Tribunales

La Audiencia de Madrid condena a Rodrigo Rato a casi 5 años de cárcel frente a los 63 que pedía Anticorrupción

Le condenan a 3 delitos contra el fisco, frente a los 11 que solicitaba la Fiscalía, a uno por blanqueo y a corrupción en los negocios

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Rodrigo Rato a cuatro años, nueve meses y un día de prisión por tres delitos fiscales, uno de blanqueo de capitales y otro de corrupción entre particulares relacionados con el origen de su fortuna. Los magistrados rebajan notablemente la pena que solicitaba para él la Fiscalía Anticorrupción, la cual pidió para el exvicepresidente del Gobierno 63 años de prisión por, entre otros, once delitos contra la Hacienda Pública.

Los magistrados de la Sección Séptima aprecian en su sentencia dilaciones indebidas por el tiempo que ha durado este procedimiento, que arrancó hace más de nueve años. De hecho, esta circunstancia se ha considerado como muy cualificada en lo que respecta al delito de corrupción y se traduce en una rebaja de la pena. No obstante, se le imponen multas que suman más de 2 millones de euros y deberá abonar a la Hacienda Pública 568.413 euros, según consta en la sentencia de más de mil folios.

De la quincena de personas que se sentaron en el banquillo de los acusados por el presunto origen ilícito de su patrimonio, han sido absueltas todas menos el exdirigente popular, su abogado Domingo Plazas (que administró una de sus sociedades) y el asesor Alberto Portuondo. El primero de ellos ha sido condenado a 18 meses de prisión por su cooperación para la comisión de los delitos fiscales y el blanqueo de capitales y Portundo a tres meses por corrupción entre particulares. El resto ha quedado absuelto.

La facturación de sus ingresos

En relación con Domingo Plazas, el fallo explica que se le impone también el pago de más de 155.000 euros en multas por haber controlado Kradonara, firma de Rato a través de la cual éste repatriaba a España el dinero que tenía en el exterior. La resolución concluye que se utilizó para la firma de un contrato con Telefónica por asesoramiento macroeconómico como si esta sociedad fuera la que prestara el servicio cuando en realidad lo hizo el propio Rato. En consecuencia, debería haber tributado por ello. Sobre Portuondo razona que tanto él como el entonces presidente de Bankia impusieron la elección de Publicis y Zenith para que fueran contratadas en la campaña por la salida a Bolsa, a fin de cobrar comisiones de dichas firmas.

En su escrito de acusación, la Fiscalía Anticorrupción expuso que Rato utilizó sociedades como Kradonara para facturar pagos que, en realidad, eran rendimientos de actividades económicas suyas por las que debería haber tributado como IRPF. El Ministerio Público también apuntó a otras firmas -como Cor Comunicación- que el banquero habría utilizado para percibir sus retribuciones como consejero de varias entidades y que, por el contrario, ingresó como comisiones publicitarias "carentes de justificación".

Esta es la única causa que le quedaba pendiente en los tribunales al que fuera director gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) tras sentarse en otras dos ocasiones en el banquillo de los acusados. La primera de ellas fue en relación a las 'tarjetas black'. Por este procedimiento fue condenado a cuatro años y medio de prisión. El segundo de sus frentes judiciales fue por la 'macrocausa Bankia', de la cual se escindió la pieza por las tarjetas opacas al fisco. En el caso de la salida a bolsa de la entidad nacionalizada, la Audiencia Nacional consideró que no cometió delito y le absolvió de los hechos por los que fue acusados en su condición de presidente de dicha entidad.