1.000 euros de ayuda para las familias con bebés nacidos en 2024 que vivan en la provincia de Toledo: Estos son los requisitos
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Las familias que vivan en la provincia de Toledo y hayan tenido algún bebé a lo largo de este 2024 están de suerte porque la Diputación de Toledo ha publicado unas nuevas ayudas de 1.000 euros dirigidas a los 76 pueblos de la provincia toledana que se encuentran en zonas en riesgo de despoblación, de intensa despoblación o de extrema despoblación.
¿Cuáles son estos 76 municipios beneficiados? Son todos aquellos recogidos en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha (Pincha en este enlace para saber si tu municipio está incluido).
¿Cuándo se puede solicitar estos 1.000 euros? Hoy, martes 12 de noviembre ya está abierto el plazo para solicitar esta nueva ayuda y concluirá el próximo 15 de enero de 2025.
Estas ayudas se realizarán por concesión directa hasta que se agote el crédito y las familias deberán solicitarlo en los ayuntamientos de sus municipios.
"El objetivo es fomentar la natalidad, promoviendo el bienestar de las familias, y permitirles conciliar la vida laboral y familiar, apoyándoles económicamente", ha destacado el vicepresidente y diputado del área de Bienestar Social, Familia y Juventud, Daniel Arias,
"Para ello, subvencionaremos los gastos originados por el cuidado y mantenimiento del hijo nacido o adoptado por un importe máximo de 1.000 euros", ha proseguido Arias.
Requisitos:
- Que al menos uno de los progenitores esté empadronado en la localidad un año antes de la fecha de nacimiento o adopción y continuar hasta la finalización del proceso (pago de la subvención).
- Que el recién nacido o adoptado esté empadronado en el municipio desde el nacimiento o adopción y continuar hasta la fecha de presentación de la solicitud de pago.
Los gastos subvencionados tendrán que haber sido realizados entre los dos meses antes del nacimiento hasta pasados seis meses del mismo.
Además se podrán justificar los gastos de guarderías, contratación de persona empleada para el cuidado del hijo, productos farmacéuticos para el cuidado del bebé y material necesario (carrito, bañera, cuna y trona).
El pago de la subvención se abonará a las familias en un 50% en concepto de anticipo y el resto cuando se justifique el gasto.
Excepcionalmente, para familias vulnerables que se encuentran en situación de desempleo y que tengan bajos ingresos, se les subvencionará la alimentación que precisa el recién nacido o adoptado.