IRPF
¿Elegiste fraccionar la declaración de la Renta? Este es el día que debo realizar el segundo pago
Hacienda ofrece la posibilidad de fraccionar el pago en dos. Aquellos contribuyentes que optaron por esta alternativa en la campaña de la Renta pagaron el 60% de la declaración hasta el 30 de junio
Cada año miles y miles de contribuyentes tienen que rendir cuentas con Hacienda y presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio en la campaña de la Renta, que este 2024 tuvo lugar desde el 3 de abril hasta el 1 de julio. Los más afortunados obtuvieron un resultado negativo en su declaración, mientras que para muchos otros fue positivo, teniendo que pagar la cantidad correspondiente a la Administración Pública.
No obstante, el pago de las deudas tributarias puede complicarse cuando el contribuyente tiene dificultades económicas. Por ello, estas personas podrán aplazar o fraccionar el pago cuando la declaración les salga a pagar para que puedan hacer frente a la deuda pendiente de forma más desahogada.
Hacienda ofrece la posibilidad de fraccionar el pago en dos. Aquellos contribuyentes que optaron por esta alternativa en la campaña de la Renta de este año pagaron el 60% de la declaración hasta el 30 de junio, mientras que el segundo pago de la Renta deberán abonarlo el próximo 5 de noviembre, tal y como explican desde TaxDown. Más de cuatro millones de contribuyentes deberán pagar el 40% restante del total del IRPF este día.
Este pago se podrá llevar a cabo a través de domiciliación bancaria, y, en este caso, Hacienda se encargará de descontar automáticamente la cuantía que corresponda. El contribuyente deberá asegurarse de que tiene saldo suficiente en su cuenta para evitar problemas.
En el caso de que no se domiciliase el pago, las otras formas de ingresar la deuda pendiente será vía online a través de la web de la Agencia Tributaria con el modelo 102, el pago presencial en el banco o entidad colaboradora, o en persona en una oficina de Hacienda.
Si el contribuyente se retrasa y no paga el segundo pago a tiempo, desde TaxDown señalan los posibles escenarios que pueden ocurrir:
- Recargo del 5%: si se paga poco después del 5 de noviembre pero antes de recibir una notificación de Hacienda.
- Recargo del 10%: si el contribuyente paga tras recibir un aviso oficial de la Agencia Tributaria.
- Recargo del 20%: si se sigue sin pagar después del aviso. Además, se añadirá un interés de demora del 3,75%.