"Despropósito"
Ley de seguridad ciudadana: la Policía no podrá sancionar gravemente la tenencia de burundanga
La reforma “amnistía” a los menores infractores o personas sin recursos, despenaliza el “rodea el Congreso” y se podrá grabar a los agentes
La idea del Gobierno de sacar del cajón la Ley de Seguridad Ciudadana para la “reforma” prometida a sus socios, sigue su curso. La derogación fue un compromiso electoral de Unidas Podemos con especial atención en suprimir las sanciones por concentrarse alrededor de sedes gubernamentales como el Congreso, Senado o Asambleas de las comunidades autonómicas o por celebrar manifestaciones sin previo aviso.
En esta tipología quedaría despenalizado el rodea el Congreso o los disturbios de delante del Parlament de Cataluña. Según destaca el PP se trata de modificar una Ley para cuando PSOE y Podemos estén en la oposición “poder incendiar las calles”. Esto junto con la despenalización de grabar imágenes de los agentes y su posterior difusión, fue aprobado en la ponencia del Congreso sobre la Ley de Seguridad Ciudadana que volverá a reunirse después de Reyes.
En concreto, se aprobaron enmiendas “realizadas y acordadas” por PSOE, Podemos, Bildu, ERC y Junts que van desde el Art. 32 al Art. 37 de esta norma.
Entre ellas están la modificación del artículo 33 de la reforma que tendrá en cuenta el hecho de ser menor de edad en la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ley para la cuantía de las sanciones. Es decir, se tendrá en cuenta la situación económica del infractor de manera que, si es menor de edad o no tiene recursos económicos, “no será sancionado”.
Este punto recoge que “para aquellas personas que acrediten percibir unos ingresos de hasta 1,5 veces el Salario mínimo se le reducirá la sanción en un 50%” mientras que, si acredita que percibe unos ingresos entre 1,5 y 2,5 veces el salario mínimo, la reducción será del 25% de la sanción.
Además, se modifica el Art.37.7 y dejará de ser “sancionable” de manera grave la okupación de un inmueble. También se suprimen las infracciones por perturbación de la seguridad en oficios religiosos y deportivos. (Art.36.1) quedando solo para actos públicos y solemnidades.
Grabar a los agentes
Uno de los puntos que más quejas ha provocado por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado es la modificación del Art. 36.23 donde deja de ser infracción las grabaciones y la difusión de imágenes de los agentes “si no generan peligro para el agente o su familia”. Sin embargo, según advirtió la portavoz del PP de Interior, Ana Vázquez, es “una auténtica contradicción porque solo se sabrá si perjudica a los agentes una vez se hayan difundido esas imágenes”.
También algunos diputados mostraron su empeño en rebajar la sanción por la tenencia de drogas en lugares públicos al retirar la infracción como grave. De esta manera el art. 36.16 queda por tanto reducido a una “infracción leve”. En esta ocasión, Vázquez alertó de que es un “despropósito. Imaginaros a alguien que lleva burundanga u otras sustancias similares que no son de consumo propio donde, es de sobra conocido su efecto hipnótico y sedante” en las personas que lo toman. “Este estado mental que padecen las víctimas de la droga alcanza un grado de intensidad y una duración tan elevadas, que convierten esta sustancia en la ideal para los propósitos de los criminales”. Sin embargo, alertó de que “las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no podrán sancionar –a quien la lleve-, aun sabiendo que eso es para consumir en terceras personas y nunca para autoconsumo”. “Solas, borrachas y drogadas, nos quieren”, espetó la diputada popular parafraseando aquel tuit de Irene Montero lo que hizo que el PNV apuntara que ese punto era algo que había que “pensarlo”. Sin embargo, al resto de grupos, socios del Gobierno, dieron luz verde a esta propuesta, los mismos que permitieron en su momento la aprobación de la Ley del “solo sí es sí” que ha rebajado la condena de más de cien agresores sexuales y violadores bajo la supuesta protección de la mujer.
Los depresores del sistema nervioso central, con alcohol, son “inhibidores de la voluntad”. La mayoría de los delitos cometidos por este método son con escopolamina/burundanga pero también hay algunos con benzodiazepinas, éxtasis líquido, GHB o ketamina siendo ésta de las primeras que se usó hace muchos años.
También los conocidos como “taxis de la droga o cundas” que se dedican al traslado de personas con el objeto de facilitar que puedan acceder a la compra de droga dejará de ser una “infracción grave” pasando a ser solo “leve”.
Otra de las modificaciones aprobada es la que hace referencia al art. 36.14 donde se permite el uso de uniformes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los casos de “actividades socio culturales”. Esto fue criticado también por parte de la diputada del PP. Apuntó que esto hará que, por ejemplo, “un Policía no pueda ir de uniforme a un entierro. Sin embargo, si llevas uniforme y te paran por la calle, dices que vas a una fiesta y no serás sancionado, pudiendo usar ese uniforme para confundir y delinquir”.
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