Procedimiento

Silvia Calzón Arias, abogada penalista, sobre el caso Anabel Pantoja: “La denominación del investigado va cambiando, pero eso no le otorga la culpabilidad”

La experta en derecho de familia explica en LARAZÓN cuál es la actual situación legal de la pareja, que continúa siendo investigada

David Rodríguez y Anabel Pantoja
Anabel Pantoja y David RodríguezGtres

Ante el revuelo que ha supuesto el caso Anabel Pantoja, y después de que esta mañana se hablara de imputación de la pareja en Telecinco, LARAZÓN se ha puesto en contacto con Silvia Calzón Arias, abogada penalista experta en familia, para conocer más sobre el asunto a nivel legal y arrojar luz sobre la investigación.

Tal y como explica la experta a este periódico, Anabel y David no están imputados porque continúa el proceso en primera fase de instrucción, por lo que siguen siendo investigados. “Se consideran como procesados cuando hay un auto declarándoles, dirigidos hacia el juicio oral. Se les acusa directamente en base a la prueba que dice que hay indicios suficientes para considerarles posibles autores de ese delito. Pasan de investigados a acusados y cambia de fase el procedimiento. No están procesados porque se está investigando", señala Calzón.

Sobre si habría alguna consecuencia en el caso cuando sean imputados -si no se archiva antes la causa-, la abogada penalista afirma que no. “Simplemente, el procedimiento continúa y sigue habiendo presunción de inocencia hasta que no haya una resolución judicial y firmeza. Si es que es verdad que con la resolución judicial ya cambia la denominación. La denominación del investigado va cambiando a lo largo del procedimiento, pero eso no le otorga la culpabilidad”, explica la abogada penalista.

Anabel Pantoja en una imagen de archivo
Anabel Pantoja en una imagen de archivoGtres

Silvia Calzón Arias insiste en que es un protocolo rutinario con ciertas particularidades. “Cuando un hospital o un médico tiene noticia de que existe un tipo de indicio de que algo haya podido ocurrir mínimamente, ya lo elevan porque tienen la obligación de denunciarlo. Ellos lo ponen en conocimiento de las autoridades y se inicia el proceso de manera rápida, se abre el protocolo”. Sobre las particularidades, la abogada señala que “se ha abierto una investigación, se les ha tomado declaración como investigados, que es algo absolutamente rutinario, se han pedido como diligencias de prueba las cámaras de seguridad, aunque veo complicado que con esas imágenes se pueda esclarecer algo. Las cámaras miran hacia un parking enorme normalmente, va a ser difícil que de esas cámaras con visibilidad reducida se vaya a poder ver algo lo que ocurrió. Es algo complicado. Tendrá que haber más pruebas, todos los exámenes médicos...”

“No es que se vaya a alagar más de lo previsto, es que una instrucción tiene como plazo un año. La ley prevé un plazo de instrucción de un año con posibles prórrogas con plazos de seis meses y acaba de iniciarse la investigación. Es normal y puede alargarse como un año y más, no es ninguna particularidad”, expone sobre el proceso Calzón Arias y los plazos. “Aquí hay varias posibilidades. Habría la posibilidad de que, de manera cautelar, se adoptaran determinadas medidas, como por ejemplo el retirarles la custodia a los padres si se considerase que está en riesgo el menor. Esa es de manera fulminante y rápida se realizó por parte del juzgado, por eso se les tomó declaración tan pronto. Al ver y tomarles declaración de lo que aconteció, el procedimiento determinó que no eran necesarias cautelares y al iniciarse unas diligencias previas, un tipo de procedimiento, esas diligencias previas comienzan con una fase de instrucción y de investigación, que tiene un plazo ordinario de 12 meses. Que si antes de ese plazo de un año, en dos meses se practica prueba y se considera que no hay indicios de que haya habido delito por parte de los padres, se cerrará la investigación y se sobresee el procedimiento, no hace falta agotar ese tiempo. Cuando hay un menor sí es cierto que se agiliza, pero instrucción lleva su tiempo. Al fin y al cabo, una investigación lleva su tiempo y requiere de mucha prueba”.

“Como desconocemos exactamente los partes médicos y lo que se ha determinado lo que ha tenido la niña, las causas y todo. Hay que ver muchas cosas para tipificar el delito porque no hay un único artículo de lesiones. También habría que ver si lo que tuvo la niña pudiera haber un maltrato habitual, etc. Al final nos estamos basando en rumores y especulaciones. No se puede estimar una pena y, en el caso de ellos, podría haber un agravante por parentesco. Al ser la víctima menor también tiene un subtipo agravado... Es complicado. Hay que ver el caso y los informes para valorar”, explica Calzón Arias sobre los posibles delitos a los que se enfrenta la pareja. “No es un caso complicado, pero sin tener las actuaciones, es complicado valorar qué es lo que paso, los indicios que existen y que tuvo realmente la niña. Se ha especulado y se ha dicho alguna cosa, pero no se sabe a ciencia cierta”, finaliza sobre el asunto la abogada penalista.