Hacienda

La Agencia Tributaria advierte: estas serán las obligaciones tributarias de quienes decidan vender su vivienda en 2025

A pesar de que algunos contribuyentes pueden quedar exentos del pago del IRPF al vender su vivienda, desde Hacienda alertan de la importancia de declarar correctamente las posibles ganancias para evitar sanciones

Carteles de Se Vende y se alquila en un portal del centro de Madrid. Se vende Piso.
Carteles de Se Vende y se alquila en un portal del centro de Madrid. Se vende Piso.Jesus G. FeriaLa razon

Cuando una persona decide vender en España un inmueble que forma parte de su patrimonio, puede obtener una serie de ganancias o pérdidas a la hora de realizar esta operación, las cuales serán determinadas por la diferencia entre los valores de transmisión y adquisición de la misma. Por norma general, los contribuyentes deben incluir en su declaración de la renta cuáles han sido sus ganancias o pérdidas patrimoniales a la hora de vender un inmueble.

En los casos en los que las personas decidan vender su vivienda habitual, las ganancias obtenidas pueden quedar exentas de impuestos en determinados casos. Desde la Agencia Tributaria también informan de que existen algunas situaciones en las que los contribuyentes pueden beneficiarse de vender su vivienda sin tener que declarar las ganancias en la renta. A pesar de ello, lo más habitual es que los contribuyentes tengan que cumplir con el pago de tres tipos de impuestos a la hora de vender un inmueble en España.

Una persona sujeta las llaves de una vivienda
Una persona sujeta las llaves de una viviendaLa RazónLa Razón

¿Qué impuestos debo pagar al vender un piso en España en 2025?

La Agencia Tributaria advierte a los propietarios de una vivienda en España: deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales en el caso de que decidan vender un inmueble en 2025. Por norma general, serán tres los impuestos que tienen que pagar. El más conocido de todos es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), con el que debe cumplir de forma anual toda persona que sea propietaria de una vivienda en nuestro país. La cantidad correspondiente al IBI del año en curso debe ser asumida por el propietario a fecha 1 de enero.

El IRPF es un documento que debe ser presentado por todos los contribuyentes españoles a la Agencia Tributaria, que recauda impuestos y los gestiona para que no haya fraude fiscal
El IRPF es un documento que debe ser presentado por todos los contribuyentes españoles a la Agencia Tributaria, que recauda impuestos y los gestiona para que no haya fraude fiscalDreamstime
Sin embargo, en caso de venta del inmueble, este impuesto se prorrateará entre el vendedor y el comprador en función del tiempo que cada uno haya sido propietario del inmueble durante el año. De esta forma, el vendedor únicamente deberá asumir el IBI correspondiente a los meses que hayan transcurrido hasta producirse la venta del inmueble. Los propietarios también deberán cumplir con el pago de la correspondiente plusvalía municipal, y tendrán un plazo de 30 días hábiles desde que se produzca la venta para hacerlo. Por último, deberán informar sobre posibles ganancias patrimoniales motivadas por esta venta a la hora de cumplir con el pago del IRPF en su próxima declaración de la renta.

¿Qué personas están exentas de pagar el IRPF al vender un inmueble en España?

La Agencia Tributaria advierte de que los contribuyentes deben estar al tanto de cuáles son sus obligaciones tributarias a la hora de vender un inmueble en España. Es fundamental informarse sobre los requisitos que pueden afectar a la venta, así como cumplimentar correctamente las casillas correspondientes en la renta. Existen casos específicos en los que las algunas personas pueden beneficiarse de vender su vivienda en nuestro país y quedar exentos del pago del IRPF en su declaración de la renta. Los contribuyentes que tengan más de 65 años o se encuentren en situación de dependencia no estarán obligados a declarar las ganancias patrimoniales asociadas a la venta de su vivienda.

Personas mayores dependientes
Personas mayores dependientesJesús G. FeriaLa Razón
Tampoco tendrán que hacerlo aquellas personas que decidan reinvertir estas ganancias en la compra de otra propiedad, aunque deberán hacerlo en un plazo de dos años (este plazo puede aplicarse tanto antes como después de la fecha en la que se produzca la venta). Además, en estos casos tanto la vivienda adquirida como la vendida deben cumplir con la condición de ser vivienda habitual, y el vendedor debe haber residido en el inmueble vendido durante un mínimo de tres años.