DANA
Me han cancelado un viaje por las inundaciones: ¿tengo derecho a reclamar el dinero adelantado?
La DANA ha afectado a buena parte de las comunicaciones por carretera, tren y avión, sobre todo en la costa mediterránea
Cientos de vidas perdidas, carreteras cubiteras de lodo, negocios y viviendas anegadas o miles de vehículos dañados. Estos son tan solo algunos de los muchos efectos devastadores que ha dejado la DANA tras su paso por varios territorios del país. La Comunidad Valenciana, así como las regiones de Murcia, Castilla-La Mancha y Andalucía fueron las que más sufrieron este temporal, que afectaron a buena parte de las comunicaciones por carretera, tren y avión. Ahora, este fenómeno meteorológico ha llegado a la Ciudad Condal, lo que ha provocado cortes en carreteras y desvíos de vuelos.
En el Aeropuerto de El Prat ya se han producido 70 cancelaciones y 18 desvíos, según ha informado Aena en su cuenta de X (antes Twitter). Pero, ¿qué ocurre si nos cancelan un viaje por inundaciones?
"Aquellos consumidores que hayan sufrido cancelaciones en sus desplazamientos o no hayan podido disfrutar de sus alojamientos contratados pueden solicitar la devolución de los importes abonados al tratarse de una situación de fuerza mayor", explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
El Reglamento Europeo 261/2004, sin embargo, establece que la compañía aérea no tiene la obligación de compensar económicamente a los pasajeros por la cancelación de un vuelo por circunstancias extraordinarias como "condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo" como es el caso de la DANA.
A pesar de no tener derecho a una compensación económica, si que tendrán derecho a información, de atención y de reembolso o transporte alternativo, según asegura la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Los pasajeros tienen derecho de atención mientras esperan a otro vuelo o transporte alternativo. Este consiste en comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico, alojamiento en hotel o una estancia adicional si es necesario pernoctar y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. AESA asevera que "si la compañía no cumple con su obligación de proporcionar de manera gratuita la atención indicada, el pasajero debe guardar los recibos de los gastos en los que haya incurrido para posteriormente reclamárselos a la compañía aérea".
Si el retraso es de cinco horas o más, y el pasajero decide no viajar; o bien se cancela el vuelo, este tendrá derecho al reembolso dentro de los siete días siguientes del coste íntegro del billete al precio al que se compró –en metálico, transferencia bancaria, cheque, bonos de viaje, etc.–. Asimismo tendrá derecho a un transporte alternativo a su destino final "lo más rápidamente posible", incluyendo vuelos con otras compañías aéreas y otros medios de transporte.
✕
Accede a tu cuenta para comentar