Buscar Iniciar sesión

¿Cuáles son los derechos legales de las mascotas?

La compañía de seguros Legálitas recuerda a los dueños cómo es la legislación al respecto
¿Cuáles son los derechos legales de las mascotas?
¿Perros o Gatos? Un estudio examina las preferencias de mascotas en Europa
Rubén Hernández
  • Rubén Hernández

Creada:

Última actualización:

Este viernes 17 de enero se celebra el día de San Antón, que es conocido como el patrón de los animales. El motivo de esta relación se debe a diferentes aspectos de su vida: una profunda conexión con la naturaleza, milagros reconocidos por la iglesia católica relacionados con los animales y su protección.
Entre todas las historias que han trascendido, destacan dos sobre el resto: el milagro en el que devuelve la vista a unos jabatos neonatos y la salvación a multitud de cerdos de ser sacrificados.

Derechos legales de las mascotas

Aprovechando esta conmemoración, la compañía de seguros Legálitas recuerda a los dueños o cuidadores de los animales algunos puntos claves a nivel legal que es importante conocer.
Y es que, en España, las mascotas cumplen un papel fundamental en la vida de muchas personas. Sin embargo, no todo el mundo tiene el conocimiento suficiente sobre diversos aspectos legales al respecto de su cuidado.

Mascotas y herencias: ¿Cuál es la regulación?

La compañía propone varios supuestos que, aunque puedan parecer extraños, son dudas a resolver por parte de los dueños de animales: si existe o no la posibilidad, a nivel jurídico en nuestro país, de dejar una herencia a una mascota o que sea parte de ella. 
En el primero de los caso, la legislación es muy tajante: en España no se permite dejar la herencia a un animal. Mientras que en el segundo, sí que se puede llevar a cabo. Siempre y cuando se considere a la mascota como un miembro de la familia en el testamento.
Legálitas recuerda la importancia de que exista un documento legal para que la elección del heredero del animal sea efectiva como su nuevo propietario desde su fallecimiento.
Además, si queremos que el heredero tenga tareas más específicas sobre el cuidado de la mascota hasta que muera, se pueden tomar medidas adicionales (protección y condiciones) que se incluirían en el testamento.

¿Y si nadie quiere hacerse cargo del animal?

Otro supuesto que puede darse, y que también está regulado, es qué sucede cuando se produces el fallecimiento de una persona que tiene a su cargo un animal de compañía y no existe un testamento al respecto.
En esta ocasión, lo primero que se tendría en cuenta es la posibilidad de que alguno de los herederos reclame a la mascota. Si esto no sucede, o nadie quiere hacerse cargo, el animal pasará a ser parte de una entidad u organismo que le otorgará su protección.

Separación o divorcio de los dueños: ¿Qué ocurre?

Por otro lado, Legálitas también pone el foco en otra situación que es mucho más probable que ocurra: la separación o divorcio de los dueños de una mascota. En este supuesto, la principal pregunta a resolver es si existe la opción de establecer un convenio regulador de custodia compartida del animal.
Según la compañía, la regulación existente en España permite firmar un régimen de este tipo en el que los cónyuges, de manera amistosa, comparten el cuidado del animal de mutuo acuerdo (una semana con cada uno, visitas periódicas..).
Por el contrario, si hubiese discrepancia en el convenio entre las personas que se separan o divorcian, la compañía de seguros recuerda que “será el juez el que decidirá cuál es lo mejor para el bienestar del animal” y determinará el régimen de visitas o las vacaciones de la mascotas, entre otras cuestiones.

Pensión de alimentos: ¿Tienen ese derecho las mascotas?

Por otro lado, es importante resaltar que el Código Civil contempla la regulación de “todas las cargas asociadas al cuidado del animal” desde la reforma realizada por la Ley 17/2021.
Desde entonces, en España se puede establecer una pensión o pago mensual por parte de unos de los cónyuges para atender a la mascota. Esta aportación económica puede ser solicitada para diferentes motivos: alimentación, gastos de veterinario, medicinas, peluquería, etcétera.

Archivado en: