Educación
El TSJC obliga a impartir el 25% de las clases en castellano en las escuelas de Cataluña
La Justicia estima un recurso de 2015 del Ministerio de Educación contra varias resoluciones de la Generalitat y cree que el uso del español como lengua vehicular es “residual”
Espaldarazo al uso del castellano en las escuelas catalanas. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el Ministerio de Educación en 2015 -cuando gobernaba el PP- contra varias resoluciones de la conselleria de Educación de la Generalitat y obliga a impartir un mínimo del 25% de las clases en castellano en el sistema educativo catalán.
La sección quinta de la sala del Contencioso Administrativo del TSJC ha publicado esta mañana una resolución en la que declara “la obligación de la Generalitat a adoptar las medidas necesarias para que se garantice que todos los alumnos reciben de manera efectiva e inmediata la enseñanza mediante el uso vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determine, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso”, en alusión al castellano y al catalán.
El TSJC argumenta que de la documentación aportada -por la propia conselleria de Educación de la Generalitat- se desprende que el “uso vehicular de la lengua castellana en el sistema educativo de Cataluña es residual, o al menos así es en una parte significativa de lo centros y grupos docentes, de forma que se constata una infracción del marco jurídico vigente”, en alusión al Estatuto catalán, la Ley de Educación de Cataluña, la Ley Orgánica de Educación y varias sentencias del Tribunal Constitucional.
Ante este marco, el TSJC considera que “corresponde” fijar un uso vehicular mínimo de las lenguas oficiales -castellano y catalán- que permita “ordenar” la actual situación “contraria” al ordenamiento. En este sentido, el tribunal recuerda que esta presencia mínima está fijada por la jurisprudencia en un 25% de las horas lectivas y, además de la enseñanza de la propia lengua -la asignatura de Lengua Castellana-, debe incluir otra asignatura de otra materia que sea troncal.
Esta resolución tiene una relevancia capital para el castellano porque abarca a “todos los alumnos” del sistema educativo catalán. Hasta ahora y tras un recurso de la Generalitat en 2012, aquellas familias que quisieran que sus hijos recibieran un 25% de las clases en castellano debían recurrir ante la Justicia y tan solo se aplicaba esa cuota a su “entorno escolar” (su aula). Ahora, se aplicaría a todos los alumnos catalanes: esto, por tanto, se puede convertir en un punto de inflexión para el modelo de inmersión lingüística que impera en Cataluña.
Esta resolución llega justo en un momento en que la polémica en torno a la lengua vehicular ha vuelto a coger vuelo con la reforma educativa -bautizada como Ley Celaá-, que suprime la referencia explícita al castellano. De hecho, este domingo se ha organizado una movilización en Barcelona por este motivo, impulsada por entidades defensoras del castellano.
Lo cierto es que un estudio de la Asamblea por una Escuela Bilingüe -entidad de referencia en la defensa del uso del castellano en la escuela catalana- publicado en 2018 indicaba que, de 2.214 centros públicos educativos analizados en Cataluña (el 95% del total), ninguno usaba el castellano como lengua vehicular y solo 126 impartían alguna asignatura que no fuera Lengua Castellana en castellano. De esos 126 centros, el 96% escogían educación física o plástica como asignaturas para dar en castellano.
La resolución del TSJC, en base a la documentación aportada por la conselleria de Educación, expone que la media de horas de uso del castellano en los centros educativos es del 18% en la educación primaria; del 19% en secundaria; y, del 26% en bachillerato. Además, solo 5 de los 184 centros incluidos en la muestra facilitada por la conselleria imparten un 25% de las materias en castellano -concretamente, según la resolución, cumplen con ese estándar un 2% de los centros de primaria y un 12% de los de bachillerato-.
La resolución no es firma y admite un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En este sentido, la Generalitat ha anunciado esta misma mañana que recurrirá y ha advertido que la Ley Orgánica de modificación de la LOE (LOMLOE) -conocida como ‘Ley Celaá’- “dejará sin efecto” la sentencia cuando entre en vigor. El conseller de Educación, Josep Bargalló, a través de Twitter, se ha quejado de que “ahora que está a punto de aprobarse en el Senado la nueva ley, los hay que pretenden volver al pasado”. Bargalló ha añadido, sobre la resolución, que “saben que no tendrá ningún efecto ni ninguna consecuencia”, y ha afirmado que la política educativa no la hacen los jueces.