Razón humanitaria

Libertad condicional para el etarra Troitiño, que no podrá participar en homenajes a miembros de la banda

La Audiencia Nacional aprueba la medida, que no será efectiva hasta que sea firme al sufrir una enfermedad incurable el exintegrante del “comando Madrid”

El etarra Antonio Troitiño, a su llegada a España en 2017 después de ser entregado por las autoridades de Reino Unido
El etarra Antonio Troitiño, a su llegada a España en 2017 después de ser entregado por las autoridades de Reino UnidoefeAgencia EFE

La Audiencia Nacional ha concedido al etarra Antonio Troitiño la libertad condicional que le permitirá salir definitivamente de prisión -donde actualmente cumple una condena de casi seis años de prisión por integración en ETA-, aunque la medida no se hará efectiva hasta que la resolución sea firme. Así sucederá cuando transcurran los cinco días de plazo para recurrir en apelación ante la Sala de lo Penal, pues ni la Fiscalía ni la defensa del exmiembro del “comando Madrid” darán ese paso.

La juez central de Vigilancia Penitenciaria María de los Reyes Jimeno accede así a la solicitud efectuada por la Junta de Tratamiento de la prisión por tratarse de un enfermo muy grave con padecimientos incurables.

El pasado día 11, el tribunal otorgó a Troitiño el tercer grado por razones humanitarias (dado que el tratamiento de quimioterapia que recibe por su tumor cerebral ya solo tiene efectos paliativos) como paso previo a la tramitación de la libertad condicional, respaldada por la Fiscalía. Una decisión que se convirtió en firme hace solo unos días al no haber sido recurrida.

Precisamente hoy la asociación de familiares de presos de ETA Etxerat anunció que Troitiño había decidido interrumpir su tratamiento hasta que le fuera concedida la libertad condicional al considerar que no podía seguir recibiéndolo si permanecía en prisión. El exmiembro de la banda terrorista deberá quedar al cuidado y vigilancia de un familiar que designe y tendrá que residir en el domicilio que indique, sin poder abandonarlo sin permiso de la Audiencia. Además, no podrá desplazarse fuera de la provincia de su lugar de residencia y no podrá participar en homenajes o actos públicos en su honor o en el de cualquier otro etarra, para evitar así que acuda a actos de exaltación de ETA. Del mismo modo, se le prohíbe dar entrevistas o hacer declaraciones en medios de comunicación.

El histórico exmiembro de ETA fue condenado por 22 asesinatos que sumaban más de 2.700 años de prisión y pasó 24 años en prisión. Tras beneficiarse de la aplicación de la “doctrina Parot”, fue puesto en libertad por un error en el cómputo de sus condenas y estuvo en busca y captura desde abril de 2011 hasta junio de 2012, cuando fue detenido en Londres. Cinco años después, fue entregado a España en 2017, donde fue juzgado de nuevo y condenado por reintegrarse en ETA durante su estancia en el Reino Unido a través del “aparato de refugiados” de la banda criminal.

El exintegrante del sanguinario “comando Madrid” cumple su condena el 23 de noviembre del próximo año (a partir de entonces debe permanecer otros dos años y medio en libertad vigilada) y la juez pone condiciones a su salida de prisión.

La Audiencia recuerda que el propio Tribunal Constitucional ha determinado que “no resulta necesario que los internos sean enfermos terminales” para beneficiarse de la condicional, “por lo que no puede darse la exigencia para la excarcelación de un peligro inminente o inmediato para la vida del recluso”, pues la finalidad de la medida en estos casos es “que pueda vivir el tiempo que pueda quedarle en libertad” por razones “humanitarias y de dignidad personal”.

Su permanencia en prisión, recuerda la magistrada tal y como apuntó la Fiscalía, podría incidir “desfavorablemente” en la salud de Troitiño provocando su “empeoramiento” y “acortando así la duración de su vida”.