Trabajo

Yolanda Díaz reta otra vez a los empresarios: su nuevo despido será a la carta, personalizado y más caro

Excluirá la caída de beneficios empresariales como causa objetiva de despido para que «no sea rentable»

Yolanda Díaz prepara un nuevo pulso a los empresarios, a los que va a forzar a afrontar un despido más caro, con menos opciones de justificación y con condiciones más favorables para los trabajadores. La ministra de Trabajo confirmó en su comparecencia en el Senado que reformará la tipología del despido para que «no sea rentable» para las empresas, sobre todo en los casos injustificados, en los que la indemnización «reparará adecuadamente el daño causado al trabajador».

Su equipo ministerial prepara ya la nueva normativa, que pasa por reducir al mínimo las razones empresariales para poder despedir legalmente. Entre los cambios que ya prepara está la revisión de las causas que permiten el despido objetivo. Ayer, en la Comisión de Trabajo del Senado, Díaz adelantó que está preparando un nuevo diseño del despido, con el que aseguró que se «reforzarán las causas. Se puede despedir sencillamente si una empresa no alcanza los niveles de beneficios que había previsto, no es que tenga pérdidas, sino lo que había previsto. Eso es lo que hay que cambiar».

Según fuentes consultadas por LA RAZÓN, la norma que se está ultimando mantendrá una cuantía mínima de indemnización, –«que no tiene por qué ser más elevada que la actual», de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades–, cuyo principal cambio se centrará tanto en las causas del despido como en las cuantías máximas, ya que la intención de Díaz es «individualizarlos» –apuntan las mismas fuentes–, es decir, personalizar la indemnización en base a las circunstancias personales, con una tabla de baremos oficiales que se aplicarán según las circunstancias de cada trabajador, «lo que sería una indemnización a la carta», confirman.

La propia Díaz reconoció ayer que el debate «no va ni de 33 ni de 45 de indemnización», sino que «se va a introducir un mecanismo que tiene que ver con la reparación, atendiendo a factores personales. Vamos a cambiar el despido para que se reparen los daños causados a la persona y que sea verdaderamente disuasoria». Aunque no quiso detallar mucho más, este periódico ha podido saber que las cuantías de la indemnización en un despido improcedente «serán inevitablemente más elevadas, en base al daño que se haya inferido sobre el trabajador. Lo que se va a hacer es poner por delante al trabajador, para que evitar que sufra cualquier tipo de abuso sobre sus derechos».

En este sentido, se introducirá un mecanismo para que las empresas no puedan justificar un despido por el descenso o previsión de caída de beneficios como causa objetiva, de forma que la indemnización se elevaría desde los 20 días de salario por año trabajado a los 33 días al ser considerado ahora improcedente. Por tanto, Díaz trabaja ya para que las empresas no puedan aducir este despido objetivo cuando se apruebe esta reforma. «Uno de los problemas que tiene la legislación española es que el despido no tiene carácter disuasorio ni resarcidor, porque el hecho de tener una indemnización prefijada de antemano no es acorde al Derecho, por lo que que el sentido de la lógica indemnizatoria que dice Europa es otro», insistió.

La normativa laboral actual permite efectuar un despido por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. Según ha explicado hoy en el Senado, «todo lo que va vinculado a las causas, a los despidos objetivos, es necesario que se refuerce. Esto es clave. En las causas económicas se puede despedir sencillamente si una empresa no alcanza los niveles de beneficios que había previsto. No es que tenga pérdidas, sino lo que había previsto. Bueno, pues algunas cosas tendremos que cambiar», ha apuntado respecto a la posibilidad de despedir por previsión de pérdidas.

El despido objetivo en la normativa oficial implica una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades y puede aplicarse siempre que existan determinadas causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP). Por causas económicas se entiende que la empresa tenga pérdidas o prevea tenerlas, o una disminución persistente del nivel de ingresos ordinarios o ventas -durante tres trimestres consecutivos-, en tanto que se entenderá por causas técnicas cuando se produzcan cambios en los medios o instrumentos de producción. «Eso es lo que vamos a cambiar».