Consumo
Estos son los artículos que no se pueden devolver en una compra online
Los consumidores que compran por Internet están protegidos por el derecho de desistimiento
Hacer las compras en tan solo un clic es un hábito que se ha extendido en los últimos años, ya que cada vez más personas apuestan por el comercio electrónico para adquirir sus productos favoritos o incluso hacer la compra semanal de alimentos desde la comodidad de su hogar.
Aunque las compras online permiten hacer una adquisición de forma rápida, reduciendo no solo el gasto en dinero, sino también en tiempo; estas también tienen un hándicap, y es que los consumidores no pueden hacerse una idea clara del producto hasta que no llega a sus manos. Por ello, aquellos que compran online en tiendas con sede en España o en un país miembro de la Unión Europea están protegidos por el derecho de desistimiento.
El derecho de desistimiento permite al consumidor a desistir el contrato a distancia en un plazo de 14 días naturales desde la recepción del producto sin necesidad de justificarlo. Durante este plazo, el consumidor puede examinar el producto y decidir si quiere quedárselo o devolverlo. En el caso de la contratación de un servicio, el plazo empezará a contar desde que se contrata y no desde que se comienza a prestar dicho servicio.
No obstante, este derecho no se aplicará en todos los productos que el consumidor haya adquirido online, sino que desde el portal de reclamaciones reclamador.es explican que existen ciertas excepciones al derecho de desistimiento:
- Los artículos confeccionados a medida conforme a las especificaciones y personalizaciones fijadas por el consumidor. El derecho de desistimiento no será aplicable en el caso de artículos como una camisa comprada a distancia confeccionada a medida para el consumidor, un álbum de fotos o artículos como tazas de desayuno con la serigrafía enviada por el propio usuario, entre otros.
- Los bienes que tengan una caducidad muy corta o puedan deteriorarse con rapidez.
- La prestación de servicios una vez haya sido completamente ejecutado.
- Cuando el precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento. Esta excepción se aplica a los productos de inversión ofertados por plataformas digitales.
- Los contratos de suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega como sofás o colchones.
- Los bienes que se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
- El suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar.
- Los contratos celebrados mediante subastas públicas.
- Los contratos de suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, exceptuando los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
- El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
- Los contratos de servicios de alojamientos para fines distintos del de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de esparcimiento.
- Los contratos en los que el consumidor y usuario haya solicitado específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente; pero si en esa visita, el empresario presta servicios adicionales a los solicitados específicamente por el consumidor o suministra bienes distintos de las piezas de recambio utilizadas necesariamente para efectuar las operaciones de mantenimiento o reparación, el derecho de desistimiento debe aplicarse a dichos servicios o bienes adicionales.
- El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor.
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