaba la entidad HSBC Private Bank Suisse, que ha sido calificado como alto por los peritos judiciales en sus diferentes dictámenes”.
Finalmente, la Fiscalía solicita a la Audiencia Nacional que envíe toda la causa tanto a la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias como a la CNMV “para depurar las responsabilidades que en su caso procedan en su ámbito de competencia, o la activación de los mecanismos de control oportunos”.
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