Transporte aéreo
250.000 pasajeros perderán hasta 600 euros por no reclamar a las compañías aéreas
Los viajeros que partieron de España tienen hasta tres años para solicitar su indemnización
Los viajeros que partieron de España tienen hasta tres años para solicitar su indemnización.
Sortear todos los obstáculos de un aeropuerto hasta llegar a la puerta de embarque a veces se convierte en misión imposible, más aún cuando el vuelo sufre un retraso o llega a ser cancelado. Las largas horas de espera en el aeropuerto, la pérdida de un segundo vuelo de conexión y el estrés que conlleva esta desagradable experiencia pueden ser compensados económicamente. AirHelp, organización especializada en los derechos de los pasajeros aéreos, estimó que de los más de 430.000 pasajeros en España que tenían derecho a solicitar una compensación por parte de las aerolíneas, más de 242.000 aún lo ha hecho.
Estos pasajeros corren el riesgo de perder hasta 600 euros por persona por los retrasos y cancelaciones en sus vuelos del verano pasado, entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2018. Como todos los años, las interrupciones en aerolíneas formarán parte de este periodo vacacional, por ello AirHelp recomienda que los viajeros conozcan sus derechos en estos casos.
La ley europea EC 261 exige a las compañías aéreas que sufran incidencias que compensen a todos los pasajeros de vuelos con destino a la Unión Europea (UE), en una compañía europea y procedentes de la UE. Los casos en los que están obligados a indemnizar a los pasajeros son los retrasos superiores a tres horas, la denegación de embarque y las cancelaciones, siempre y cuando la interrupción haya sido causada por la compañía aérea. La organización AirHelp permite presentar una reclamación a través de su aplicación o página web, así como determinar si un pasajero tiene derecho a recibir dicha compensación.
Los 242.000 pasajeros afectados que aún no han solicitado la cuantía podrán reclamarla hasta tres años después del incidente, un dato que quizás muchos desconozcan. El mayor número de ellos procede de salidas que se produjeron en los aeropuertos de Barcelona, Palma de Mallorca, Madrid, Málaga e Ibiza. Las compañías responsables sólo estarán exentas de esta obligación si la interrupción del vuelo se debe a "circunstancias extraordinarias"como el mal tiempo, una amenaza terrorista, sabotajes o problemas de seguridad, como los relacionados con el control del tráfico aéreo.
✕
Accede a tu cuenta para comentar